SECRETARÍA GENERAL

Decisión Administrativa 329/2017

Modificación. Decisión Administrativa N° 477/1998.

Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-03831605-APN-DDMYA#SGP, los Decretos Nros. 255 de fecha 24 de diciembre de 2015 y 1167 del 21 de octubre de 2016, la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 se constituyó entre otros el Gabinete de los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, Jefe de la Casa Militar, Procurador del Tesoro de la Nación y el Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, integrándose con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas, que se detallan en la planilla Anexa a la misma.

Que por el Decreto N° 255/15 y su similar modificatorio N° 1167/16 se dispuso entre otras medidas, la denominación y objeto del cargo de Coordinador General de Asuntos Presidenciales dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que en esta instancia, resulta necesario incorporar con carácter de excepción el cargo de Coordinador General de Asuntos Presidenciales de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con carácter de excepción a los artículos 1°, 2° y 3°, así como el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la precitada Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.

Que asimismo, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se ha expedido en su carácter de Servicio Jurídico esa Secretaría.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase, con carácter de excepción, el cargo de Coordinador General de Asuntos Presidenciales de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la planilla anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20-01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

e. 31/05/2017 N° 37402/17 v. 31/05/2017