ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 189/2017

ACTA N° 1477

Expediente ENRE N° 45.589/2016

Buenos Aires, 31/05/2017

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Modificar el Artículo 1 de la Resolución ENRE N° 182/2017 del 24 de mayo de 2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Dar a publicidad el pedido de Acceso y la Solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación a la Capacidad de Transporte Existente solicitado por la Empresa PARQUE EÓLICO DEL BICENTENARIO SOCIEDAD ANÓNIMA (PEBSA) a través de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.), para en el ingreso del Parque Eólico Bicentenario (PEBC) con UN (1) módulo de potencia de 100 MW y las obras consistentes en el seccionamiento del electroducto 132 kV Pico Truncado – Puerto Deseado y la incorporación de la Nueva Estación Transformadora (ET) BICENTENARIO con DOS (2) Transformadores de Potencia 132/33/13,2 kV de 60 MVA cada uno.”

2.- Lo indicado en el Artículo precedente se deberá publicar por el lapso de CINCO (5) días a través de un AVISO en los portales de Internet del ENRE y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las obras proyectadas o en donde pudieran afectar eléctricamente. Asimismo, se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante este Ente Nacional o, en el caso del Acceso, presente un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo.

3.- Disponer que en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o -respecto del Acceso- la presentación de proyectos alternativos u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para recibir las oposiciones a fin de permitir al solicitante del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública contestar las mismas y exponer sus argumentos. De no haber recibido presentación fundada alguna, vencido el plazo, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública y autorizado al Acceso solicitado.

4.- Consignar que, en la Resolución ENRE N° 182/2017, cada vez que dice: “PARQUE EÓLICO BICENTENARIO SOCIEDAD ANÓNIMA (PEBC S.A.)”, debe decir: “PARQUE EÓLICO DEL BICENTENARIO SOCIEDAD ANÓNIMA (PEBSA)”. 5.- Notificar a TRANSPA S.A., a PEBSA, a CAMMESA, a la SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE de la Provincia de Santa Cruz y a la Secretaria De Energía Eléctrica. Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone-. — Ma. Graciela Andina Silva de Alfano, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 02/06/2017 N° 37835/17 v. 02/06/2017