ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 189/2017
ACTA N° 1477
Expediente ENRE N° 45.589/2016
Buenos Aires, 31/05/2017
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha
resuelto:
1.- Modificar el Artículo 1 de la Resolución ENRE N° 182/2017
del 24 de mayo de 2017, el que quedará redactado de la siguiente
manera: “Dar a publicidad el pedido de Acceso y la Solicitud de emisión
del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación
a la Capacidad de Transporte Existente solicitado por la Empresa PARQUE
EÓLICO DEL BICENTENARIO SOCIEDAD ANÓNIMA (PEBSA) a través de la EMPRESA
DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA
PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.), para en el ingreso del
Parque Eólico Bicentenario (PEBC) con UN (1) módulo de potencia de 100
MW y las obras consistentes en el seccionamiento del electroducto 132
kV Pico Truncado – Puerto Deseado y la incorporación de la Nueva
Estación Transformadora (ET) BICENTENARIO con DOS (2) Transformadores
de Potencia 132/33/13,2 kV de 60 MVA cada uno.”
2.- Lo indicado en el
Artículo precedente se deberá publicar por el lapso de CINCO (5) días a
través de un AVISO en los portales de Internet del ENRE y de la
COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA), y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión
del lugar en donde se construirán las obras proyectadas o en donde
pudieran afectar eléctricamente. Asimismo, se fija un plazo de DIEZ
(10) días hábiles administrativos desde la última publicación
efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión
pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o
sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante
este Ente Nacional o, en el caso del Acceso, presente un proyecto
alternativo al del solicitante u observaciones al mismo.
3.- Disponer
que en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o
-respecto del Acceso- la presentación de proyectos alternativos u
observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para recibir
las oposiciones a fin de permitir al solicitante del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública contestar las mismas y exponer sus
argumentos. De no haber recibido presentación fundada alguna, vencido
el plazo, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y
Necesidad Pública y autorizado al Acceso solicitado.
4.- Consignar que,
en la Resolución ENRE N° 182/2017, cada vez que dice: “PARQUE EÓLICO
BICENTENARIO SOCIEDAD ANÓNIMA (PEBC S.A.)”, debe decir: “PARQUE EÓLICO
DEL BICENTENARIO SOCIEDAD ANÓNIMA (PEBSA)”. 5.- Notificar a TRANSPA
S.A., a PEBSA, a CAMMESA, a la SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE de la
Provincia de Santa Cruz y a la Secretaria De Energía Eléctrica.
Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Primero Ing.
Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente
Ing. Ricardo Martínez Leone-. — Ma. Graciela Andina Silva de Alfano,
Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 02/06/2017 N° 37835/17 v. 02/06/2017