DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
Disposición 167-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2017
VISTO la Resolución M.J. y D.H. Nº 683 del 21 de julio de 2000,
modificada por sus similares Nros. 1522 del 30 de noviembre de 2007 y
1009 del 1° de noviembre de 2016, la Disposición DI-2017-62-APN-
DNRNPACP#MJ del 15 de febrero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el Capítulo III de la norma citada en el Visto se delega a esta
Dirección Nacional la facultad de disponer la apertura de Delegaciones
de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor en puntos
geográficos distintos de aquellos en los que funcionan las sedes de
tales Registros.
Que en virtud de ello, este Organismo dispuso la apertura de CINCUENTA
(50) Delegaciones de los Registros Seccionales de la Propiedad
Automotor mediante el dictado de la Disposición DI-2017-62-APN-
DNRNPACP#MJ.
Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la citada
Disposición, se entiende oportuno habilitar la apertura de una
delegación con sede en la Localidad PAMPA DEL INFIERNO, Provincia del
CHACO, dependiente de los REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL
AUTOMOTOR DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA N° 1 y N° 2, y de los
REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON COMPETENCIA
EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA LETRAS “A” y
“B”, Provincia del CHACO, con el objeto de brindar una mejor y eficaz
prestación del servicio a quienes viven en ella.
Que, en ese marco, la Delegación con sede en PAMPA DEL INFIERNO, estará
a cargo de la Interventora y del Suplente Interino del REGISTRO
SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA
N° 1, del Interventor del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL
AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS DE PRESIDENCIA
ROQUE SAENZ PEÑA LETRA “A” y de un Encargado Suplente que se
desempeñará en dicha delegación y de la Encargada Titular del REGISTRO
SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA
N° 2 y del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON
COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA
LETRA “B”, como así también, de un Encargado Suplente que se
desempeñará en dicha delegación, todos de la Provincia del CHACO, en
concordancia con lo establecido por los artículos 9º y 12 de la
Resolución M.J. y D.H. Nº 683/00 y sus modificatorias.
Que la Delegación con sede en PAMPA DEL INFIERNO funcionará en horario
matutino, como mínimo UNA (1) vez por semana y los funcionarios a cargo
arbitrarán los medios para comunicar fehacientemente a la comunidad
usuaria y a esta Dirección Nacional esa circunstancia.
Que ha tomado debida intervención el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el
artículo 2º, incisos a) y c) del Decreto Nº 335/88 y por el artículo 8º
de la Resolución M.J. y D.H. Nº 683/00 y sus modificatorias.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la apertura de la DELEGACIÓN PAMPA DEL INFIERNO
dependiente de los REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA N° 1 y N° 2 y de los REGISTROS
SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN
MOTOVEHÍCULOS DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA LETRAS “A” y “B”,
Provincia del CHACO, para la presentación de trámites correspondientes
a los usuarios domiciliados en la Localidad PAMPA DEL INFIERNO de la
misma provincia.
ARTÍCULO 2º.- A los fines del artículo anterior los funcionarios a
cargo de la mencionada Delegación deberán ajustar su accionar a las
normas de fondo y forma previstas en el ordenamiento registral,
adecuando la recepción y despacho de trámites a las previsiones del
Sistema Único de Registración de Automotores (S.U.R.A.).
ARTÍCULO 3º.- La DIRECCIÓN DE REGISTROS SECCIONALES será competente
para entender en cuestiones vinculadas con la operatividad de la
Delegación.
ARTÍCULO 4º.- La Delegación cuya apertura se aprueba por el artículo 1º
de la presente estará a cargo de la doctora Patricia FERRANDO DE
HAIQUEL, D.N.I. N° 12.555.288 y del señor Hugo Sebastián FARANA, D.N.I.
N° 31.971.605, Interventora y Suplente Interino del REGISTRO SECCIONAL
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA N° 1; del
doctor Gastón Luis DELSEGGIO, D.N.I. N° 27.397.866 y del señor Fabricio
Matías FARACH, D.N.I. N° 27.193.914, Interventor del REGISTRO SECCIONAL
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN
MOTOVEHÍCULOS DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA LETRA “A” y Encargado
Suplente de la Delegación y de la escribana Maria Virginia CORREGIDO,
D.N.I. N° 11.730.637 y señor Milton Miguel LUKIANOW, D.N.I. N°
33.825.034, Encargada Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD
DEL AUTOMOTOR DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA N° 2 y del REGISTRO
SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN
MOTOVEHÍCULOS DE PRESIDENCIA ROQUE SAENZ PEÑA LETRA “B” y Encargado
Suplente de la Delegación, todos de la Provincia del CHACO.
ARTÍCULO 5º.- Habilítase la oficina sita en el Edificio Municipal de la
calle Sarmiento N° 625 de la Localidad PAMPA DEL INFIERNO, Provincia
del CHACO, para el funcionamiento de la Delegación aprobada en el
artículo 1° de la presente, en el horario de 9:00 a 12:00 horas, los
días jueves, debiendo los responsables de la Delegación arbitrar los
medios para comunicar esa circunstancia con anticipación y en forma
fehaciente a la comunidad usuaria y a esta DIRECCIÓN NACIONAL.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés
general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Carlos Gustavo Walter.
e. 02/06/2017 N° 37193/17 v. 02/06/2017