MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
Resolución 2470-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2017
Visto la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Decisión
Administrativa N° 495 del 18 de mayo de 2016, las Resoluciones
Ministeriales N° 484 del 6 de mayo de 2008, N° 982 del 15 de mayo de
2013 y N° 1892 del 28 de octubre de 2016, el Expediente N° 9365/08 del
registro del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 115, inciso g) de la Ley N° 26.206 prevé que el Poder
Ejecutivo Nacional, a través de esta Cartera Ministerial deberá otorgar
validez nacional a los títulos y certificaciones de estudios.
Que conforme el artículo 78 de la citada Ley corresponde a este
Ministerio establecer, en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN,
los criterios de regulación del sistema formador docente, el registro
de los institutos de educación superior, así como la homologación y
registro nacional de títulos y certificaciones.
Que la Decisión Administrativa N° 495/16 establece como responsabilidad
primaria de la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS Y ESTUDIOS
entender en las tramitaciones conducentes al otorgamiento de validez
nacional para los títulos y certificados correspondientes a las ofertas
educativas existentes en el país registrando los estudios de todo el
país que otorgan certificados con validez nacional.
Que la Resolución Ministerial N° 484/08 creó en el ámbito del entonces
MINISTERIO DE EDUCACIÓN el “Registro Federal de Instituciones y Ofertas
de Formación Docente”, administrado por el INSTITUTO NACIONAL DE
FORMACIÓN DOCENTE.
Que la Resolución Ministerial N° 982/13 creó el “Registro Nacional de
Títulos y Certificados con Validez Nacional” (Re.Na.V.) de Nivel
Inicial, Primario, Secundario y Superior, y estableció que será
desarrollado y administrado por la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE
TÍTULOS Y ESTUDIOS.
Que la Resolución Ministerial N° 1892/16 establece los componentes
básicos exigidos y los procedimientos para la solicitud de la validez
nacional de los títulos y certificados correspondientes a estudios
presenciales de Formación Docente para todos los niveles y modalidades
previstos por la Ley N° 26.206.
Que por la experiencia reunida con los equipos técnicos
jurisdiccionales, en lo atinente a la emisión de los títulos y
certificados correspondientes a los estudios de Formación Docente, y
con el objetivo de contribuir a dar mayor celeridad al proceso de su
emisión, resulta conveniente modificar el campo concerniente al Número
de Inscripción otorgado por el Registro Federal de Instituciones y
Ofertas de Formación Docente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el ARTÍCULO SÉPTIMO del ANEXO
IF-2016-01912206-APN-DVNTYE#ME de la Resolución Ministerial N° 1892/16,
quedando redactado de la siguiente manera: “SÉPTIMO: Los títulos y
certificados que emitan los institutos de educación superior deberán
mencionar la normativa jurisdiccional que aprobó el diseño curricular y
su implementación, y la Resolución Ministerial que otorgó la validez
nacional del título”.
ARTÍCULO 2°.- Modificar el ARTÍCULO QUINTO del ANEXO
IF-2016-01912633-APN-DVNTYE#ME de la Resolución Ministerial N° 1892/16,
quedando redactado de la siguiente manera: “QUINTO: Los títulos y
certificados que emitan los institutos de educación superior deberán
mencionar la normativa jurisdiccional que aprobó el diseño curricular y
su implementación, y la Resolución Ministerial que otorgó la validez
nacional del título”.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Esteban José Bullrich.
e. 05/06/2017 N° 37852/17 v. 05/06/2017