MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA
DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución 563/2017
Buenos Aires, 20/04/2017
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación
comunicó a esta Defensoría General de la Nación que el pasado día 20 de
abril del corriente año, la Comisión de Selección de Magistrados y
Escuela Judicial resolvió disolver, en los términos del artículo 1°,
párrafos primero y segundo, de la Ley N° 27.307, el Tribunal Oral en lo
Criminal N° 23 de la Capital, al que le sucederá el Tribunal Oral en lo
Criminal Federal N° 8 de la Capital.
El artículo 18 de la Ley N° 27.149 establece que las defensorías que
actúan ante los Tribunales Orales en lo Criminal que sean disueltos o
transformados pasarán a hacerlo como defensorías ante los órganos
jurisdiccionales que sucedan a dichos órganos jurisdiccionales
disueltos o transformados, manteniendo sus actuales equipos de trabajo.
Lo cierto es que, en atención a la disparidad numérica entre los
tribunales, fiscalías y defensorías, se estableció mediante Resol. DGN
N° 1539/2005 un sistema de intervención que determinó que todo/a
Defensor/a Público/a Oficial cambie periódicamente los tribunales ante
los que actúa a través de turnos rotativos. En consecuencia, no existe
una Defensoría Pública Oficial que, de manera continua, actúe ante el
Tribunal Oral en lo Criminal N° 23.
En consecuencia, teniendo en cuenta que la Dra. Verónica María Blanco
ocupó el tercer lugar de la terna formada en el marco del último
concurso de oposición y antecedentes, realizado en el ámbito de este
Ministerio Público de la Defensa, a los fines de cubrir tres vacantes
de Defensor Público Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal
Federal de la Capital Federal (Concurso N° 62 MPD, terna aprobada por
Resol. DGN N° 883/14, y oportunamente elevada al Poder Ejecutivo
Nacional) y que los dos primeros postulantes fueron designados/as
oportunamente Defensor Público Oficial N° 1 ante los Tribunales Orales
en lo Criminal Federal de La Plata y Defensora Pública Oficial N° 4
ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital Federal
respectivamente, como así también que la Dra. Blanco prestó su expreso
consentimiento, es que corresponde transformar la Defensoría Pública
Oficial N° 16 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional
de la Capital Federal en la Defensoría Pública Oficial N° 6 ante los
Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital Federal, de
conformidad con lo dispuesto por el art. 18 de la Ley N° 27.307.
Por otro lado, corresponde establecer que oportunamente se creará una
Unidad de Letrados Móviles a fin de cubrir las tareas que hasta el
momento venía desempeñando el equipo de la Defensoría que mediante este
acto se transforma.
Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 27.149, en mi carácter de Defensora General de la Nación;
RESUELVO:
TRANSFORMAR la Defensoría Pública Oficial N° 16 ante los Tribunales
Orales en lo Criminal y Correccional en la Defensoría Pública Oficial
N° 6 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital
Federal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 18 de la Ley N°
27.307.
Protocolícese, hágase saber y archívese. — Stella Maris Martinez, Defensora General de la Nación.
e. 13/06/2017 N° 40451/17 v. 13/06/2017