INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 186/2017

Buenos Aires, 08/06/2017

VISTO el Expediente N° 1464/2017/INCAA y las Resoluciones INCAA N° 3785 de fecha 2 de diciembre de 2013 y 879, de fecha 7 de abril de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la citada Resolución dispuso la obligatoriedad de inserción en el Boleto Oficial Cinematográfico los datos de la aplicación web, desarrollada para permitir una participación federal en el sorteo.

Que la Cámara Argentina de Exhibidores Multipantallas efectuó una presentación solicitando una prórroga de CIENTO OCHENTA (180) días para implementar los cambios en atención a que las empresas integrantes poseen un stock de papel preimpreso.

Que corresponde autorizar a la Gerencia de Fiscalización para que resuelva estos casos.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que las atribuciones para el dictado de la presente Resolución surgen de las facultades conferidas por los incisos a), b) e i) del artículo 3° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y el Decreto N° 324/2017.

Por ello.

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizase a la Gerencia de Fiscalización a prorrogar, por Disposición, la implementación de lo dispuesto por Resolución INCAA N° 879/17.

ARTÍCULO 2°.- En todos los casos las empresas deberán solicitar la prórroga remitiendo un correo electrónico a la dirección fiscaliza@incaa.gob.ar indicando la fecha hasta la cual tiene disponibilidad de papel en stock.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ralph Haiek.

e. 13/06/2017 N° 40468/17 v. 13/06/2017