Resolución 87-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-05664775-APN-CNV#MF, la Ley Nº 26.831 de
Mercado de Capitales y la Resolución N° 219 de fecha 16 de mayo de 2013
del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que, previo a la sanción de la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales,
el Decreto N° 1.526 de fecha 24 de diciembre de 1998, ratificado por la
Ley Nº 25.401 y modificado por el Decreto Nº 1.271 de fecha 11 de
octubre de 2005, facultó a la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES a percibir
tasas y aranceles así como a establecer la modalidad de integración del
pago.
Que los montos y escalas de las tasas y aranceles que la COMISIÓN
NACIONAL DE VALORES percibe, hasta la fecha, fueron establecidos por la
Resolución N° 87 de fecha 7 de febrero de 2001 del entonces MINISTERIO
DE ECONOMÍA, que modificó la Resolución N° 1.013 de fecha 30 de agosto
de 1999 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS.
Que la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, aprobó un nuevo régimen
que tiene por objeto la regulación integral de todos los sujetos y
valores negociables comprendidos dentro del mercado de capitales con
sujeción a la reglamentación y control de la COMISIÓN NACIONAL DE
VALORES, entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE
FINANZAS.
Que como consecuencia del nuevo marco normativo establecido por la Ley
N° 26.831 y sus normas complementarias, la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
ha ampliado y diversificado los servicios administrativos que presta en
su condición de autoridad encargada de la promoción, supervisión y
control del Mercado de Valores.
Que actualmente hay servicios que la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES ha
dispuesto dejar de delegar en instituciones privadas autorizadas y,
dada la puesta en funcionamiento de la actividad administrativa, con la
correspondiente utilización de recursos administrativos, económicos y
humanos, justifican su arancelamiento.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 14, inciso b) de la Ley
Nº 26.831, corresponde al entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, a propuesta de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la fijación
de las tasas de fiscalización y control, aranceles de autorización y
otros servicios que esta última perciba.
Que en atención a ello, la Resolución N° 219 de fecha 16 de mayo de
2013 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con
carácter de transitoriedad, estableció como montos y conceptos de tasas
de fiscalización y control, y aranceles de autorización, los que la
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES viene percibiendo, y que entre esos montos
y conceptos, no se encuentra determinado el pago por el servicio
correspondiente a la rendición de exámenes de idoneidad.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Nº 2 de fecha 2 de enero
de 2017, corresponde al MINISTERIO DE FINANZAS entender en aquellas
cuestiones relacionadas con el régimen de Mercado de Capitales.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones, y por el Artículo 14 inciso b) de la Ley N° 26.831 de
Mercado de Capitales.
Por ello,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjanse los montos en conceptos de otros servicios por el
pago por rendición de examen de idoneidad, a ser percibidos por la
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, entidad autárquica actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE FINANZAS, conforme lo dispuesto en el Artículo 14
inciso b) de la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, según el
contenido del Anexo (IF-2017-09972848-APN-DNSF#MF) que forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES a dictar las
normas reglamentarias que resulten necesarias para la aplicación de lo
establecido en el Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Luis Andres Caputo.
ANEXO
TASAS Y ARANCELES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
OTROS SERVICIOS |
Tipo | Servicio | Monto en $ | Oportunidad de Pago | Sujeto alcanzado |
Valor Fijo | I) Rendición de examen de idóneo total. | 3.000 | Al registrar su inscripción | Público en general |
II) Rendición de examen de idóneo parcial. | 2.000 |
IF-2017-09972848-APN-DNSF#MF
e. 14/06/2017 N° 40749/17 v. 14/06/2017