MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Resolución 150-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-00389497--APN-DDYME#MA del Registro del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se encuentra comprometido a generar
acciones y ejecutar programas destinados a atender la problemática del
productor agropecuario, el desarrollo regional y territorial rural,
procurando el arraigo y la inclusión social.
Que los indicadores de la evolución demográfica argentina ponen en
evidencia que gran cantidad de jóvenes rurales, ante la escasez de
oportunidades en sus localidades, migran hacia centros urbanos, donde
generalmente encuentran dificultades para insertarse laboral y
socialmente.
Que uno de los principales factores que actúa en detrimento del arraigo
territorial es la falta de recambio generacional en las actividades
productivas.
Que una de las causas de la falta de servicios y programas para
emprendedores es que las organizaciones rurales carecen de formadores y
facilitadores especializados en la temática.
Que, en este sentido, resulta pertinente generar acciones que tiendan a
la promoción y estímulo de los emprendedores, promoviendo la vocación y
las competencias de los jóvenes rurales mediante el fortalecimiento y
la creación de nuevas empresas de base local, desarrollando acciones
que impulsen la capacitación, innovación y diversificación de las
cadenas productivas.
Que dentro de las mencionadas acciones uno de los mecanismos para el
logro de las metas propuestas dentro de un marco institucional, son las
convocatorias para la presentación de proyectos productivos delimitados
a determinadas necesidades locales y desarrolladas por quienes cuentan
con el conocimiento dado por la pertenencia regional.
Que es necesario apostar a la realización de acciones de
diversificación productiva destinadas a nichos de pequeña escala, donde
las barreras de entrada son bajas y fundamentales para las economías
regionales.
Que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO
TERRITORIAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA por Decreto Nº 357 de fecha
21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, tiene entre sus objetivos:
Coordinar la elaboración de propuestas de políticas de desarrollo
agropecuario y proyectos sectoriales con financiamiento interno y/o
externo que atiendan las necesidades específicas del sector; entender
en el diseño, propuesta e implementación de políticas tendientes a
facilitar y promover el desarrollo y fortalecimiento de los sectores
regionales y rurales, el sector cooperativo agroalimentario,
potenciando la diversificación productiva y la industrialización del
mismo a nivel local, regional y nacional, compatibilizándolas con las
políticas macroeconómicas y sociales y la gestión sustentable de los
recursos e intervenir en el diseño y coordinación de planes, programas
y proyectos en las materias de competencia de la Jurisdicción
Ministerial y sus organismos descentralizados, tendientes a promover el
desarrollo local y regional.
Que consecuentemente, los objetivos del programa serán: crear,
promover, consolidar y fomentar el espíritu emprendedor, procurando
empoderar líderes cuyas ideas innovadoras fomenten la creación de
unidades productivas y trabajo genuino.
Que en concordancia con ello, a través de convocatorias se incentivará
el desarrollo agroindustrial por medio de emprendimientos locales que
generan empleo.
Que con la creación del mencionado instrumento, se fortalecerá la
generación de capital humano emprendedor y proveerá redes de apoyo y
asistencia, así como capital financiero, permitiendo el desarrollo de
ideas y proyectos.
Que es fundamental generar herramientas para proveer asistencia
financiera destinada a apoyar el nacimiento de emprendimientos de
carácter rural.
Que en virtud de lo expuesto, es que se promueve la creación del citado
Programa como una de las herramientas más directas y ágiles para los
emprendedores rurales, brindando asistencia financiera directa para
plasmar una idea en un proyecto y para ejecutar un plan de negocios e
inversión, previamente analizado y seleccionado en una Convocatoria.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le corresponde.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y sus
modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase el PROGRAMA AGROEMPRENDE “Innovando en el
territorio” en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL
de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO
TERRITORIAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, que se orientará conforme
a los lineamientos establecidos en el Anexo que, registrado con el Nº
IF-2017-10469467-APN-SSDT#MA, forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2º.- Será Autoridad de Aplicación del Presente Programa y
coordinará sus acciones la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL de
la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO
TERRITORIAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
ARTÍCULO 3º.- Facúltese a la citada Subsecretaría a implementar y
articular con otros organismos públicos o privados; las Convocatorias
de Proyectos Productivos AGROEMPRENDE a lo largo del territorio
nacional acorde a las capacidades operativas que considere necesarias
para llevarlas a cabo, en consecución de los objetivos previstos en la
presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Facúltese a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR,
COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA a
convocar a Jóvenes Emprendedores Rurales, dictar las normas
complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la
presente medida y a otorgar los reconocimientos estímulo que de ella
resulten.
ARTÍCULO 5º.- El monto inicial para establecer, implementar y ejecutar
el PROGRAMA AGROEMPRENDE será hasta la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES
($ 18.000.000.-) que será atendido, en función de la disponibilidad
presupuestaria para la Jurisdicción 52 – Programa 46 – Políticas para
Pequeños y Medianos Productores y Desarrollo Territorial - Actividad 02
- Formulación de Políticas para el Desarrollo Territorial,
correspondiente al Ejercicio 2017, previendo su disponibilidad para
ejercicios sucesivos.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Buryaile.
ANEXO
PROGRAMA AGROEMPRENDE “Innovando en el Territorio”
El PROGRAMA AGROEMPRENDE se crea con los siguientes objetivos:
1.1. OBJETIVOS GENERALES
a) Fomentar la creación, promover y fortalecer emprendimientos
vinculados al sector agroindustrial generando desarrollo rural de una
manera federal, procurando posicionar la actividad emprendedora como
una herramienta para crear empleo y facilitar el acceso a oportunidades.
b) Capacitar a los titulares de los proyectos a emprender para mejorar la sustentabilidad de los mismos a lo largo del tiempo.
c) Promover un mayor nivel de ocupación de jóvenes en localidades
rurales por medio de emprendimientos sustentables que estimulen el
arraigo.
d) Incentivar la utilización de nuevas tecnologías vinculadas al
desarrollo del sector agroindustrial para la creación de empresas de
base científico tecnológica que promuevan buenas prácticas ambientales.
1.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
a) Propiciar la creación de emprendimientos para promover el desarrollo
rural a través de Convocatorias de Proyectos Productivos que contemplan
actividades de formación, capacitación y apoyo.
b) Mejorar la cantidad y calidad de emprendimientos nacionales que se
vinculan con la promoción del desarrollo rural a través de
convocatorias, encuentros federales, incubación de proyectos y
herramientas de asesoramiento.
c) Articular con organismos públicos y privados la implementación de dichas convocatorias o eventos.
d) Conformar una Red de instituciones de promoción del emprendedorismo entre jóvenes rurales en todo el territorio nacional.
e) Fortalecer el conocimiento de la población sobre la vinculación
entre el emprendedorismo, el desarrollo territorial y el cuidado
ambiental.
1.3. ALIANZAS ESTRATÉGICAS
Para el desarrollo de los objetivos del programa será necesario la
articulación y cooperación con otros organismos de gobierno o privados
a fin de ejecutar una estrategia unificada.
1.4. IMPLEMENTACIÓN.
El Programa AGROEMPRENDE “Innovando en el territorio” se ejecutará por
medio de Convocatorias de Proyectos Productivos en las que se otorgarán
reconocimientos estímulo como ayuda financiera a aquellos proyectos que
resultaren seleccionados de acuerdo a las bases y condiciones que
fueran aprobadas en cada caso y en las que intervienen organismos
oficiales, técnicos, académicos y privados, con el objetivo de evaluar
los proyectos presentados desde su concepción y de acompañarlos para su
concreción. Dichas convocatorias, brindarán servicios de capacitación
técnica para todos los jóvenes inscriptos en la creación de
emprendimientos de índole rural y promoverán la creación de una red
nacional de centros de desarrollo emprendedor.
Las convocatorias se realizarán en distintas provincias o regiones del
país y la elección de las mismas será potestad de la autoridad de
aplicación. AGROEMPRENDE será una herramienta de apoyo para la
identificación de proyectos que pudieran ser sustentables en el tiempo,
brindando un beneficio económico para los proyectos que resultaren
elegidos por el jurado, y capacitando a la totalidad de los que
adhirieran al programa. A su vez, las Convocatorias, son usinas y base
de proyectos que sirven para detectar y para dar respuesta a aquellos
que hayan cumplido exitosamente con los indicadores de impacto
inicialmente estipulados, otorgando de ésta manera un aumento en la
escala del negocio y convirtiéndolos en generadores de empleos genuinos.
Las bases y condiciones de cada convocatoria serán consideradas normas complementarias del programa.
La implementación total se encuentra bajo la órbita y seguimiento directo del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA .
Los procedimientos operativos que se realizarán en las Convocatorias
para la selección de los Proyectos Productivos son los siguientes:
a) Llamado a una Convocatoria AGROEMPRENDE, en una región o provincia del país.
b) Período de inscripción a la misma.
c) Período de capacitación de todos los inscriptos.
d) Plazo de presentación de los proyectos.
e) Evaluación del Jurado en base a los criterios propuestos:
• Originalidad de la idea de negocio presentada.
• Calidad de datos empleados como soporte al trabajo y solidez técnica del plan de negocios.
• Asistencia a los cursos dictados durante el periodo de la convocatoria.
• Impacto potencial en cuanto a la creación de riqueza, generación de empleo y/o grado de asociativismo con otros emprendedores.
• Antecedentes personales y balance del equipo o emprendedor que
presenta el plan; los mismos podrán obtenerse durante el proceso de
Tutoría y/o Capacitación.
f) Entrega de los reconocimientos estímulo.
g) Seguimiento de los proyectos seleccionados.
Los participantes de las convocatorias deberán:
a) Cumplimentar y aceptar los requisitos formales que exigen las bases
y condiciones oportunamente aprobadas para cada una de las mismas.
b) Elaborar un Plan de Acción o de Negocios de emprendimientos en
marcha de hasta tres años de antigüedad o de ideas y proyectos de
emprendimientos a crearse priorizando los siguientes sectores:
• Sector Agroindustrial
• Sector Tecnológico
• Sector de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías
• Sector Comercial y Productivo
No obstante, cabe destacar que pueden participar proyectos de todos los
sectores productivos referidos a la agroindustria (sociales, servicios,
etcétera.)
c) Realizar un resumen ejecutivo del Plan de Negocios y otro de la
experiencia laboral y/o educativa de los integrantes del grupo o
emprendedor que permita conocer la aptitud para llevar adelante el
proyecto.
d) Asistir a los cursos de capacitación y asesoramiento personalizado que el proyecto posee como metodología.
e) Presentar el proyecto definitivo en alguna de las categorías donde se otorgan reconocimientos estímulo y que son:
• Idea Proyecto. (Emprendimiento nuevo que parte de una idea)
• Emprendimiento en Marcha. (Emprendimiento que se encuentra en
funcionamiento y requiere de aportes financieros para su crecimiento)
• Innovación en la empresa Familiar. (Emprendimiento familiar que por
medio de innovación o ampliación concreta una mejora en el negocio)
El interesado participará formalmente de una convocatoria cuando haya
cumplido con la documentación exigida en las bases y condiciones y
entregada en los lugares dispuestos para tal fin en las mismas, en
sobre cerrado con la frase “Convocatoria de Proyectos e Ideas Proyectos
AGROEMPRENDE”.
Los miembros del jurado y su cantidad estarán establecidos en las bases y condiciones de cada convocatoria.
El jurado y los capacitadores se comprometen a preservar el carácter
confidencial de la información y de los proyectos presentados por los
participantes y sus decisiones serán inapelables.
1.5. ELECCIÓN DEL BENEFICIARIO Y/O EJECUTOR DEL PROYECTO.
Los beneficiarios del Programa, serán los titulares de aquellos
proyectos productivos que fueran seleccionados como ganadores de las
convocatorias AGROEMPRENDE, de acuerdo a los criterios de evaluación
del jurado.
1.6. RESPONSABLES DE LA EJECUCIÓN Y RENDICIÓN.
Los titulares de los proyectos elegidos serán los responsables de la
administración del aporte proyectado, así como de su rendición y
eventual reintegro de los fondos no rendidos, no aplicados o
indebidamente aplicados.
1.7. AUTORIDAD DE APLICACIÓN
La Subsecretaría de Desarrollo Territorial supervisará la inversión
efectiva de los proyectos financiados como parte de la ejecución del
programa, destinados a atender la problemática del productor
agropecuario, el desarrollo regional y territorial rural, procurando el
arraigo y la inclusión social.
1.8. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS
Será un objetivo destacado de selección para el financiamiento, dar prioridad a proyectos que contribuyan a:
• Promover servicios en el medio rural.
• Incentivar la innovación y diversificación productiva, y el agregado
de valor a la producción primaria y los recursos naturales de la zona.
• Valorizar la actividad de pequeñas unidades productivas.
• Crear o consolidar proyectos asociativos que aporten a la cadena de valor.
• Fortalecer la inclusión de género y la agricultura familiar.
• Promover la seguridad alimentaria y la sostenibilidad ambiental.
1.9. BENEFICIOS DEL PROGRAMA
• Crea nuevas unidades de negocios en zonas relegadas que se traducen
en desarrollo productivo e impulso directo a las economías regionales.
• Atiende la problemática de los jóvenes rurales, el desarrollo regional rural, procurando el arraigo y la inclusión social.
• Desarrolla actividades en conjunto con otros organismos públicos y
privados, y fomenta la cooperación en las áreas que incumben al
desarrollo territorial en general.
• Acompaña en la identificación de nuevas oportunidades de los jóvenes rurales.
• Incentiva la utilización de nuevas tecnologías vinculadas al
desarrollo del sector agroindustrial para la creación de empresas de
base científico tecnológica que promuevan buenas prácticas ambientales
• Mejora la cantidad y calidad de emprendimientos nacionales que se
vinculan con la promoción del desarrollo rural a través de
convocatorias, encuentros federales, incubación de proyectos y
herramientas de asesoramiento.
IF-2017-10469467-APN-SSDT#MA
e. 19/06/2017 N° 42215/17 v. 19/06/2017