MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 367-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 16/06/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-06924687-APN-DMENYD#MTR del Registro del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, el Presupuesto General de la Administración
Pública Nacional para el Ejercicio 2017 aprobado por la Ley N° 27.341,
los Decretos N° 2.345 del 30 de diciembre de 2008, y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa N° 952 de fecha 1 de
septiembre de 2016, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 37 del 1° de septiembre de
2009, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 2.345 del 30 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, se aprobó el régimen de contratación de personas para
la prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios
para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas
especiales y con término estimable que complementen la gestión de cada
jurisdicción o entidad.
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de
renovación de las contrataciones de las personas que se detallan en el
Anexo I (IF-2017-11839519-APN-MTR) que forma parte integrante de la
presente medida bajo el régimen de locación de servicios establecido
por el Decreto N° 2.345 de fecha 30 de diciembre de 2008, y sus
modificatorios, destinadas al ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que en función de fortalecer y de hacer operativas las funciones
propias del MINISTERIO DE TRANSPORTE, resulta necesario renovar las
contrataciones de las personas indicadas en el Anexo I
(IF-2017-11839519-APN- MTR) de la presente medida, cuyos servicios
resultan imprescindibles en las áreas solicitantes.
Que las personas, cuyas renovaciones se proponen, reúnen los requisitos
de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.
Que las personas incluidas en el Anexo I (IF-2017-11839519-APN-MTR) de
la presente medida registraban contrato vigente al 31 de diciembre de
2016 bajo el régimen establecido por el Decreto N° 2345 de fecha 30 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE TRANSPORTE ha certificado la existencia de las partidas
presupuestarias necesarias para solventar la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que ha tomado la intervención que le compete el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 4° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y por
el Decreto N° 2.345 de fecha 30 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratifíquense los contratos suscriptos ad referéndum del
señor Ministro de Transporte en el marco del Decreto N° 2345 de fecha
30 de diciembre de 2008 y sus modificatorias, celebrados entre los
funcionarios que se nominan en el Anexo II (IF-2017-11839680-APN-MTR),
y las personas que se detallan en el Anexo I
(IF-2017-11839519-APN-MTR), que forman parte integrante de la presente
resolución, de conformidad con el período, monto mensual, función y
rango que en cada caso se indican, a fin de hacer operativas las
funciones propias del Ministerio de Transporte.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida, será atendido con cargo a los créditos del presupuesto
correspondiente a la jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE,
aprobados para el Ejercicio 2017, por la Ley N° 27.341 de Presupuesto
General de la Administración Nacional y distribuidos por la Decisión
Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en orden a lo
dispuesto por el Artículo 8° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de
2017.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 21/06/2017 N° 42741/17 v. 21/06/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)