MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 53-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2017
VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2017-11963313- -APN-SECMA#MM,
la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016 y 561
del 6 de abril de 2016, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de
2016 y 355 E del 14 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, la Resolución Nro. 3 del 21 de abril de 2016 de la
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y
en su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las
jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°
24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que
posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,
búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por
parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 por el cual se aprueba el
PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y
GOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal
informática de generación de documentos y expedientes electrónicos,
registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la
administración a los fines de facilitar la gestión documental, el
acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los
plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.
Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementación
del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema
integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público
Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de
expedientes electrónicos.
Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdicciones
enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector
Público Nacional la utilización del sistema de Gestión Documental
Electrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas,
de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, faculta a la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar
las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para
la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y
el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.
Que la Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprueba la
implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador de
Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”
(EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016 y 355 E del 14 de
septiembre de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establece el
cronograma de implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”,
“Generador de Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente
Electrónico” (EE), todos del sistema de Gestión Documental Electrónica
(GDE) en los MINISTERIOS DE HACIENDA Y FINANZAS y de SALUD,
respectivamente.
Que en consecuencia resulta necesario instruir a la SUPERINTENDENCIA DE
SEGUROS DE LA NACIÓN dependiente del MINISTERIO DE FINANZAS, a la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y al HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR
ALEJANDRO A. POSADAS”, ambos dependientes del MINISTERIO DE SALUD, para
que a partir del 30 de junio de 2017 cierren la caratulación de
expedientes en soporte papel, debiendo hacerlo a través del módulo
“Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental
Electrónica – GDE.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Instrúyese a los siguientes organismos para que a partir
del 30 de junio de 2017 cierren la caratulación de expedientes en
soporte papel, debiendo hacerlo exclusivamente a través del módulo
“Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental
Electrónica – GDE:
a) SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN dependiente del MINISTERIO DE FINANZAS,
b) SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD dependiente del MINISTERIO DE SALUD, y
c) HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO A. POSADAS” dependiente del MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.
e. 22/06/2017 N° 43521/17 v. 22/06/2017