MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 555-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2017

VISTO el Expediente Nº 1.749.023/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN FILIAL BUENOS AIRES por el sector sindical y la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 5 y vta. del expediente Nº 1.749.023/16, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las partes precitadas establecen una suma excepcional, por única vez y de carácter no remunerativo para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 244/94 y que laboren en el establecimiento de la empresa que allí se especifica.

Que el plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado entre la FEDERACIÓN TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN por el sector sindical y la FEDERACIÓN DE INDUSTRIAS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y AFINES por la parte empleadora.

Que existen antecedentes negociales entre las partes individualizadas en el primer párrafo del presente, ello conforme RESOL-2016-576-E-APN-SSRL#MT de fecha 11 de agosto de 2016 y Resolución Secretaria de Trabajo Nº 848, de fecha 25 de junio de 2015, de cuyo considerando tercero surge que la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA resulta continuadora de KRAFT FOODS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.

En definitiva y conforme antecedentes citados, las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para negociar colectivamente en el marco del mencionado cuerpo convencional.

Que en cuanto al ámbito personal y territorial de aplicación de lo acordado, se establece para los trabajadores representados por la entidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 244/94 y que laboren para la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA prestando servicios en el establecimiento sito en Av. Henry Ford 3.200 – Ricardo Rojas – Tigre – Provincia de Buenos Aires.

Que en definitiva dicho ámbito se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN FILIAL BUENOS AIRES por el sector sindical y la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 5 y vta. del Expediente Nº 1.749.023/16, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5 y vta. del Expediente Nº 1.749.023/16.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 244/94.

ARTÍCULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.

Expediente N° 1.749.023/16

Buenos Aires, 17 de mayo de 2017

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 555/17 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/5 vuelta del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 543/17. — Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 22/06/2017 N° 41886/17 v. 22/06/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)