MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS

Resolución 3597-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2017

VISTO el EX -2016-02184931- -APN-DGFI#MM, el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología” de fecha 29 de marzo de 2014, la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2017, la Decisión Administrativa Nª 128 del 17 de febrero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología”, Proyecto BID N° AR-L1156” cuyo objeto es contribuir al aumento de la productividad de la economía a través del mejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreas científicas y tecnológicas.

Que en dicho préstamo, el Componente 1 “Becas para Maestrías en Ciencia y Tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de CUATROCIENTOS SESENTA (460) profesionales argentinos realicen programas de maestrías en universidades prestigiosas de países con los cuales el Organismo Ejecutor haya celebrado Convenios Bilaterales de Colaboración; y el Componente 2 “Becas para Estancias Cortas de Formación en Ciencia y Tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de TRESCIENTOS NOVENTA (390) profesionales y técnicos argentinos empleados en empresas e instituciones científicas y tecnológicas desarrollen instancias de instrucción de corta duración y alta especialización en el exterior.

Que, en el presente ejercicio, el Programa BEC.AR se encuentra dentro de la órbita del Ministerio de Educación y Deportes conforme la DA-2017-.128-APN -JGM.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la no objeción al llamado a Convocatoria y a las Bases y Condiciones de la misma, en el marco del “PROGRAMA BEC.AR - BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudes presentadas según dan cuenta las Actas de fechas 15 y 27 de marzo de 2017 y, 5, 10, 11 y 12 de abril de 2017.

Que, asimismo, el Comité Evaluador, con los antecedentes que se acompañan de la presente Convocatoria, procedió a realizar la evaluación final con fecha 26 de abril de 2017 y, asimismo, seleccionó a VEINTINUEVE (29) Organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación como beneficiarios conforme a los procedimientos establecidos en las Bases del llamado a la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Estadías Cortas en el Exterior en Ciencia y Tecnología para Organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación (BEC.AR-CTI 2017).

Que fue solicitada la No Objeción al proceso de selección, llevado adelante por los Comités Asesor y Evaluador, al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que corresponde adjudicar el beneficio a las personas seleccionadas en el Anexo I (IF-2017-08594308-APN-DGFI#MM), en el marco de la referida Convocatoria.

Que la SECRETARIA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS ha verificado la existencia de créditos presupuestarios suficientes para hacer frente a las erogaciones que demande el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas a esta Secretaría por el Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICAS UNIVERSITARIAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por el Comité Asesor y el Comité Evaluador encargado de seleccionar a los beneficiarios de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Estadías Cortas en el Exterior en Ciencia y Tecnología para Organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación (BEC.AR-CTI 2017) en el marco del “PROGRAMA BEC.AR - BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar la nómina de seleccionados en el marco de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Estadías Cortas en el Exterior en Ciencia y Tecnología para Organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación (BEC.AR-CTI 2017) que, como Anexo I (IF-2017-08594308- APNDGFI#MM) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Adjudicar las Becas de Estadías Cortas en el Exterior en Ciencia y Tecnología para Empresas (BEC.AR-EMPRESAS 2017) a las personas consignadas en el Anexo I (IF-2017-08594308-APN-DGFI#MM) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4º.- Aprobar el modelo de Contrato que efectivizará el beneficio de las becas a las personas, que como Anexo II (IF-2017-08594489-APN-DGFI#MM), forma parte integrante de la presente medida y delegar en la Directora del PROGRAMA BEC.AR la firma de los mismos.

ARTÍCULO 5º.- Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN FINANCIERA a transferir la suma de PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 01/100 ($ 10.823.854,01) a las cuentas bancarias de las instituciones detalladas en el anexo y que administrarán las becas de los beneficiarios seleccionados y detallados en el anexo (IF-2017-11520226-APN-DGFI#MM) para afrontar el pago de las becas adjudicadas por el Artículo 3º de la presente resolución. Para aquellos becarios que realicen sus estadías en países donde el Programa BEC.AR no cuente con Institución intermedia, se tramitará por resolución aparte.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado a la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, Programa 26 - DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR, Fuente de Financiamiento 11 – TESORO NACIONAL, Actividad 11 – ACCIONES UNIVERSITARIAS PARA EL DESARROLLO NACIONAL Y REGIONAL, Inciso 5 – TRANSFERENCIAS, Partida Principal 1 – TRANSFERENCIAS AL SECTOR PRIVADO PARA FINANCIAR GASTOS CORRIENTES, Partida Parcial 3 – BECAS, del presupuesto vigente.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN FINANCIERA. Cumplido, archívese. — Albor Angel Cantard.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 23/06/2017 N° 43244/17 v. 23/06/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

Anexo I


Anexo

Número: IF-2017-08594308-APN-DGFI#MM

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Viernes 12 de Mayo de 2017

Referencia: Anexo Seleccionados

INSTITUCIONES - SELECCIONADAS







Anexo II


Anexo

Número: IF-2017-08594489-APN-DGFI#MM

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Viernes 12 de Mayo de 2017

Referencia: Anexo Contrato

BECAS DE ESTADÍAS CORTAS EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA ORGANISMOS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

CONTRATO DE ADHESIÓN DEL BENEFICIARIO

En la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los ……… días del mes de ………. de 201…, la señora Directora del Programa Bec.Ar, Magister Marta Patricia Leone (D.N.I. N° 10.830.093), con domicilio en Esmeralda N° 130, piso 14°, en adelante la “Unidad Ejecutora” por una parte, y …………………… (D.N.I. N° ……………….), con domicilio en ………….., piso …, Dpto …., ………………….., en adelante el “Beneficiario” y ……………… (D.N.I. N°: ……………….) en representación de la Institución……………….. , con domicilio en ………………………, piso ……………………………….., en adelante la “Institución”, por la otra parte, convienen celebrar el presente CONTRATO DE ADHESIÓN, el cual se regirá bajo las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA - ALCANCE. Este Contrato regulará el vínculo entre la Unidad Ejecutora, el Beneficiario y la Institución en el marco de la Convocatoria de “BECAS DE ESTADÍAS CORTAS EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA ORGANISMOS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN", para el curso/estancia de investigación/capacitación/práctica/visita técnica o académica, dictado por el …………………………. a llevarse a cabo en ………………………………, entre el …. de …………. de 2016 y el …. de …………. de 201.. para el cual se le ha adjudicado el Beneficio.--

CLÁUSULA SEGUNDA - BENEFICIO. - Los gastos de traslados desde el lugar de origen del becario hasta la Ciudad de ……. para la realización de la beca, y el retorno, por única vez. Se deja constancia que la Unidad Ejecutora no financiará los gastos correspondientes al exceso de equipaje y/o exceso de dimensiones de equipaje y/o ningún costo adicional de la compañía aérea y/o terrestres mediante la cual se realice el traslado, quedando los mismos a cargo del becario.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

- El valor estipulado por la Institución receptora por concepto de curso/estancia de investigación/capacitación/práctica/visita técnica o académica del becario durante el plazo de duración de la beca. Deberá tratarse de costos correspondientes exclusivamente al currículo académico de la BECAS DE ESTADÍAS CORTAS EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA ORGANISMOS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN en el ……. que le ha sido adjudicada al becario.-------------------------------------------------------------------------------------------------

- El costo de manutención mensual por el plazo de duración de la beca por la suma de …… …………. (USD/€ ). Dicho monto o proporción equivalente a ……. Meses se entrega en el presente acto y el becario presta conformidad. ---------------------------------------------------------------

- Un seguro de salud (servicio de asistencia al viajero) durante el período de la beca y por hechos que ocurran en el territorio del país donde cursa la beca que le ha sido adjudicada. Se deja constancia que el seguro de salud, que fuera financiado por la Unidad Ejecutora, será el plan de seguro médico básico ofrecido por ………………, quedando exenta esta Unidad de todo tipo de responsabilidad civil, penal, comercial, entre otras, por cualquier circunstancia o gastos pecuniarios que el becario debiera desembolsar que exceda la cobertura otorgada por el seguro médico referenciado el cual el becario declara conocer y aceptar sus términos y condiciones en el presente acto. En el caso de que el beneficiario quisiera contratar un Seguro de Salud distinto al propuesto, será el propio beneficiario o la Institución quienes deban solventar los gastos para cubrir dicho seguro, presentando la documentación que acredite ello, siendo responsable exclusivamente el beneficiario por cualquier circunstancia y/o gastos pecuniarios que debiera hacer con motivo de dicho Seguro de Salud.----------------------------------

- Los costos administrativos correspondientes a la gestión administrativa del ………….-------------

- Los costos consulares de las homologaciones de la visa que ocurrieren en la …….--------------

Todos los beneficios antes establecidos están destinados únicamente al Becario. La Unidad Ejecutora del Programa BEC.AR no asume ninguna otra obligación ni pagará gasto alguno que no se encuentre contemplado en el presente. -----------------------------------------------------------------

La Institución cuya postulación fue seleccionada abonará como contrapartida el 10 % del monto total de la propuesta. Dicha contrapartida será descontada del costo total de …………..---

Se deja constancia que el seguro de salud a otorgarse al beneficiario será el proporcionado por ………………… y cuyo monto se incluye en el ANEXO A del presente Contrato, quedando exenta de todo tipo de responsabilidad civil, penal, comercial, entre otras, por cualquier circunstancia o gastos pecuniarios que el beneficiario debiera desembolsar que exceda la cobertura otorgada por el seguro médico concedido por la UNIDAD EJECUTORA.---------------------------------

CLÁUSULA TERCERA - PAGOS. Para cumplir con lo estipulado en la CLÁUSULA SEGUNDA, la UNIDAD EJECUTORA financiará al Beneficiario el monto de hasta PESOS ……………………………………………………………… ($................), de acuerdo al tipo de cambio vigente al momento de la transacción, para solventar los gastos elegibles detallados en el Anexo A del presente Contrato y de acuerdo al detalle del mismo. ----------------------------------------------------

El beneficiario deberá utilizar los recursos para solventar los Gastos Elegibles detallados en el ANEXO A del presente Contrato y de acuerdo al detalle del mismo.--------------------------------------

CLÁUSULA CUARTA - ADMINISTRACIÓN DEL BENEFICIO. El Beneficiario autoriza a la Unidad Ejecutora a realizar la compra a su nombre de los tickets aéreos correspondientes al traslado (ida y vuelta) por única vez desde la CIUDAD DE BUENOS AIRES hasta el lugar aprobado para la realización de las actividades de la beca y retorno por única vez, y del seguro de salud, de acuerdo al detalle del beneficiario que figura en el ANEXO A del presente Contrato.----------------

El monto correspondiente a la manutención, si llegara a superar los TRES (3) meses, será entregado al Beneficiario por intermedio de ……………………., a la cuenta que declare el beneficiario a dichos efectos..--------------------------------------------------------------------------------------

Sin perjuicio de ello, se deja constancia, y el becario presta conformidad, que se hace entrega de un
adelanto de manutención en el presente acto, correspondiente a los……. meses de manutención mensual. -----------------------------------------------------------------------------------------------

CLÁUSULA QUINTA - DURACIÓN. La duración del beneficio será de …… meses y ……. días, sin posibilidad de ser renovable. El Beneficiario deberá cumplir con la totalidad del Programa, comenzando el …. de ………. de 2016 y finalizando el …. de …… de 201...------------------------------

CLÁUSULA SEXTA - CONDICIONES PARA EL DISFRUTE DEL BENEFICIO - RESPONSABILIDAD. Durante este período, el Beneficiario se compromete a:

- Presentarse en el lugar, fecha y horarios del vuelo indicados por la Unidad Ejecutora del Programa Becar para la realización de su viaje, con la documentación personal obligatoria correspondiente. En el caso de no cumplir con dichas pautas, el Becario será el responsable de gestionar y pagar un nuevo pasaje, debiendo abonar la multa correspondiente a la aerolínea. --

- Dedicarse en forma exclusiva a las tareas incluidas en el Programa y abstenerse de intervenir en cualquier actividad no compatible con el "ESTADÍAS CORTAS EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA PARA ORGANISMOS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN" a realizarse en …., en el …………….------------------------------------------------------------------------------------------

- Realizar la apertura de una Cuenta Bancaria donde se le transfieran los fondos necesarios destinados a la manutención para abonar los gastos que correspondan. La misma deberá ser cerrada una vez finalizado el Beneficio, libre de cualquier tipo de deuda, quedando exentos de responsabilidad el Programa Bec.Ar de cualquier tipo de deuda adquirida a dicha Cuenta Bancaria.

- Cumplir con el régimen académico de la beca y aprobar, de ser el caso, la totalidad de las asignaturas y/o materias y/o cursos durante el plazo indicado en la CLÁUSULA PRIMERA.---------

- Cumplir con los requisitos académicos y administrativos que establezca la Universidad o Institución receptora durante el plazo de duración de su beca.--------------------------------------------

- Dar oportuno cumplimiento a todo requerimiento que le realice el Programa Becar incluyendo, las encuestas y cuestionarios; así como concurrir a toda citación o reunión a la que sea convocado durante la vigencia de la Beca.-----------------------------------------------------------------

Asimismo, el Beneficiario se compromete a residir en la ciudad de cursada del "Curso en Ciencia y Tecnología para Organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación" por el tiempo que dure el Programa.

En el caso de que el Beneficiario realizare cualquier tipo de desplazamiento fuera del lugar de cursada del Programa o de su residencia, esta Unidad Ejecutora queda exenta de cualquier tipo de responsabilidad por cualquier hecho o circunstancia que pudiera acaecer, tanto al Beneficiario y/o terceros como consecuencia de sus actos, siendo únicamente el Beneficiario responsable de cualquier tipo de consecuencia que pudiera derivar de dicha circunstancia. A tal fin, el Beneficiario se compromete a informar a esta Unidad Ejecutora en el plazo de DIEZ (10) días, desde su arribo a la ciudad aprobada para la realización del curso, el domicilio donde residirá durante el período de duración del mismo, debiendo comunicar inmediatamente en caso de producirse algún cambio de domicilio.----------------------

En el caso de que con motivo del desplazamiento ut supra mencionado el Beneficiario generare cualquier tipo de inconveniente o circunstancia que comprometa el buen nombre o patrimonio del Estado Argentino, la Unidad Ejecutora evaluará el caso y podrá rescindir el presente Contrato en los términos indicados en las CLÁUSULAS SÉPTIMA y SÉPTIMA SEGUNDA del presente Contrato. -----------------------------------------------------------------------------------------------

La Unidad Ejecutora no se responsabiliza por conflictos legales, hechos o circunstancias acaecidas por caso fortuito o fuerza mayor o de otra índole que pudieran acaecer al Beneficiario en el marco de su esfera privada durante su estadía en ….., en ……………, en el marco del Programa del "Curso en Ciencia y Tecnología para Organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación" . --------------------------------------------------------------------------------------

CLÁUSULA SÉPTIMA - RESCISIÓN DEL BENEFICIO. RESCISIÓN UNILATERAL DEL BENEFICIO.
Serán causales de rescisión unilateral del beneficio por parte de la Unidad Ejecutora:

Si se comprobaran falsedades en la información o documentación proporcionada por el Beneficiario y por la Institución.

Si el Beneficiario o la Institución no aplicase los recursos otorgados estrictamente a su objeto específico.

Cuando el Beneficiario no cumpliera con la asistencia a las clases estipuladas en el Programa del curso.

Cualquier notificación de la Institución intermediaria a la Unidad Ejecutora que así lo indique.

Cuando se presentare una situación que comprometa el buen nombre o patrimonio del Estado Argentino, aún de modo potencial.

Cuando el Beneficiario incumpliese con las normas académicas y profesionales satisfactorias o no observare un estándar de conducta e integridad que esté en consonancia con el espíritu y la intención del Programa a consideración de la Unidad Ejecutora.

Asimismo, el Beneficiario o la Institución podrá solicitar la rescisión del presente contrato a la Unidad Ejecutora, debiendo informar motivos o circunstancias de la decisión, brindando los fundamentos adecuados que lo llevaron a tomar la decisión de rescindir el contrato. Sin perjuicio de ello, la Unidad Ejecutora podrá solicitar información adicional al Beneficiario y a la Institución a fin de evaluar la resolución respecto al reintegro total o parcial de las sumas otorgadas por el beneficio.------------------------------------------------------------------------------------------

Tanto en el caso de rescisión unilateral por parte de la Unidad Ejecutora como por rescisión unilateral del Beneficiario o la Institución, la Unidad Ejecutora quedará liberada de la obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del programa y el becario deberá reintegrar de inmediato las sumas percibidas del beneficio de forma total, reservándose la Unidad Ejecutora el derecho de accionar legalmente contra los responsables. -

CLÁUSULA SÉPTIMA PRIMERA - RESCISIÓN POR ACUERDO DE PARTES. En casos excepcionales, a solicitud de la Unidad Ejecutora o del Beneficiario o la Institución, las partes podrán de común acuerdo rescindir el Contrato de Beneficio, siendo objeto de prueba los motivos y la fundamentación brindadas por las partes. A tales efectos, formarán parte del Contrato de Rescisión un informe técnico de conclusión del Programa en el que se evalúen los resultados en relación con los objetivos previstos y un estado de erogaciones efectuadas con copia de la documentación justificativa, ambos presentados por el Beneficiario, complementados a su vez por una evaluación final técnica de la Unidad Ejecutora.-----------------

La rescisión de común acuerdo liberará a la Unidad Ejecutora de la obligación de realizar los desembolsos pendientes para la ejecución del Programa. El Beneficiario únicamente deberá reintegrar de inmediato las sumas percibidas del beneficio aún no comprometidas a la fecha de rescisión. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Con respecto a las sumas efectivamente percibidas por el Beneficiario, la Unidad Ejecutora evaluará los motivos de rescisión del Contrato y determinará si deben devolverse dichas sumas en forma total o parcial y la forma de devolución.------------------------------------------------------------

CLÁUSULA SÉPTIMA SEGUNDA - REINTEGRO DEL BENEFICIO. En el caso que la Unidad Ejecutora resuelva que el Beneficiario deba reintegrar totalmente las sumas percibidas del beneficio, las mismas deberán ser depositadas en la moneda en la cual se le hizo el desembolso, a la cuenta bancaria que oportunamente se le indique y dentro del plazo de DIEZ (10) días corridos a partir de la rescisión. -----------------------------------------------------------------------

Se deja constancia que en el caso de que el Beneficiario o la Institución no cumpla con las condiciones de reintegro de las sumas ut supra indicados, la Unidad Ejecutora hace reserva del derecho de accionar legalmente contra el responsable, sirviendo el presente como título ejecutivo por el importe que surja de la liquidación que determine la Unidad Ejecutoria, oportunamente. -------------------------------------------------------------------------------------------------------

CLÁUSULA OCTAVA - VIAJE.
El Beneficiario debe cumplir con las pautas brindadas por la UNIDAD EJECUTORA BEC.AR para su viaje, debiéndose presentar en el lugar, fecha y horarios indicados del vuelo con la documentación personal obligatoria requerida. En el caso de no cumplir con dichas pautas, el Beneficiario será el responsable de gestionar y pagar un nuevo pasaje, debiendo abonar la multa correspondiente a la aerolínea. ---------------------------------------

CLÁUSULA NOVENA - SEGURO DE SALUD. El Beneficiario aceptará el seguro de salud que la UNIDAD EJECUTORA disponga, conforme lo indicado en la CLÁUSULA SEGUNDA. -----------------

En el caso de que la Institución sea quien contratare el Seguro de Salud, será el propio Beneficiario o la Institución quienes deban solventar los gastos para cubrir dicho seguro, presentando la documentación que acredite ello, siendo responsable exclusivamente el Beneficiario por cualquier circunstancia y/o gastos pecuniarios que debiera hacer con motivo de dicho Seguro.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

CLÁUSULA DÉCIMA – OBLIGACIÓN DEL BENEFICIARIO. El beneficiario se compromete a ser parte del Grupo de Evaluadores de BEC.AR para futuras convocatorias como forma de retribución al Programa.---------------------------------------------------------------------------------------------

Asimismo, el Beneficiario se compromete a reinsertarse en el tejido socio-productivo argentino durante los UN (1) año calendario posterior desde la finalización del Curso en Ciencia y Tecnología, es decir a partir del día posterior al retorno a la REPÚBLICA ARGENTINA. --------------

Se informa en el presente Contrato, y el Becario presta conformidad, que no se podrá extender su estadía en el país de residencia luego de la finalización de la estancia corta.-----

No se permite la realización de programas de Training Laboral (E-Training), pasantías, o cualquier otra oferta formativa de características similares, que impliquen la estadía en el país residente luego de la finalización inmediata de la beca.----------------------------------------------------

En caso de incumplimiento de la presente cláusula y si el Beneficiario no retornara al país conforme se explica en el párrafo precedente, deberá reintegrar las sumas percibidas del beneficio. Las mismas deberán ser depositadas en la moneda en la cual se le hizo el desembolso, a la cuenta bancaria que oportunamente se le indique y dentro del plazo de DIEZ (10) días corridos.------------------------------------------------------------------------------------------------------

Asimismo, el Beneficiario, una vez concluida su beca, se compromete a:

- Presentar un informe final una vez concluida la capacitación.

- Completar los formularios estadísticos que se le requieran, de acuerdo a los lineamientos que establezca el PROGRAMA BEC.AR.

Acreditar su permanencia en el país cada SEIS (6) meses durante el año calendario posterior a su regreso mediante certificaciones laborales o certificados de domicilio emitidos por la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA de acuerdo a lo que oportunamente establezca la Unidad Ejecutora. ------------------------------------------------------------------------------

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA – OBLIGACIÓN A CARGO DE LA INSTITUCIÓN: La Institución se compromete a abonar como contrapartida el 10% del monto total de la propuesta. Dicha contrapartida será descontada del …….,. ---------------------------------------------------------------------

La Institución acreditará su contrapartida mediante la presentación de………………………………………………….. -----------------------------------------------------------------------------

Asimismo, la Institución se compromete a disponer de los Beneficiarios para realizar charlas y capacitaciones que oportunamente organice el PROGRAMA BEC.AR.-----------------------------------

A su vez, la Institución y el becario se comprometen a presentar un informe final una vez concluida la capacitación y completar los formularios estadísticos que se le requieran, de acuerdo a los lineamientos que establezca el PROGRAMA BEC.AR.---------------------------------------

Específicamente, la Institución deberá proveer información mientras dure la relación laboral por un plazo máximo de hasta UN (1) año sobre la situación profesional y laboral del recurso humano (RRHH).--------------------------------------------------------------------------------------------------------

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA - RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
El Beneficiario y la Unidad Ejecutora harán todo lo posible por resolver en forma amistosa, mediante negociaciones directas o informales, los desacuerdos y discrepancias que surjan entre ellos, en relación con el presente Contrato. En caso de que los desacuerdos o discrepancias no puedan ser resueltos amigablemente, para todos los asuntos emergentes del presente Contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, constituyendo domicilios especiales en el encabezamiento de la presente.-----

CLÁUSULA ONCEAVA - DOMICILIO DE NOTIFICACIÓN - EMAILS. Las notificaciones serán válidas en los domicilios constituidos en el encabezado del presente. Asimismo serán válidas las notificaciones realizadas, vía correo electrónico por parte del Programa Becar desde la dirección becar@modernización.gob.ar, el Beneficiario declara el correo electrónico ……………………………… y la Institución ……………………………para recibir las notificaciones oficiales del Programa BEC.AR.----------------------------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación de todos sus términos, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a los ……. días de ………… de 2016.





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………………………………………….

DIRECTOR Y/O REPRESENTANTE DE LA INSTITUCIÓN

ANEXO A

Contrato de Adhesión del Beneficiario


* TC vendedor BNA ../../2016 U$D ….. € ……..

** Valor sujeto a modificación de acuerdo al tipo de cambio oficial, vigente al momento de la transacción.

*** El 10 % correspondiente a la contrapartida a aportar por la Institución será descontado del……….., previamente abonado por la Institución. La diferencia entre el importe abonado por …………… y la contrapartida aportada por la Institución, será reintegrada por el Programa BEC.AR, en pesos argentinos al tipo de cambio TC Vendedor BNA del día de la transacción, a la cuenta bancaria de titularidad de la Institución……...:

(Agregar datos de la cuenta bancaria)



Anexo Art. 5°


IF-2017-11520226-APN-DGFI#MM