MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

Disposición 73-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2017

VISTO el expediente N° EX-2017-01338998-APN-DCC#MEM, el Decreto Delegado Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 reglamentado por el Anexo al Decreto N° 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita el llamado a Licitación Pública, para la contratación de un SERVICIO DE IMPRESIÓN para las distintas dependencias del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, por el plazo de DOCE (12) meses.

Que mediante Nota N° NO-2016-01262474-APN-SSCA#MEM de fecha 8 de septiembre de 2016, la Coordinación Técnica Administrativa de la SUBSECRETARÍA de COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio, expresa la necesidad de propiciar la contratación de equipos fotocopiadores con el fin de satisfacer los requerimientos operativos e institucionales del Ministerio.

Que mediante Nota N° NO-2017-08029176-APN-SSCA#MEM de fecha 4 de mayo de 2017, la Coordinación Técnica Administrativa de la mencionada Subsecretaría, modifica el plazo del servicio requerido.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de esta Subsecretaría, efectuó la reserva preventiva del gasto de que se trata, en la Solicitud de Contratación Nº 452-15-SCO17, por la suma total de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 31.149.480).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde encuadrar la presente disposición en la figura de la Licitación Pública Nacional contemplada en el artículo 25, inciso a), apartado 1) y artículo 26, inciso b), apartado 1), del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 reglamentado mediante el artículo 13 y concordantes, del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” (IF-2016-01407372-APN-SECMA#MM) aprobado por el Anexo al Decreto Nº 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016.

Que mediante la Resolución Nº 13 de fecha 19 de febrero de 2016 de este Ministerio, se han designado los miembros titulares y suplentes de la Comisión Evaluadora, los que actuarán en forma permanente en los procedimientos de contratación en el ámbito de este Ministerio.

Que mediante las Resoluciones Nros. 14 de fecha 19 de febrero de 2016 y 100 de fecha 7 de junio de 2016, ambas de este Ministerio, se han designado los miembros titulares y suplementes de la Comisión de Recepción, los que actuarán en forma permanente en los procedimientos de contratación en el ámbito de este Ministerio.

Que la Dirección de Presupuesto de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” (IF-2016-01407372-APN-SECMA#MM) aprobado por el Anexo al Decreto Nº 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase la Licitación Pública Nacional, para la contratación de un SERVICIO DE IMPRESIÓN para las distintas dependencias de este Ministerio, por el plazo de DOCE (12) meses.

ARTÍCULO 2º.- Apruébanse el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2017-06575559-APN- DCC#MEM), y el Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2017-02264988-APN-SSCA#MEM), que conjuntamente con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (DI-2016-01712506-APN- ONC#MEM), forman parte integrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 3º.- Encomiéndase a la Dirección de Compras y Contrataciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de esta Subsecretaría, llevar a cabo el procedimiento correspondiente a la convocatoria, y determinar hora, lugar y fecha de las presentaciones y apertura de las ofertas, así como a efectuar todos los trámites atinentes al proceso licitatorio.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente medida, se imputará a las siguientes partidas presupuestarias: en la Categoría Programática 1, Actividad 1, inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9; Programa 73, inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9; Programa 74, inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9, Fuente de Financiamiento 13; y en la Categoría Programática 1, Actividad 1, inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9; en el Programa 32, inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9; Programa 73, inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9; Programa 74, Inciso 3, Partida Principal 3, Partida Parcial 9, Fuente de Financiamiento 11, pertenecientes a la Jurisdicción 58 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, Servicio Administrativo Financiero 328, con cargo a los Ejercicios Financieros correspondientes y en la proporción que corresponda, y según surja de su adjudicación definitiva.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sebastián Alberto Scheimberg.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 23/06/2017 N° 43991/17 v. 23/06/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)