MINISTERIO DE CULTURA
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Resolución 110-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2017
VISTO el Expediente Electrónico N° 10826975-APN-DMED#MC-2017 y el Decreto Nº 35/16 y la Decision Administrativa N° 213/16, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 35/16, se aprobó la estructura del
MINISTERIO DE CULTURA hasta el nivel de SUBSECRETARÍA, estableciendo
como objetivos de esta SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL “desarrollar políticas de cooperación cultural con otros
Estados y organismos internacionales, en coordinación con los
organismos competentes”, e “Impulsar la presencia cultural argentina
mediante los diversos medios electrónicos actuales que permitan dar a
conocer la cultura e imagen argentina en el mundo”, entre otros.
Que conforme la Decisión Administrativa N° 213/16, la DIRECCIÓN
NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA dependiente de esta
Secretaría, tiene como responsabilidad primaria la promoción de la
proyección de la cultura nacional en el exterior, internacionalizando
las industrias culturales y artistas argentinos, en coordinación con
las áreas competentes en la materia.
Que en este orden de ideas, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR
DE LA CULTURA entiende que es relevante acompañar e impulsar la
presencia de distribuidores y editores argentinos en la FERIA
INTERNACIONAL DEL LIBRO LIBER, Madrid 2017, siendo esta el evento
editorial más importante en ESPAÑA como centro de negocio e intercambio
profesional.
Que la REPÚBLICA ARGENTINA sera el país invitado a la Edición 2017 de
la FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO LIBER, Madrid 2017, actividad que se
proyecta como un espacio de intercambio cultural y sobre todo de
negocios, una acción de posicionamiento que se prevé articular en
colaboración con otras áreas de gobierno. Que con el fin de seleccionar
a VEINTE (20) representantes de VEINTE (20) distribuidoras y
editoriales argentinas para que participen en el stand argentino del
mencionado evento, se llevará a cabo una convocatoria a través de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA.
Que para llevar a cabo la convocatoria resulta necesario aprobar el
Reglamento de las Bases y Condiciones aplicables a dicho llamado.
Que a estos efectos, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA
CULTURA destinará los recursos económicos necesarios para otorgar
VEINTE (20) pasajes internacionales destinados a la asistencia de las
distribuidoras y editoriales seleccionadas a la FERIA INTERNACIONAL DEL
LIBRO LIBER, Madrid 2017.
Que ha tomado debida intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN
EXTERIOR DE LA CULTURA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las competencias asignadas
por la Decisión Administrativa Nº 213/16 y los Decretos Nros. 35/16 y
431/16.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase el llamado de la Convocatoria 2017 para la
Selección de VEINTE (20) representantes de VEINTE (20) distribuidoras y
editoriales argentinas que participarán en la FERIA INTERNACIONAL DEL
LIBRO LIBER, Madrid 2017.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Reglamento de Bases y Condiciones de la
Convocatoria 2017, que como ANEXO I (IF-12520038- APN-SECIFYCI-2017)
forma parte integrante de la presente, y el Formulario de Inscripción
para tal Convocatoria que como ANEXO II (IF-12520015-APN-SECIFYCI-2017)
integra esta medida.
ARTÍCULO 3°.- Desígnase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR
DE LA CULTURA como Autoridad de Aplicación del presente Reglamento de
Bases y Condiciones de la Convocatoria 2017, que como ANEXO I
(IF-12520038-APN- SECIFYCI-2017) forma parte integrante de la presente,
quedando autorizada a instrumentar todos los medios y medidas
pertinentes a fin de lograr el efectivo cumplimiento de la coordinación
e implementación de las acciones desarrolladas en dicha Convocatoria.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Resolución se atenderá con cargo a las partidas específicas del
Presupuesto del año en curso, asignado la Jurisdicción 72 y a los
Programas y Actividades que correspondan.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese a la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, a sus efectos. Dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, archívese.
— Fernando Iván Petrella.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 28/06/2017 N° 45115/17 v. 28/06/2017
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)
ANEXO I
REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA PARA LA FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO LIBER, Madrid 2017 (LIBER)
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA SECRETARÍA DE
INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL MINISTERIO DE CULTURA
DE LA NACIÓN
OBJETIVOS
1. Fomentar la proyección de la cultura nacional y calidad editorial y literaria de nuestro país a nivel internacional.
2. Brindar apoyo a la participación en Ferias internacionales de gran
envergadura, para generar mayor visibilidad de la escena literaria
argentina en el mundo.
3. Brindar la posibilidad a las editoriales de difundir sus catálogos,
crear sinergias con otros profesionales y facilitar el armado de
futuras alianzas o colaboraciones.
4. Diseñar e implementar la estrategia de ayudas y promoción de la escena literaria a través de las editoriales seleccionadas.
BASES Y CONDICIONES
ARTICULO 1: El presente Reglamento de Bases y Condiciones (el
"Reglamento") establece las normas generales aplicables a la
Convocatoria 2017 para la selección de veinte (20) representantes de
VEINTE (20) distribuidoras y editoriales argentinas que asistirán a la
FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO LIBER Madrid 2017 (en adelante, "LIBER"),
así como también a la postu^aón, participación en, ejecución y
rendición relativas a los beneficios derivados de dicha Convocatoria
2017.
ARTICULO 2: En el marco de la Convocatoria, la SECRETARIA DE
INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL otorgará veinte (20)
pasajes internaciomles destinados a posibilitar la asistencia de un
represente por cada distribuidora y editorial seleccionada para LIBER.
Los pasajes comprenderán el traslado de los distribuidores y editores
seleccionados desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Ciudad de
Madrid (pasaje en redondo), durante el mes de octubre de 2017.
ARTICULO 3: La Convocatoria se iniciará a partir del día 30 de junio
2017 a las 00.01 hs., y se recibirán postulaciones hasta su cierre el
día 5 de julio de 2017 a las 23.59 hs., quedando facultada la Autoridad
de Aplicación a prorrogar tales plazos en el caso que lo estime
conveniente.
ARTICULO 4: La DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA
será la Autoridad de Aplicación del presente Reglamento, y en tal
carácter instrumentará todos los medios y medidas pertinentes a fin de
lograr el efectivo cumplimiento de la coordinación e implementación de
las acciones desarrolladas en dicha Convocatoria.
ARTICULO 5: Para acceder a la Convocatoria, los postulantes deberán
remitir sus antecedentes y demás documentación d requerida en el
Formulario de Inscripción obrante en el Anexo II, mediante correo
electrónico dirigido a la casilla promocionexterior@cultura.gob.ar,
como documento adjunto y referenciando en el cuerpo de tal correo
electrónico los nombres y contenido de la totalidad de los documentos
adjuntos. La Autoridad de Aplicación acusará recibo de tal
documentación por ese mismo medio, entendiéndose que si así no lo
hiciera, la documentación no se tendrá por recibida.
ARTICULO 6: Podrán postularse empresas editoriales y distribuidoras
argentinas con experiencia en ferias internacioriales, que tengan un
mínimo de (40) cuarenta títulos en catálogo y al menos 7 novedades por
año. Asimismo, los postulantes deberán presentar un breve proyecto de
trabajo en la feria, posibles contactos a realizar, objetivos de
participación.
ARTICULO 7: El Formulario tiene carácter de Declaración Jurada, siendo
la herramienta de selección para los veinte (20) representantes de las
distribuidoras y editoriales argentinas seleccionadas que asistirán a
LIBER. La mera presentación del Formulario ante la Autoridad de
Aplicación implicará la aceptación de las bases y condiciones del
presente Reglamento.
ARTICULO 8: La selección de los beneficiarios será realizada por un
comité designado a tal efecto por la Autoridad de Aplicación, la cual
podrá convocar a expertos en diferentes ámbitos de la industria
editorial a idénticos fines.
ARTICULO 9: La Convocatoria se difundirá públicamente, a través de los
medios masivos de comunicación, de las institudones públicas y privadas
relacionadas con la actividad relacionada y de todo otro mecanismo de
difusión que la Autoridad de Aplicación considere pertinente.
ARTICULO 10: Concluida la etapa de selección, la Autoridad de
Aplicacián publicará el listado de los veinte (20) representantes de
las distribuidoras y editoriales argentinas seleccionadas (en adelante,
los "Beneficiarios" e individualmente, el 'Beneficiario') en el sitio
web del Ministerio de Cultura.
ARTICULO 11: Cada beneficiario deberá contar toda la documentación
necesaria requerida para el ingreso al país de destino (pasaporte en
vigencia, visas, etc.), quedando bajo exclusiva responsabilidad del
beneficiario la gestión de lo anterior:
ARTICULO 12: Los pasajes otorgados por la Dirección en el marco de la
Convocatoria son de carácter personal e intransferible. Estos no serán
pasajes abiertos. Asimismo, no será posible cambiar las fechas ni
horarios de los pasajes una vez emitidos los mismos.
ARTICULO 13: Una vez que las reservas de los pasajes sean enviadas al
correo electrónico del beneficiario indicado en la solicitud, las
mismas deberán ser confirmadas a la Autoridad de Aplicación por el
beneficiario dentro de las 24hs. Una vez emitido los mismos, no habrá
posibilidad de cambio alguno.
ARTICULO 14: Ni la Autoridad de Aplicacián, ni el Ministerio, serán
responsable en caso de que el beneficiario pierda el vuelo. Queda bajo
responsabilidad del beneficiario conocer las restricciones, bases y
condiciones de la aerolínea (horarios de embarque, límites y
restricciones en equipajes,etc).
articulo 15: La contratación de un servicio médico/seguro viajero será exclusividad responsabilidad de cada beneficiario.
ARTICULO 16: En caso de situaciones de fuerza mayor debidamente
justificadas, el beneficiario que se vea impedido de cumplir los
compromisos asumidos deberá poner en conocimiento de la Autoridad de
Aplicación esta circunstancia en un plazo no mayor a las SETENTA Y DOS
(72) horas de ocurrida la notificación de selección. En tal supuesto,
la Autoridad de Aplicación podrá asignar el beneficio al postulante que
hubiera quedado como suplente en el orden de mérito.
ARTICULO 17: Una vez finalizado el viaje, los beneficiarios deberán
rendir las tarjetas de embarque, que deberán ser entregadas en las
oficinas de la Autoridad de Aplicación ubicadas en la calle Adolfo
Alsina 465 2° piso (CABA), dentro de la primera semana de finalizado el
viaje. Esta documentación es sumamente importante para proceder a la
rendición administrativa del viaje. En caso de extravío, el
beneficiario deberá abonar la correspondiente multa a la aerolínea y
dejar constancia por escrito, la cual tendrá carácter de declaración
jurada.
ARTICULO 18: El beneficiario que haya regresado al país deberá presentar un informe acerca de su participación en el evento.
IF-2017-12520038-APN-SECIFYCI#MC
ANEXO II
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN PARA LA CONVOCATORIA LIBER 2017
INFORMACIÓN REQUERIDA PARA LA CONVOCATORIA
- Nombre del Representante de la DISTRIBUIDORA/EDITORIAL: - Nombre de la distribuidora/editorial/empresa en la que se desempeña:
Tipo de ayuda:
PASAJES INTERNACIONALES PARA PARTICIPAR DE LA FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO LIBER, Madrid 2017.
-Síntesis del Proyecto de Trabajo en LIBER 2017 y objetivos de su participación. (una (1) carilla, A4, Formato Word)
DATOS DE CONTACTO DEL SOLICITANTE:
• Apellido y nombres:
• Fecha de nacimiento:
• Nacionalidad:
• DNI (adjuntar)(*):
• Pasaporte (adjuntar) (*):
• Cuit/cuil:
• Dirección:
• Teléfono fijo:
• Teléfono móvil:
• Correo electrónico:
• Página web de la empresa:
(*)El formulario deberá ser enviado a promocionexterior@cultura.gob.ar.
Asimismo, la documentación que se solicita deberá ir en adjunto en el
mismo correo electrónico, referenciando en el cuerpo del correo la
totalidad de los documentos que se adjuntan.
DECLARO CONOCER Y ENTENDER LAS BASES Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
ESTABLECIDAS EN EL REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA
PARA LA FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO LIBER, Madrid 2017 (LIBER), LAS
CUALES ACEPTO EN SU TOTALIDAD.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
FECHA Y LUGAR:
IF-2017-12520015 -APN-SECIFYCI#MC