INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 320/2017
Buenos Aires, 29/06/2017
VISTO el Expediente N° 1931/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N°
1248/2001) y sus modificatorias, el decreto N° 1346 del 30 de diciembre
de 2016 y sus modificatorias, Las Resoluciones INCAA N° 1 del 2 de
enero de 2017, N° 83 del 19 de enero de 2017 y N° 387 del 22 de febrero
de 2017, y;
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo
encargado del fomento y regulación de la actividad cinematográfica en
todo el territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto
se refiere a la cinematografía nacional y artes audiovisuales de
acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N°
1248/2001) y sus modificatorias.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. Decreto 1248/2001) se halla la facultad del presidente del
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos
y premios.
Que el Decreto N° 1225/2010 estableció la obligación del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de promover y fomentar la
producción de contenidos para televisión estableciéndose sus
modalidades y alcances por medio de la actividad reglamentaria propia
de este organismo.
Que la Resolución INCAA N° 1/2017 que aprueba el régimen general de
Fomento, en su título III Sección 3.2. Artículos 61 y subsiguientes,
establece las condiciones mínimas para participar en el presente
concurso, el procedimiento de selección, el proceso de desarrollo del
proyecto, plazos para su realización, el monto a otorgarse, las formas
de liberación de dichos montos y la compensación con el subsidio que
eventualmente pudiera corresponderle al proyecto en caso de realizarse
la película.
Que el mencionado concurso tuvo abierta su convocatoria hasta el día 8 de mayo de 2017.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en el marco de
la política de modernización de la Administración Pública que impulsa
el Gobierno Nacional, instrumentó la Plataforma INCAA EN LINEA a fin de
acelerar los trámites, aumentar la transparencia, facilitar el acceso a
la información y posibilitar la integración e interoperabilidad de los
sistemas de información.
Que en ese sentido se estableció que los postulantes a la convocatoria
para “DESARROLLO DE PROYECTOS DE PRODUCCIÓN” debían inscribirse
mediante la utilización de la Plataforma INCAA EN LINEA.
Que como toda implementación de nuevos sistemas informatizados y
procedimientos transversales aplicables requiere, de los potenciales
usuarios, un progresivo conocimiento de las herramientas tecnológicas
puesta a su disposición.
Que en ese orden de ideas y atento a algunas dificultades puestas de
manifiesto por los postulantes al referido sistema, se decidió
prorrogar con carácter excepcional la inscripción al mencionado
concurso.
Que las Gerencias de Fomento a la Producción Audiovisual y de Asuntos
Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES han
tomado la intervención que les compete.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo con las
facultades otorgadas por la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y
sus modificatorias y el Decreto N° 324/17.
Por ello.
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, con carácter de excepción, desde las 00:00
horas del lunes 3 de julio de 2017 hasta las 23:59 del viernes 7 de
julio de 2017 inclusive, la fecha de cierre a la convocatoria para
“DESARROLLO DE PROYECTOS DE PRODUCCIÓN”, llamado por Resolución INCAA
N° 1/2017 y Resolución INCAA N° 387/2017.
ARTÍCULO 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.
ARTÍCULO 3°.- Publíquese la nueva fecha de cierre del concurso
anteriormente mencionado en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES - http://www.incaa.gob.ar.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Haiek.
e. 30/06/2017 N° 46189/17 v. 30/06/2017