MINISTERIO DE COMUNICACIONES

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 5330-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2017

Visto el Expediente N° 3.470/14 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que a través del dictado de la Resolución N° 10.090-ENACOM/16, modificada por su similar N° 1.631- ENACOM/17 se dispuso la reorganización de la distribución de canales digitales de los servicios de televisión digital abierta correspondiente al ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, entre los sujetos autorizados, licenciatarios y procesos de selección de licenciatarios pendientes de resolución, consignados en la planilla anexa a dicho acto asignándosele en cada caso los parámetros técnicos que al efecto se indicaron, para la prestación del servicio de televisión abierta digital en la norma ISDB-T.

Que corresponde subsanar el error material en el que se ha incurrido al tiempo de elaborar la planilla anexa a la Resolución N° 1.631-ENACOM/17, con relación a los parámetros técnicos asociados al canal digital correspondiente al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a la luz de las previsiones de la Resolución N° 36-AFSCA/15.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que, asimismo, han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta del Directorio N° 17 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 17 de febrero de 2017.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015, el Artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991), el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta N° 21 de fecha 15 de junio de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectíficase la planilla IF-2017-03364120-APN-ENACOM#MCO, Anexa, a la Resolución N° 1.631-ENACOM/17, con relación a los parámetros técnicos correspondientes al servicio de televisión abierta digital del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, por los siguientes: Formato de servicio: FULL HD 720 y TASA DE TRANSMISIÓN MÁXIMA: 6,5 Mb/s.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 04/07/2017 N° 46204/17 v. 04/07/2017