MINISTERIO DE COMUNICACIONES
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 5330-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2017
Visto el Expediente N° 3.470/14 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en
el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad
de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas
modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias
de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que a través del dictado de la Resolución N° 10.090-ENACOM/16,
modificada por su similar N° 1.631- ENACOM/17 se dispuso la
reorganización de la distribución de canales digitales de los servicios
de televisión digital abierta correspondiente al ÁREA METROPOLITANA DE
BUENOS AIRES, entre los sujetos autorizados, licenciatarios y procesos
de selección de licenciatarios pendientes de resolución, consignados en
la planilla anexa a dicho acto asignándosele en cada caso los
parámetros técnicos que al efecto se indicaron, para la prestación del
servicio de televisión abierta digital en la norma ISDB-T.
Que corresponde subsanar el error material en el que se ha incurrido al
tiempo de elaborar la planilla anexa a la Resolución N°
1.631-ENACOM/17, con relación a los parámetros técnicos asociados al
canal digital correspondiente al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, a la luz de las previsiones de la Resolución N°
36-AFSCA/15.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que, asimismo, han tomado la intervención pertinente el Coordinador
General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos
Técnicos, conforme lo establecido en el Acta del Directorio N° 17 del
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 17 de febrero de 2017.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Decreto N° 267/2015, el Artículo 101 del Decreto N°
1759/72 (t.o. 1991), el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del
Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta
N° 21 de fecha 15 de junio de 2017.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectíficase la planilla IF-2017-03364120-APN-ENACOM#MCO,
Anexa, a la Resolución N° 1.631-ENACOM/17, con relación a los
parámetros técnicos correspondientes al servicio de televisión abierta
digital del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, por los
siguientes: Formato de servicio: FULL HD 720 y TASA DE TRANSMISIÓN
MÁXIMA: 6,5 Mb/s.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.
e. 04/07/2017 N° 46204/17 v. 04/07/2017