MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN
Resolución 333-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 04/07/2017
VISTO: el Expediente electrónico EX-2017-04556797-APN-DDYMDE#MM del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, los Decretos Nros. 13 del 10 de diciembre
de 2015, 13 del 5 de enero de 2016, 434 de fecha 1° de marzo de 2016 y
87 del 2 de febrero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el dictado del Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de
2015, se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°
438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias creándose, entre
otros, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, que posee entre sus
competencias, las de definir e implementar el Plan de Modernización de
la Administración Pública Nacional, su administración central y
descentralizada y ejercer funciones como autoridad de aplicación;
entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de
la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada,
procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos,
materiales y financieros con que cuenta; diseñar, proponer y coordinar
las políticas de transformación y modernización del Estado en las
distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y
descentralizada, y determinar los lineamientos estratégicos y la
propuesta de las normas reglamentarias en la materia; diseñar,
coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los
procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y
tecnologías de gestión de la Administración Pública Nacional y de
proponer diseños en los procedimientos administrativos que propicien su
simplificación, transparencia y control social y elaborar los
desarrollos informáticos correspondientes.
Que, a través del dictado del Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de
2016, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN creándose, entre otras, la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO
DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA,
estableciendo entre sus objetivos los de entender en el diseño,
implementación y monitoreo de la plataforma digital del Sector Público
Nacional, a través de sus diferentes canales; coordinar el desarrollo
de portales de Internet en el Sector Público, de forma de mejorar el
desempeño de las jurisdicciones en el marco de las atribuciones que les
han sido asignadas y de facilitar la interrelación de los organismos
entre sí y de éstos con las personas, estimulando la realización de
trámites en línea; supervisar el diseño, implementación y monitoreo del
Portal Web General y aplicaciones móviles del Gobierno de la República
Argentina; coordinar los proyectos de mejora de servicios al ciudadano
en las dependencias de atención al público del Sector Público Nacional
y participar en la elaboración de lineamientos y normas que promuevan
la homogeneidad y pertinencia de los distintos nombres de los dominios
de los sitios de Internet del Sector Público Nacional, en coordinación
con las áreas competentes.
Que el Decreto N° 434 de fecha 1° de marzo de 2016 aprobó el Plan
Nacional de Modernización del Estado, instrumento mediante el cual se
definen los ejes centrales, las prioridades y los fundamentos para
promover las acciones necesarias orientadas a convertir al Estado en el
principal garante del bien común.
Que el aludido Plan de Modernización tiene entre sus objetivos
constituir una Administración Pública al servicio del ciudadano en un
marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios,
a partir del diseño de organizaciones flexibles orientadas a la gestión
por resultados, lo que supone promover una gestión ética y
transparente, articulando la acción del sector público con el sector
privado y las organizaciones no gubernamentales.
Que el Decreto N° 87, de fecha 2 de febrero de 2017, creó la PLATAFORMA
DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL con el objetivo de facilitar la
interacción entre las personas y el Estado y unificar la estrategia de
servicios y trámites en línea, brindando así la posibilidad de realizar
trámites a través de las distintas herramientas y servicios insertos en
la plataforma, como consultar dichos servicios, solicitar turnos y
acceder a información mediante diversos canales.
Que la mencionada Plataforma Digital estará compuesta por los Portales
de Internet y las Aplicaciones Móviles; la Guía de Trámites; el Perfil
Digital del Ciudadano; los Servicios de Atención Telefónica; las
Oficinas Públicas que presten atención presencial, los Servicios de
Mensajes de Texto Simples (SMS), y los Servicios de Atención Prestados
a través de Redes Sociales.
Que, a fin de unificar y consolidar la experiencia de los usuarios que
accedan a cualquier activo digital relativo a la Administración Pública
Nacional y que la información que encuentren sea sólida y segura, se
hace necesario conocer el Estado y la infraestructura asociada
existente de esos Activos Digitales, instruyendo a las entidades y
jurisdicciones que se encuentren comprendidas en el artículo 8° de la
Ley N° 24.156 que administren, desarrollen y/o mantengan portales web
propios, a aplicar certificados de seguridad SSL/TLS de forma
predeterminada.
Que asimismo resulta de vital importancia determinar estándares web y
de aplicaciones móviles para la Plataforma Digital del Sector Público
Nacional a fin de lograr acercar todas las herramientas del Estado al
ciudadano y que la interacción sea simple, ágil y cercana.
Que de igual manera, es necesario definir las Tiendas Oficiales para la
publicación de las aplicaciones móviles basadas en plataforma ANDROID e
iOS y donde se alojarán las aplicaciones móviles existentes y las que
se desarrollen en el futuro.
Que el mencionado Decreto N° 87/2017 faculta al MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN a dictar las normas operativas, aclaratorias, y
complementarias que resulten necesarias para su implementación y a
elaborar los planes, protocolos, cronogramas de implementación,
manuales y estándares a ser aplicados por los organismos comprendidos
en dicha medida.
Que han tomado las intervenciones de su competencia la DIRECCIÓN
NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA CRÍTICAS DE INFORMACIÓN Y CIBERSEGURIDAD y
la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, ambas de la
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
todas dependencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 87/2017.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los ESTÁNDARES WEB para la PLATAFORMA DIGITAL
DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL que como ANEXO I
(IF-2017-11062700-APN-SSGD#MM) forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los ESTÁNDARES DE APLICACIONES MÓVILES para la
PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL que como ANEXO II
(IF-2017-11062710-APN-SSGD#MM) forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Establécese como Tienda Oficial para las aplicaciones
móviles basadas en plataforma ANDROID la siguiente URL:
https://play.google.com/store/apps/dev? id=8169270262982486256 y como
Tienda Oficial para las aplicaciones móviles basadas en plataforma iOS
la siguiente URL:
https://itunes.apple.com/us/developer/presidencia-la-nacion-argentina/id1107620791?
l=es.
ARTÍCULO 4°.- Las entidades y jurisdicciones comprendidas en el
artículo 8° de la Ley N° 24.156 deberán en un plazo de TREINTA (30)
días a partir de la fecha de publicación de la presente medida:
a. Migrar a las tiendas oficiales establecidas por el artículo 3° de la
presente medida, las aplicaciones móviles para las plataformas Android
y iOS, en el supuesto de contar con dichas aplicaciones.
b. Informar mediante Comunicación Oficial a la SUBSECRETARÍA DE
GOBIERNO DIGITAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN los ACTIVOS DIGITALES que administren y
mantengan, indicando:
1. URL;
2. Descripción del Activo Digital;
3. Persona Responsable;
4. Datos de Contacto;
5. Infraestructura destinada al Activo Digital;
6. Ubicación física de la infraestructura.
c. Aplicar certificados de seguridad SSL/TLS de forma predeterminada en
sus ACTIVOS DIGITALES, en caso de administrar, desarrollar y/o mantener
Portales Web propios,
ARTÍCULO 5°.- Las entidades y jurisdicciones comprendidas en el
artículo 6° del Decreto N° 87/17, que administren, desarrollen y/o
mantengan ACTIVOS DIGITALES, deberán aplicar los ESTÁNDARES definidos
en los ANEXOS I y II en un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a partir
de la fecha de publicación de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6°.- Apruébase el Glosario de Términos que como ANEXO III
(IF-2017-11062714-APN- SSGD#MM) forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 7°.- Deléguese en la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL
dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN la facultad de dictar las normas
operativas, aclaratorias, interpretativas, complementarias como
asimismo actualizar los cronogramas de implementación, estándares, URL
de las Tiendas Oficiales y glosario que se aprueban en la presente
medida.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Andrés Horacio Ibarra.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 06/07/2017 N° 47732/17 v. 06/07/2017
(Nota
Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
ANEXO I
Estándares
de Portales Web
Plataforma Digital del Sector Público
Nacional
Indice
Introducción
2
Administración del Dominio
2
Navegadores
3
Diseño y Experiencia de Usuario
3
Transparencia
4
Introducción
Los presentes Estándares Web aplican a toda aquella plataforma web que
se encuentre fuera del Portal Web General: argentina.gob.ar. El
objetivo es poder unificar y consolidar la experiencia de los usuarios
que accedan a cualquier activo digital relativo a la Administración
Pública Nacional y que la información que encuentren sea consistente.
Administración del Dominio
1. Los Portales web que sean la base del dominio deben usarse con "www."
o Ejemplo: Si uno ingresa a "educacion.gob.ar" se deberá generar
redirect 301 al dominio con las "www." para llegar a
"www.educacion.gob.ar".
2. Todas las plataformas y portales web que forman parte de la
Plataforma Digital del Sector Público Nacional deberán utilizar la raíz
".gob.ar".
3. El registro de .gov.ar deberá generar un redirect 301 al dominio
gob.ar.
o Ejemplo: Si uno ingresa a "www.educacion.gov.ar" se deberá generar
redirect 301 al dominio con "gob.ar" para llegar a
"www.educacion.gob.ar".
4. Todos los Portales Web deberán aplicar certificados de seguridad
SSL/TLS de forma predeterminada.
o Si el usuario ingresa a la URL sin https, el servidor deberá generar
una redirección 301 al sitio con la URL segura.
o Ejemplo: Si uno ingresa a la url: "http://www.educacion.gob.ar" se
deberá generar redirect 301 al dominio con "https://" para llegar a "
https://www.educacion.gob.ar".
Navegadores
1. Todos las Portales Web deberán ser construidos usando estándares web
para garantizar la mayor compatibilidad. De mínima deberán ser probados
y funcionar correctamente con los siguientes navegadores:
o Internet Explorer Versión 9 y superior
o Chrome Versión 32 y superior
o Firefox Versión 27 y superior
o Safari Versión 7 y superior
Diseño y Experiencia de Usuario
1. Se deberá aplicar "PONCHO" como framework de diseño y experiencia de
usuario:
http://argob.
github.io/poncho/
2. El pie de página de cada Portal Web deberá explicitar "XXXXX.gob.ar
es un Portal Web oficial del Gobierno Argentino", con el escudo de
argentina.gob.ar / Presidencia de la Nación a su lado.
o Ver implementación de
ejemplo
de Poncho:
https://github.com/argob/estandares/blob/master/recursos/identidad/codigo/pie
sitio oficial.html.
3. Se deberán aplicar los estándares aprobados por Disposición N°
02/2014 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN de la
entonces SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
4. La paleta de colores a utilizar es la siguiente:
o
Primario: #0695d6
Es el color primario que se utiliza dentro de la UI en elementos como
links, botones, etc.
o
Secundario: #01bdf2
Se utiliza para ciertos elementos del contenido que necesitan ser
destacados, por ejemplo en íconos.
o
Adicionales:
Se utilizan para elementos que necesiten un destaque diferencial.
■ Verde: #33b560
■ Amarillo: #fec221
■ Rojo: #ef4d3d
o Neutros:
■ Texto: #111111
■ Gris claro: #767676
■ Bordes y detalles: #CCCCCC
■ Fondo: #F9F9F9
■ Blanco: #FFFFFF
Transparencia
1. Todo sitio web que actúe como sitio oficial deberá contar con una
sección de transparencia que incorpore accesos a la siguiente
información:
o Contrataciones
o Compras
o Organigrama
o Autoridades
o Portal de datos, si lo tuviera
o Toda otra información relacionada.
IF-2017-11062700-APN-SSGD#MM
ANEXO
II
Estándares
de
Aplicaciones Móviles
Plataforma Digital del Sector Público
Nacional
Indice
Desarrollo
3
Diseño y usabilidad
3
Colores
3
Seguridad
4
Publicación
4
Información del Producto
5
Elementos Gráficos
5
Datos de Contacto
5
Política de Privacidad
5
Información del Producto
6
Elementos Gráficos
6
Estos estándares se deben hacer efectivos en aplicaciones móviles
compiladas e instalables en dispositivos. Las aplicaciones móviles web
(web app) y las aplicaciones web progresivas (Progressive Web Apps)
deberán contemplar los Estándares Web.
Desarrollo
• El id de la aplicación debe tener el siguiente
formato: ar.gob.nombre.aplicación.
• El instalador de la aplicación no debe superar los
10 MB.
• Se deberá usar el siguiente formato para el control
de Versiones:
o versión v X.X.1: Resolución de bugs de versiones actuales.
o versión v.X.1.X: Nueva funcionalidad dentro de la versión actual.
o versión v.1.X.X: Representan un cambio sustancial respecto de la
funcionalidad o de la estética actual del sitio.
• Las aplicaciones móviles desarrolladas deberán ser
compatibles con versiones:
o Plataforma Android: Versión 4.0.3 y superiores.
o Plataforma iOS: Versión 9 y superiores.
• Las aplicaciones deben implementar un sistema de
reporte para rastrear los errores y fallas y dar permisos de acceso al
sistema.
• Las aplicaciones deben implementar un sistema de
métricas y dar permisos de acceso al sistema.
Diseño y usabilidad
• Se deberán usar convenciones de estética y
funcionamiento de cada plataforma o sistema operativo.
o Para el caso de la plataforma Android, se deberá utilizar:
https://design.google.com/
o Para el caso de la plataforma iOS, se deberá utilizar:
https://developer.apple.com/ios/human-interface-guidelines
Colores
La paleta de colores a utilizar es la siguiente:
•
Primario:
#0695d6
Es el color primario que se utiliza dentro de la UI en elementos como
links, botones, etc.
•
Secundario:
#01bdf2
Se utiliza para ciertos elementos del contenido que necesitan ser
destacados, por ejemplo en íconos.
•
Adicionales:
Se utilizan para elementos que necesiten un destaque diferencial.
o Verde: #33b560
o Amarillo: #fec221
o Rojo: #ef4d3d
•
Neutros:
o Texto: #111111
o Gris claro: #767676
o Bordes y detalles: #CCCCCC
o Fondo: #F9F9F9
o Blanco: #FFFFFF
Seguridad
• La comunicación con web services / API debe ser encriptada usando un
certificado SSL/TLS.
• Todas las URL que lanza una aplicación deben ser https.
• La aplicación, solo debe poder instalarse en Sistemas Operativos
homologados por fabricantes, quedando excluidos todo aquel Sistema
Operativo modificado o con permisos de acceso administrador.
Publicación
• Las aplicaciones nuevas a publicar serán firmadas por la
SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN con la
firma y certificados propietaria.
• La fecha de publicación de las aplicaciones nuevas será definida e
informada mediante Comunicación Oficial al organismo requirente por la
SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
• Los datos y las capturas de pantallas de las aplicaciones a ser
publicadas deben ser provistas por cada organismo responsable.
• Los datos para la publicación en las Tiendas Oficiales deberán ser
provistos por el organismo solicitante de acuerdo a los siguientes
modelos:
IF-2017-11062710-APN-SSGD#MM
ANEXO
III
Glosario
Plataforma Digital del Sector Público Nacional
Indice
Activo digital
1
Administrador
2
Android
3
Cuenta de usuario
3
Drupal
3
Framework
3
Infraestructura
3
iOS
4
Migración de Aplicaciones Móviles
4
Protocolo TLS / SSL
4
Responsable de Guía de Trámites
4
Responsable Web
5
Tienda oficial
5
URL
5
Usuario
5
Activo digital
Se entiende por ACTIVO DIGITAL a toda:
• Portal Web:
Conjunto de infraestructura, desarrollo de software destinados a la
gestión de páginas HTML y las diversas páginas HTML que componen un
sitio web.
• Aplicación Móvil:
Aplicación desarrollada para dispositivos móviles bajo sistemas
operativos Android o IOS. Esta puede ser, entre otras, del tipo nativa.
• Servicio de chat
Servicio de comunicación en tiempo real sobre internet para la
interacción entre el ciudadano, un representante del organismo o un
sistema automatizado para contestar las preguntas realizadas por este
canal.
• Servicio de envíos vía Mensaje de Texto Simple (SMS)
Servicio de mensajería de texto sobre telefonía celular para el envío
de notificaciones o la interacción entre el ciudadano y un sistema
automatizado para contestar las preguntas realizadas por este canal.
• Servicio de envío de correos electrónicos
Servicio de correos electrónicos para la interacción entre el
ciudadano, un organismo de la Administración Pública o un sistema
automatizado para contestar preguntas y realizar notificaciones por
este canal.
• Perfiles de redes sociales (Twitter, Facebook, Google)
Cuentas oficiales en las diferentes redes sociales (Twitter, Facebook,
Google +, Instagram, Snapchat, Linkedin) administradas por organismos
de la Administración Pública.
• Sistemas de registro y acceso de usuarios o perfiles digitales
Toda aquella plataforma en la cual es necesario el registro e ingreso
con contraseña por parte del usuario para el uso y navegación dentro de
la misma.
Administrador
El Administrador es el Estado Nacional, quien tiene la responsabilidad
de desarrollar y mantener los Servicios Digitales de la Administración
Pública Nacional, así como la atribución para su administración.
Android
Sistema operativo basado en el núcleo Linux para dispositivos móviles.
El sistema ejecuta aplicaciones en tecnología Java. Más información:
https://developer.android.com/about/android.html
Cuenta de usuario
Se denomina cuenta de usuario a las credenciales (nombre de usuario y
password, u otras) otorgadas por el administrador de un sistema a los
funcionarios y agentes públicos que harán uso de ese sistema.
Drupal
Drupal es un sistema de administración de contenidos (CMS, Content
Management System) libre, modular, multipropósito y muy configurable
que permite publicar artículos, imágenes, archivos y que también ofrece
la posibilidad de otros servicios y administración de usuarios y
permisos.
Se destaca por su flexibilidad y adaptabilidad, así como la gran
cantidad de módulos adicionales disponibles y una gran comunidad de
desarrolladores que lo mantiene activo, lo que lo hace que sea adecuado
para realizar muchos tipos diferentes de sitio web.
Framework
Un framework para aplicaciones web es un conjunto de herramientas
diseñado para apoyar el desarrollo de sitios web dinámicos,
aplicaciones web y servicios web, que brinda soluciones ya listas para
problemas comunes de desarrollo y para aliviar el exceso de carga
asociado con actividades comunes usadas en desarrollos web.
Los framework pueden ser front-end y back-end. Un framework front-end
servirá para toda la capa de presentación de componentes en una web o
aplicación móvil. Un framework back-end puede proveer soluciones
estándar para acceder a bases de datos, implementar APIs o administrar
el manejo de sesiones de usuario.
Infraestructura
Se considera infraestructura al conjunto de equipamiento informático,
software y servicios disponibles para proveer algún tipo de servicio a
los Activos Digitales.
Dentro de los servicios contemplados, se debe considerar servicios
HTTP, HTTPS, Bases de Datos, Centros de datos, Sistemas de seguridad
(Cortafuegos).
iOS
iOS es el sistema operativo móvil de Apple, también usado en su
plataforma iPad. Este sistema ejecuta aplicaciones desarrolladas en
Objective C. Más Información:
https://developer.apple.com/ios/
Migración de Aplicaciones Móviles
Es transferir la propiedad de una aplicación móvil de una cuenta de
programador en una tienda oficial de las plataformas ANDROID y iOS a
otra cuenta de programador en las respectivas tiendas oficiales,
manteniendo, de este modo, los usuarios de la aplicación móvil, las
estadísticas de descarga, las calificaciones y reseñas.
Protocolo TLS / SSL
Se trata de protocolos criptográficos que habilitan comunicaciones
seguras, privadas y cifradas, en Internet o cualquier otro tipo de red
informática. En español, TLS "seguridad de la capa de transporte" y
SSL, "capa de puertos seguros".
Responsable de Guía de Trámites
El responsable de la Guía de Trámites será un funcionario o agente
público designado por las autoridades del organismo encargado de
revisar, aprobar y notificar a la DIRECCIÓN DE EXPERIENCIA DE USUARIO
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIO DIGITALES de la
SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E
INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, de cualquier
modificación de los contenidos en los trámites y servicios (por
ejemplo: requisitos para su realización, cantidad de pasos, costos y
datos de contacto) provistos por el organismo que se encuentren
alojados en argentina.gob.ar; como asimismo informar de la creación de
nuestro trámites o servicios para que sean incorporados dentro de
argentina.gob.ar.
Responsable Web
El responsable de la Web será un funcionario o agente público designado
por las autoridades del organismo quien tendrá a su cargo los
contenidos publicados por su usuario y los contenidos publicados por
los usuarios que dependen de su mismo organismo ante cualquier
eventualidad. Asimismo, será el encargado de fomentar el seguimiento e
implementación de la "Guía de estilo para contenidos web" publicadas
en:
https://github.com/argob/estandares/blob/master/contenido-web.md
Tienda oficial
Para poder instalar aplicaciones en dispositivos móviles es necesario
acceder a los portales de aplicaciones donde cada desarrollador tiene
su "tienda".
En caso de Android:
https://play.google.com/store
En caso de iOS:
http://www.apple.com/itunes/
URL
Un Localizador Uniforme de Recursos (del inglés Uniform Resource
Locator) es una dirección diseñada con un formato estándar que designa
a un recurso específico de una red interna o de Internet. Ejemplo:
https://www.argentina.gob.ar/modernizacion
Usuario
Se considera usuario a toda persona humana en representación de sí
misma o de una persona jurídica, que hace uso de los activos digitales
descritos de acuerdo a sus respectivos alcances, términos y condiciones.
IF-2017-11062714-APN-SSGD#MM