MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
Resolución 158-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 04/07/2017
VISTO, las Leyes Nacionales Nº 26.160, Nº 26.554, Nº 26.894; el Decreto
Reglamentario Nº 1.122/07; Decreto Nº 700/10; las Resoluciones Nº
587/07, Nº 456/11, N° 369/12 y N° 479/13, el Expediente Nº E-
INAI-50295-2015 del registro del Instituto Nacional de Asuntos
Indígenas, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramitó el relevamiento
técnico, jurídico y catastral de acuerdo a lo establecido en la Ley N°
26.160, reglamentarias y modificatorias, en la COMUNIDAD ORIGINARIA
AYLLU VALLE DEL SOL, perteneciente al pueblo Tastil, ubicada en la
localidad de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma, provincia de
Salta, Personería Jurídica N° 273/09 del del Registro de Comunidades
Indígenas de la Provincia – Inspección General de Personas Jurídicas de
la Provincia de Salta.
Que mediante la Ley Nº 26.160 se declara la emergencia en materia de
posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por las
Comunidades Indígenas cuyo plazo se prorrogó mediante Leyes N° 26.554 y
N° 26.894.
Que el Decreto Nº 1.122/2007 designó al Instituto Nacional de Asuntos
Indígenas como autoridad de aplicación de la mencionada Ley.
Que por Resolución Nº 587/2007 se crea el Programa Nacional de
Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas – Ejecución de la Ley
Nº 26.160”, con el objeto de determinar los mecanismos para demarcar y
relevar el territorio que ocupan las Comunidades Indígenas en forma
tradicional, actual y pública.
Que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas en el marco del
relevamiento territorial celebró un Convenio de Cooperación con el
Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia de Salta, aprobado por
Resolución Nº 456/11.
Que en tal sentido, con el objetivo de relevar los territorios ocupados
en forma actual, tradicional y pública por las Comunidades Indígenas de
la provincia de Salta, las partes suscribieron un Convenio Específico,
aprobado por Resolución INAI N° 369/12 y modificado por Resolución INAI
N° 479/12.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos de la Nación ha procedido a realizar el control
preventivo de legalidad del acto administrativo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente
en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 23.302 y su Decreto
Reglamentario Nº 155/89.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Dése por cumplido el relevamiento técnico, jurídico,
catastral en la COMUNIDAD ORIGINARIA AYLLU VALLE DEL SOL, ubicada en la
localidad de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma, provincia de
Salta, Personería Jurídica N° 273/09 del Registro de Comunidades
Indígenas de la Provincia – Inspección General de Personas Jurídicas de
la Provincia de Salta.
ARTICULO 2°.- Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de
la COMUNIDAD INDIGENA ORIGINARIA AYLLU VALLE DEL SOL, perteneciente al
pueblo Tastil, respecto de la superficie georreferenciada, que figura
como Anexo I (IF–2017 – 13204389–APN–INAI# MJ).
ARTICULO 3°.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y
oportunamente archívese. —Raul Eduardo Ruidiaz.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 11/07/2017 N° 48471/17 v. 11/07/2017
(Nota
Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
ANEXO