MINISTERIO
DE SALUD
Resolución 826-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2017
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2017-07617911-APN-SSPRYF#MS, la
Decisión Administrativa N° 498 de fecha 19 de mayo de 2016, la
Resolución N° 2016-1200-E-APN-MS de fecha 22 de agosto de 2016, la
Resolución N° 2016-1825-E-APN-MS de fecha 17 de octubre de 2016 y la
Resolución N° 2017-278-APN-MS de fecha 14 de marzo de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución Ministerial N° 2016-1200-E-APN-MS de
fecha 22 de agosto de 2016 se aprobó la estructura organizativa de
segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, creando la DIRECCIÓN
DE CIBERSALUD bajo la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN
SANITARIA Y CALIDAD DE SERVICIOS DE SALUD, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN.
Que mediante la Resolución N° 2016-1825-E-APN-MS, de fecha 17 de
octubre de 2016, se modificó el nombre consignado a la DIRECCIÓN DE
CIBERSALUD, reemplazándolo por el de DIRECCIÓN DE TELESALUD.
Que en la tramitación de la aprobación de dicha Resolución se omitió
remitir las actuaciones al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, organismo
encargado de la supervisión de las modificaciones en las estructuras de
la Administración Pública Nacional, por lo que corresponde derogar la
misma a fin de cumplimentar con el trámite pertinente.
Que del mismo modo se procedió con la aprobación de la Resolución N°
2017-278-APN-MS, de fecha 14 de marzo de 2017, por lo que resulta
pertinente la derogación de la misma, a fin de cumplimentar con la
remisión de las actuaciones al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que ambas resoluciones guardan relación directa entre sí, por lo que
resulta pertinente su derogación conjunta en el presente Acto
Administrativo.
Que la modificación de nombre de la DIRECCIÓN DE CIBERSALUD por el de
DIRECCIÓN DE TELESALUD corresponde particularmente al traspaso de
dependencia de la Dirección mencionada de la órbita del ex MINISTERIO
DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a la del
MINISTERIO DE SALUD, resultando el término Telesalud equivalente al
anteriormente utilizado.
Que las funciones que desarrolla la Dirección fortalecerían las
acciones de formación, capacitación y educación permanente que realiza
la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL, en
cumplimiento con sus responsabilidades primarias, contribuyendo también
a la articulación de las distintas áreas y dependencias de este
MINISTERIO DE SALUD que desarrollan actividades de capacitación.
Que del mismo modo, podrá asistir a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL
HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL en su compromiso de brindar asistencia
técnica a todas las jurisdicciones del país para la capacitación y el
desarrollo de su capital humano y de la calidad de los servicios.
Que la reubicación propiciada resulta de especial interés dado que la
sinergia de esta articulación producirá un mejor desarrollo de las
funciones de ambas áreas y contribuirá a fortalecer la rectoría que la
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN tiene en materia
de formación de recursos humanos de salud.
Que, en consecuencia, se propicia la modificación parcial de la
estructura organizativa de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
SALUD, y la homologación de una unidad en el Nomenclador de Funciones
Ejecutivas de la Jurisdicción.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de
la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio han tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los artículos 17° del Decreto N° 1545 de fecha 31 de
agosto de 1994 y 3° de la Decisión Administrativa N° 498 de fecha 19 de
mayo de 2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Derógase las Resoluciones N° 2016-1825-E-APN-MS y N°
2017-278-APN-MS.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el ANEXO Ib (IF-2016-00811898-APN-DD#MS) de
la Resolución Ministerial N° 2016-1200-E-APN-MS de fecha 22 de agosto
de 2016, por la Planilla Anexa al presente artículo
(IF-2017-08038045-SSPRYF#MS), que forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Sustitúyanse del ANEXO II (IF-2016-00812210-APN-DD#MS) al
artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 2016-1200-E-APN-MS de fecha
22 de agosto de 2016, la parte correspondiente a la Dirección de
Cibersalud, por la obrante en Planilla Anexa al presente artículo
(IF-2017-08038058- SSPRYF#MS), que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Homológase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el
cargo perteneciente al MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con el
detalle obrante en planilla anexa al presente artículo
(IF-2017-08038075-SSPRYF#MS), que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge Daniel Lemus.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 11/07/2017 N° 48374/17 v. 11/07/2017
(Nota
Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
PLANILLA ANEXA
AL ARTICULO 2°
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2017-0803 8045
-APN-S SPRYF#MS
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 4 de Mayo de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 2°.-
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE
MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT
30715117564
Date: 2017.05.04 22:02:19 -03'00'
Kumiko Eiguchi
Subsecretaría
Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización
Ministerio de Salud
Anexo
Número:
IF-2017-08038058-APN-SSPRYF#MS
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 4 de Mayo de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 3°.-
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
ACCIONES:
1. Atender la programación de las tareas relacionadas con los llamados
a licitación para la formalización de compras, ventas o locaciones y
fiscalizar el cumplimiento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Pública Nacional.
2. Intervenir, en coordinación con las áreas técnicas pertinentes, en
los procesos vinculados a la contratación de obras de infraestructura y
de mantenimiento de los edificios de la Jurisdicción.
3. Entender en la elaboración del plan anual de adquisiciones para la
Jurisdicción.
4. Disponer la elaboración de los pliegos de bases y condiciones a
efectos de concretar llamados a licitación pública, privada y/o
contratación directa para la adquisición de bienes, contratación de
servicios o locaciones de obras.
5. Coordinar la instrumentación de los llamados a licitación.
6. Supervisar la fiscalización del cumplimiento de las cláusulas
contractuales establecidas en los pliegos de licitación y solicitar la
aplicación de sanciones cuando corresponda.
7. Brindar apoyo a las Comisiones de Evaluación de Ofertas y Recepción
de Bienes y Servicios. SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Y ORGANIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
ACCIONES:
1. Asesorar y asistir técnicamente a la Dirección General en la
administración de las políticas de Recursos Humanos y en la aplicación
de las normas que regulan la administración del personal y la relación
de empleo público del mismo.
2. Disponer la elaboración de los proyectos y demás actos
administrativos vinculados con la situación de revista del personal.
3. Administrar, conforme con las normas y el régimen salarial vigente,
la información inherente a liquidación de sueldos, adicionales,
suplementos, bonificaciones e incentivos y generar información relativa
a gastos de personal para la elaboración del presupuesto anual.
4. Coordinar el diligenciamiento de las actuaciones vinculadas con la
aplicación del régimen previsional y de seguros de vida y las
vinculadas con la solicitud de otorgamiento de créditos por parte del
personal, con descuento por planilla de haberes, asesorando al mismo en
dicha materia.
5. Atender la confección, actualización y custodia del legajo único del
personal y las bases de datos correspondientes, como así también, otros
antecedentes y documentación administrativa de los agentes.
6. Intervenir en la aplicación del Régimen de Licencias,
Justificaciones y Franquicias y en el control de asistencia del
personal.
7. Extender las certificaciones y constancias laborales solicitadas por
el personal de la Jurisdicción.
8. Aplicar técnicas de diseño y producción de indicadores de gestión de
personal.
9. Producir los indicadores de gestión gerencial en materia de recursos
humanos.
10. Asistir a su superior en la gestión de las relaciones laborales con
las entidades gremiales.
11. Coordinar la recepción, derivación y despacho de toda la
documentación que ingrese a la Dirección General o egrese de la misma.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Y ORGANIZACIÓN
DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DE CARRERA
ACCIONES:
1. Planificar y desarrollar los programas y procedimientos de
selección, inducción, capacitación evaluación y desarrollo de carrera
del personal.
2. Asistir y participar en la formulación y propuestas de políticas
específicas, planes y cursos de acción.
3. Proponer, elaborar e instrumentar planes de capacitación y
desarrollo profesional.
4. Implementar las pautas para el análisis de puestos y definición de
perfiles y efectuar propuestas en base a ello.
5. Administrar los procesos de evaluación de desempeño.
6. Intervenir en los procesos de planeamiento y desarrollo de carrera y
efectuar el seguimiento de la carrera del personal y proponer
estrategias de desarrollo.
7. Atender las relaciones técnico-funcionales y de coordinación con los
organismo rectores en materia de capacitación.
8. Detectar las necesidades de capacitación, diseñar programas y
coordinar las actividades respectivas.
9. Evaluar las acciones emergentes de la aplicación del régimen de
carrera.
10. Administrar los sistemas de información relativos a selección,
evaluación, capacitación y carrera de personal.
11. Asesorar respecto de la legislación en materia escalafonaria
vinculada con el desarrollo de carrera.
12. Asistir a la Dirección General en el diseño, instalación y puesta
en funcionamiento de estrategias proactivas para la gestión de las
personas, a través de herramientas que acompañen el crecimiento de sus
habilidades, afiancen las actitudes de compromiso con los objetivos del
Ministerio y favorezcan el desarrollo y aprovechamiento compartido de
sus conocimientos.
13. Asistir la Dirección General en el fomento, desarrollo y aplicación
de tecnologías e instrumentos administrativos que acompañen y faciliten
la conformación y consolidación de equipos de trabajo, posibilitando la
más amplia comunicación entre sus integrantes, más allá de la
pertenencia a diferentes unidades organizativas.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES
ACCIONES:
1. Elaborar proyectos de dictámenes en los asuntos en que se requiera
el asesoramiento de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
2. Elaborar proyectos de dictámenes sobre los proyectos de leyes,
decretos y resoluciones ministeriales y demás cuestiones jurídicas que
se sometan a su consideración.
3. Elaborar proyectos de dictámenes e intervenir en los casos previstos
por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y sus reglamentos
y en los recursos administrativos previstos por las leyes y demás
normas que regulan la materia sanitaria en los que le refiera la
intervención del Ministerio.
4. Adoptar providencias de mero trámite y emitir dictámenes del mismo
carácter reiterativos de criterios ya adoptados por el organismo.
5. Ejercer las funciones de asesoramiento jurídico propio del Director
General en los casos de recusación, excusación o impedimento por
cualquier causa y reemplazar al Director General por ausencia o
impedimento de cualquier naturaleza.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JUDICIALES
ACCIONES:
1. Redactar, contestar demandas y atender los procedimientos
contenciosos hasta en finalización.
2. Contestar los oficios judiciales y remitirlos a los que deben
intervenir en su diligenciamiento.
3. Mantener la interrelación con la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN
en los juicios de gravedad institucional y/o patrimonial.
4. Ejercer las funciones de representación judicial del Director
General en los casos de recusación, excusación o impedimento por
cualquier causa.
5. Llevar registro de los juicios que se tramitan y de los oficios y
cualquier otra documentación que reciba.
6. Organizar la oficina de cédulas y notificaciones en general.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE
GESTIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
DIRECCIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y MEJORA CONTINUA
ACCIONES:
1. Controlar los procedimientos relacionados con la seguridad lógica de
acceso a los distintos componentes de redes de voz y datos, software de
base y aplicativo de los servidores del Ministerio.
2. Monitorear los sistemas, instalaciones, procesos y las redes de
comunicaciones a fin de detectar intentos de acceso no autorizados a
las comunicaciones y los datos almacenados así como identificar
configuraciones deficientes en los componentes de la plataforma del
Ministerio.
3. Seleccionar y operar, cuando resulte oportuno, las herramientas de
seguridad informática y de ciberseguridad considerando las
vulnerabilidades detectadas.
4. Intervenir en las definiciones de los esquemas de seguridad del
software, datos y comunicaciones, de los programas de prevención y
control de seguridad, y de los planes de contingencia, coordinando su
implementación con las áreas involucradas.
5. Desarrollar y documentar las políticas de seguridad e la información
y generar recomendaciones dirigidas a mejorar el desempeño técnico de
la plataforma tecnológica y los procesos de información.
6. Seleccionar y establecer métodos de monitoreo y control que permitan
una gestión eficiente de los sistemas y faciliten la traza de las
operaciones tanto de usuarios como aquellos accesos administrativos, de
modo tal que puedan resultar públicos.
7. Participar en la definición de las estrategias de innovación y
gestión de la calidad, pudiendo proponer mejoras en procesos y
normativa a seguir por las áreas de la Subsecretaría tendientes a
mejorar el desempeño operativo de las mismas.
8. Facilitar el conocimiento y la implementación en la organización de
herramientas de mejora para la modernización de procesos, como los
sistemas de gestión de la calidad o compromisos asumidos por la
Administración Pública Nacional para el ciudadano.
9. Implementar y coordinar estrategias en materia de seguridad en la
información.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE
GESTIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA
ACCIONES:
1. Coordinar, planificar y supervisar la implementación y desarrollo de
sistemas informáticos tanto en cuanto a requerimientos de equipos como
de programas y utilitarios.
2. Asesorar a los distintos niveles del Ministerio en las diversas
soluciones informáticas, acorde a sus requerimientos.
3. Supervisar el desarrollo de sistemas y programas específicos de las
distintas áreas del Ministerio.
4. Definir políticas, plataformas y prioridades en todo lo relacionado
a programas y equipamiento.
5. Asesorar en la tramitación de toda adquisición, arrendamiento o
incorporación, permanente o transitoria, de equipos informáticos que se
requieran en el ámbito del Ministerio.
6. Establecer un plan de prioridades a utilizar en el desarrollo e
implementación de aquellas aplicaciones que resultaren de uso común en
las distintas áreas del Ministerio.
7. Participar en la organización de cursos de entrenamiento y
capacitación, como así también, de otros eventos referidos a temas
informáticos.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E
INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN
Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO,
FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS
DIRECCIÓN DE SANIDAD DE FRONTERAS Y TERMINALES DE TRANSPORTES
ACCIONES:
1. Coordinar y supervisar a las Unidades Sanitarias Federales, llevando
registros estadísticos de sus actividades y hallazgos, priorizando
aquellas designadas ante la Organización Mundial de la Salud.
2. Controlar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa sanitaria
nacional e internacional que rige el ingreso y/o egreso al/del país de
las personas, cadáveres, productos y/o material biológico, evitando
interferencias innecesarias al tráfico y comercio internacional.
3. Dirigir y coordinar operativos para el acatamiento a las normas
reglamentarias, referidas al saneamiento del medio en puntos
fronterizos, puertos, aeropuertos y terminales de transporte terrestre
coordinando con las otras autoridades competentes.
4. Coordinar la ejecución de las medidas sanitarias de rutina y
contingencia para prevenir y/o afrontar eventos de salud pública
inesperados aplicables a las personas, medios de transporte y ambiente
en los puntos de entrada y comunicarlos a las autoridades competentes.
5. Formalizar y controlar el cobro de las tasas y multas que son de su
competencia y promover la ejecución ante falta de pagos.
6. Llevar el registro de las empresas de control de plagas del país con
los alcances de la normativa nacional vigente, su inscripción,
reinscripción y la de sus directores técnicos responsables.
7. Intervenir en el otorgamiento de los permisos sanitarios de las
instalaciones y terminales de transporte marítimo, fluvial, aéreo y
terrestre del país.
8. Dictaminar en materia de infracciones y disponer la instrucción de
sumarios correspondientes al cumplimiento de la normativa a su cargo.
9. Coordinar que las Unidades de Sanidad de Fronteras comuniquen los
eventos de salud pública de importancia internacional a las autoridades
competentes.
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E
INSTITUTOS
SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN
Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y
SALUD OCUPACIONAL
DIRECCIÓN DE SALUD OCUPACIONAL
ACCIONES:
1. Ejecutar las políticas de capacitación, promoción y protección de la
salud de los trabajadores del MINISTERIO DE SALUD en particular, y del
personal de la Administración Pública Nacional en general.
2. Optimizar las actividades de las distintas Unidades de Salud
Ocupacional establecidas en cada una de las jurisdicciones, generando
las pautas para su funcionamiento y vinculación con los Organismos
Nacionales que utilizan sus servicios.
3. Implementar los planes de contingencia y evacuación aprobados por
las autoridades competentes.
4. Realizar el conjunto de actividades o medidas previstas en todas las
fases de la actividad de las jurisdicciones y entidades de la
Administración Pública Nacional comprendidas, con el fin de evitar y/o
disminuir los riesgos laborales.
5. Intervenir en la justificación de las licencias médicas del Personal
del MINISTERIO DE SALUD y del personal de la Administración Pública
Nacional en General.
6. Atender todos los aspectos vinculados a la contratación y prestación
del servicio de ART, las relaciones
con la aseguradora y evaluar y fiscalizar el cumplimiento de las
prestaciones que la misma brinde.
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E
INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN
Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y
SALUD OCUPACIONAL
DIRECCIÓN DE TELESALUD
ACCIONES:
1. Estimar necesidades de equipamiento tecnológico de las diferentes
instituciones para su inclusión en el Plan Nacional de Telesalud.
2. Armonizar con otras áreas del Estado Nacional la utilización de la
red de fibra óptica y conexiones satelitales para promover la inclusión
social a través de la inclusión digital.
3. Estimular el desarrollo de polos de capacitación en temas sensibles
según regiones, de acuerdo a las recomendaciones del OBSERVATORIO
FEDERAL DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD.
4. Promover actividades destinadas a la comunidad.
5. Impulsar acciones de capacitación mediante nuevas herramientas
pedagógicas (e- learning), con énfasis en la formación de médicos
residentes.
6. Promover la participación de las autoridades provinciales para el
desarrollo de un sistema de colaboración en red según niveles de
complejidad progresivos para la atención y seguimiento de pacientes.
7. Producir, difundir y gestionar el uso de software para consultas de
segunda opinión.
8. Fomentar actividades de tele diagnóstico y tele asistencia.
9. Fortalecer la colaboración entre MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y
los Ministerios provinciales a efectos de promover las acciones
dirigidas a la capacitación, formación y fortalecimiento de los
integrantes del equipo de salud-profesionales y no profesionales- con
el objeto de afianzar los procesos de calidad de los servicios.
10. Articular con los Programas del MINISTERIO DE SALUD para el
desarrollo de actividades de prevención y promoción de la salud, a
través del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación
(TIC), destinadas a la comunidad.
11. Entender en la colaboración conjunta de los MINISTERIOS DE SALUD y
MODERNIZACIÓN, a los fines de impulsar el Plan Nacional de Telesalud.
12. Apoyar la gestión del OBSERVATORIO FEDERAL DE RECURSOS HUMANOS EN
SALUD mediante el uso de las Tecnologías de la Información y la
Comunicación (TIC).
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E
INSTITUTOS
SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN
Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN
SANITARIA Y CALIDAD DE SERVICIOS DE SALUD
DIRECCIÓN DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD
ACCIONES:
1. Coordinar operativamente el Programa Nacional de Garantía de Calidad
de la Atención Médica.
2. Generar normativas y directrices vinculadas a la habilitación,
categorización y organización y funcionamiento de servicios,
establecimientos y redes de salud.
3. Promover y desarrollar guías y procedimientos atinentes a la calidad
de los procesos en servicios, establecimientos y redes de salud,
vinculadas al accionar asistencial y de gestión de los mismos.
4. Prestar asesoramiento metodológico a las áreas ministeriales que lo
requieran para la construcción de guías de práctica u otras
herramientas de estandarización de procesos asistenciales.
5. Establecer parámetros de evaluación de la calidad de servicios,
establecimientos y redes de Salud, teniendo en cuenta la medicina
basada en evidencias y la evaluación del costo efectividad de las
acciones y el uso de tecnologías apropiadas.
6. Fomentar y desarrollar acciones vinculadas a la seguridad de los
pacientes y a los comités de calidad en los establecimientos
asistenciales.
7. Asistir técnicamente a las Jurisdicciones Provinciales para la
capacitación y el desarrollo de procesos de calidad en los Servicios de
Salud de las mismas.
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E
INSTITUTOS
SUBSECRETARIA DE GESTION DE
ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN,
GESTIÓN Y MONITOREO DE LOS SERVICIOS DE SALUD
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD
ACCIONES:
1. Promover el empleo racional de los recursos de tecnología sanitaria
en los organismos asistenciales descentralizados en la órbita de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES.
2. Asistir en el proceso de adopción de herramientas y tecnologías de
gestión hospitalaria e institucional que redunden en beneficio de la
población asistida.
3. Propiciar la mejora continua de las condiciones que hacen a las
relaciones laborales y profesionales de los Recursos Humanos que
prestan servicio en los Organismos, Institutos y Hospitales donde rija
la Carrera Profesional, aprobada por Decreto N° 277/91 y sus
modificatorios.
4. Asistir en la Comisión Permanente de la Carrera Sanitaria
Profesional del Decreto N° 277/91 y sus modificatorios.
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E
INSTITUTOS
SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE SERVICIOS
ASISTENCIALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN,
GESTIÓN Y MONITOREO DE LOS SERVICIOS DE SALUD
DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN Y MONITOREO DE LOS SERVICIOS DE SALUD
ACCIONES:
1. Asistir en el mantenimiento de salud de la población y la prevención
de las enfermedades, en coordinación con las áreas competentes en la
materia de la Jurisdicción y de otras áreas de gobierno, propiciando la
consolidación de la estrategia de la Atención Primaria de la Salud como
política de Estado.
2. Asistir en el cuidado y la atención de la población en situación de
pobreza, de mayor vulnerabilidad social y sanitaria, en temáticas
relativas al ámbito de su competencia.
3. Coordinar el uso racional de medicamentos y el acceso oportuno a
medicamentos y recursos terapéuticos en los organismos asistenciales
descentralizados en la órbita de la Dirección Nacional.
4. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas sanitarias para
cada uno de los organismos asistenciales descentralizados en la órbita
de la Dirección Nacional.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS
SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE
LA SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD BUCODENTAL
DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE SALUD BUCODENTAL
ACCIONES:
1. Colaborar en la capacitación de odontólogos en APS y modelos de
atención.
2. Analizar estudios nacionales para conocer la prevalencia e
incidencia de la patología bucal tanto a través de una línea basal,
como en articulación con los diferentes niveles asistenciales y
programas que generan datos epidemiológicos.
3. Unificar el registro clínico odontológico bajo lo dispuesto por la
Ley N° 26.812.
4. Desarrollar investigaciones en el marco de las becas otorgadas por
la Comisión Nacional Salud Investiga.
5. Protocolizar el manejo de residuos patológicos generados en la
actividad odontológica.
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS
SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL
DE RIESGOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA Y
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DE SALUD
DIRECCIÓN DE EPIDEMIOLOGÍA
ACCIONES:
1. Coordinar, evaluar y actualizar el Sistema Nacional de Vigilancia de
la Salud y Control de Enfermedades (SNVSCE) integrando los distintos
componentes y fuentes involucradas.
2. Promover y establecer normas de vigilancia, prevención y abordaje de
enfermedades bajo seguimiento.
3. Sostener un servicio de urgencia epidemiológica con alertas
tempranas y respuestas rápidas con intervenciones oportunas y adecuadas
que modifiquen la problemática observada.
4. Supervisar el cumplimiento por los efectores privados y de Obras
Sociales de las normativas del SNVSCE.
5. Implementar los Análisis de Situación de Salud (ASIS) generales y
regionales y estimular el desarrollo en los niveles provinciales y
mantener la Sala de Situación de Salud de tendencia y coyuntura.
6. Articular con otras áreas del Ministerio de Salud de la Nación,
otras dependencias del Gobierno Nacional y de las Provincias, la
disponibilidad de información de interés común para el Sistema Nacional
de Vigilancia de la Salud, los ASIS y la ejecución de las medidas de
control requeridas.
7. Implementar en forma conjunta con las áreas con competencia en la
materia, la elaboración de indicadores de los programas de prevención
de patologías prevalentes y emergentes.
8. Producir en forma periódica, informes del estado epidemiológico de
las enfermedades para su prevención y/o control.
9. Promover y establecer normas de control de programas específicos
bajo su dependencia (Zoonosis, Tuberculosis, Lepra y otros a crearse) y
proveer recursos para su tratamiento.
10. Estimular, desarrollar y supervisar la investigación en
epidemiología aplicada.
11. Proponer los ejes prioritarios de educación para la salud según la
situación epidemiológica observada.
12. Sostener programas de capacitación continua en epidemiología para
los equipos de salud nacionales y provinciales.
13. Coordinar la residencia nacional interdisciplinaria de
Epidemiología.
14. Conformar y coordinar el Comité Central de ASIS Nacional con
participación de especialistas en distintos temas.
15. Desarrollar y coordinar el Consejo Federal de Epidemiología con la
participación de las Direcciones Provinciales de Epidemiología.
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS
SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL
DE RIESGOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA Y
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DE SALUD
DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES
ACCIONES:
1. Mantener actualizado el Calendario Nacional de Vacunación según la
situación epidemiológica y sanitaria del país basado en evidencia
científica.
2. Elaborar, actualizar y difundir los lineamientos técnicos de
vacunación y las normas de control de las enfermedades
inmunoprevenibles.
3. Recomendar la declaración de estado de emergencia epidemiológica
sobre las enfermedades inmunoprevenibles y dictar las medidas
pertinentes.
4. Formular y coordinar campañas de vacunación para grupos específicos.
5. Promover y coordinar la vigilancia intensificada de las enfermedades
inmunoprevenibles en coordinación con el sistema de vigilancia
epidemiológica de la Dirección de Epidemiología y con las
jurisdicciones.
6. Elaborar y difundir información sobre la situación de las
enfermedades inmunoprevenibles.
7. Mantener actualizado el Registro Nominal de Personas Vacunadas en
coordinación con las jurisdicciones provinciales.
8. Monitorear las coberturas de vacunación y desarrollar estrategias
nacionales y jurisdiccionales para su mejora.
9. Promover el desarrollo de estudios e investigaciones sobre
enfermedades inmunoprevenibles con el propósito de obtener evidencias
para la toma de decisiones.
10. Asegurar el funcionamiento de los procesos de adquisición,
distribución y almacenamiento de todos los insumos destinado a las
acciones de vacunación.
11. Asegurar la trazabilidad en los circuitos de monitoreo de depósito
y distribución de insumo tanto a nivel central como jurisdiccional.
12. Fortalecer la cadena de temperatura controlada para la conservación
y distribución de vacunas en todo el territorio nacional.
13. Coordinar con las jurisdicciones las acciones necesarias para
asegurar el acceso de la población a las vacunas del calendario
nacional y las que se dispongan por emergencia epidemiológica.
14. Desarrollar campañas de información y concientización sobre la
importancia de la vacunación como un derecho para la protección
individual y una responsabilidad social para la salud comunitaria.
15. Articular con las demás áreas del Ministerio de Salud y otras
instituciones o actores del sector público o privado y en todos los
niveles jurisdiccionales para fortalecer las acciones de prevención y
control de enfermedades inmunoprevenibles.
16. Cooperar en programas internacionales en los temas de su
competencia.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E
INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES
INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRACIÓN
SANITARIA FEDERAL
DIRECCIÓN CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES
ACCIONES:
1. Promover el desarrollo de políticas públicas saludables en el nivel
local para mejorar las condiciones sociales y sanitarias.
2. Asistir mediante la cooperación técnica al fortalecimiento de las
capacidades de gestión de las ciudades, municipios y comunidades.
3. Difundir y promover el desarrollo de la estrategia de ciudades,
municipios y comunidades saludables.
4. Proponer políticas integradas entre los niveles de gobierno local,
provincial y nacional, para la formulación, la implementación, el
monitoreo y la evaluación de los planes, programas y proyectos de salud
en las ciudades, municipios y comunidades miembros.
5. Promover el fortalecimiento institucional de ciudades, municipios y
comunidades saludables a través de la participación comunitaria, la
acción intersectorial, el fortalecimiento de redes y la articulación
interjurisdiccional.
6. Articular la estrategia de ciudades, municipios y comunidades
saludables a través del desarrollo y ejecución de un proceso de
acreditación a ciudades, municipios y comunidades, orientado a evaluar
y mejorar el desarrollo de las políticas locales de promoción de la
salud con eje en los determinantes sociales de la salud.
7. Proveer cooperación técnica a las ciudades, municipios y comunidades
miembros a través de cursos, seminarios y talleres de capacitación.
8. Proponer la confección y posterior publicación de módulos de
capacitación en temas específicos para desarrollar intervenciones de
promoción de la salud a nivel local.
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE
MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT
30715117564
Date: 2017.05.04 22:03:08 -03'00'
Kumiko Eiguchi
Subsecretaría
Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización
Ministerio de Salud
Anexo
Número: IF-2017-0803 8075
-APN-S SPRYF#MS
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 4 de Mayo de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 4°.-
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4°
MINISTERIO DE
SALUD
HOMOLOGACIÓN
Unidad
Organizativa
Nivel
SECRETARÍA
DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA
DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN
NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL
DIRECCIÓN DE TELESALIJD
III
(Ex DIRECCIÓN DE CIBERSALUD)
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE
MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT
30715117564
Date: 2017.05.04 22:04:04 -03'00'
Kumiko Eiguchi
Subsecretaría
Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización
Ministerio de Salud