MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
Disposición 275-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 10/07/2017
VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 26 de
septiembre de 2016 entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de
TICINO, provincia de CÓRDOBA, registrado bajo el número 62/16 del
Registro de esta Dirección (conforme modelo aprobado por el MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. Nº
538/16), y
CONSIDERANDO:
Que por medio del mencionado Convenio se instrumentó un sistema
informático para proceder a la liquidación y percepción del Impuesto a
la Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes), a través
de los Registros Seccionales con jurisdicción en la MUNICIPALIDAD DE
TICINO, provincia de CÓRDOBA, aplicable respecto de los trámites
registrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio de
Radicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio de
Denominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.
Que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de esa ciudad dictó la Ordenanza
Municipal Nº 838 de fecha 08 de marzo de 2017, mediante la cual
autorizó al intendente municipal a celebrar el Convenio con esta
DIRECCIÓN NACIONAL.
Que con fecha 10 de marzo de 2017 el Poder Ejecutivo de la
Municipalidad de TICINO promulgó la mencionada Ordenanza Municipal Nº
838/2017 mediante el Decreto Municipal Nº 014/2017.
Que por conducto del Decreto Municipal N° 066 del 01 de diciembre de
2016 se designó a los Encargados de los Registros Seccionales de todo
el país como agentes de percepción del Impuesto a la Radicación de
Automotores y Motovehículos de esa jurisdicción.
Que mediante la Disposición D.N. Nº 276 de fecha 24 de julio de 2014 se
aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13” (Única), que será utilizada por
los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar, por ante
el organismo tributario municipal, los informes de deuda, altas y bajas
del Impuesto a los Automotores, al tiempo que documentará los pagos de
deudas que informadas, se efectivicen por ante los Encargados de esos
Registros Seccionales. Asimismo, ese instrumento reviste el carácter de
certificado válido de las eximiciones solicitadas, de la liberación de
deudas por exhibición de comprobantes de pago o de su negativa de pago.
Que mediante la Disposición D.N. Nº 203 de fecha 03 de junio de 2016 se
implementó la Solicitud Tipo “13” (Única) de carácter digital.
Que los Encargados de los Registros Seccionales alcanzados por la
presente utilizarán para la consecución de las tareas impositivas aquí
encomendadas el sistema informático de interconexión “en línea”
mencionado en el Convenio de Complementación de Servicios citado en el
Visto.
Que, encontrándose reunidas todas las condiciones que posibilitan la
puesta en marcha de la operatoria, resulta menester disponer la
vigencia del nuevo sistema para ser aplicado en los trámites
anteriormente enunciados en los Registros Seccionales de la ciudad de
VILLA MARÍA, provincia de CÓRDOBA, estableciendo el uso de la Solicitud
Tipo “13” (Única).
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese el día 17 de julio de 2017 como fecha de
entrada en vigencia del sistema de liquidación y percepción del
Impuesto de Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes)
dispuesto por el Convenio de Complementación de Servicios celebrado con
fecha 26 de septiembre de 2016 entre esta Dirección Nacional y la
Municipalidad de TICINO, provincia de CÓRDOBA, el que se implementará
respecto de los trámites que se realicen ante los Registros Seccionales
de la Propiedad del Automotor y los Registros Seccionales de la
Propiedad del Automotor con Competencia Exclusiva en Motovehículos de
la ciudad de VILLA MARÍA.
ARTÍCULO 2º.- En ese marco, establécese a partir de esa fecha la
obligatoriedad del uso de la Solicitud Tipo 13 (Única) respecto de los
trámites registrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio de
Radicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio de
Denominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.
ARTÍCULO 3º.- Incorpórase, a partir de la fecha de obligatoriedad de la
presente, a la jurisdicción de la Municipalidad de TICINO en la
operatoria de Altas y Bajas Interjurisdiccionales, conforme a las
prescripciones de la Disposición D.N. N° 127/16 y normas
complementarias.
ARTÍCULO 4°.- El Departamento Tributos y Rentas dictará un instructivo
a los fines de implementar la presente operatoria en los Registros
Seccionales alcanzados.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese atento a su carácter de interés
general dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Carlos Gustavo Walter.
e. 13/07/2017 N° 49390/17 v. 13/07/2017