MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Decisión Administrativa 518/2017

Desígnase Director Nacional de Refinación y Comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2017

VISTO el Expediente Nº S01:0336362/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios, 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, 355 de fecha 22 de mayo de 2017, la Decisión Administrativa N° 761 de fecha 27 de julio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por el artículo 7° de la citada Ley, se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.

Que a través del artículo 1º del Decreto Nº 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se transfirió la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA con sus unidades organizativas dependientes, organismos descentralizados y desconcentrados, de la órbita del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a la órbita del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por la Decisión Administrativa N° 761 de fecha 27 de julio de 2016 se aprobó, entre otras, la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA entre cuyas unidades organizativas se encuentra la Dirección Nacional de Refinación y Comercialización, la que fue homologada y reasignada en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), con el Nivel I, siendo el Nivel anterior de ponderación el II.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se considera imprescindible la cobertura transitoria del cargo de Director Nacional de Refinación y Comercialización, a fin de optimizar el funcionamiento de la organización y el efectivo cumplimiento de las competencias asignadas a la citada Subsecretaría.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del citado Ministerio, aprobado por la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, a fin de atender el gasto resultante de la designación transitoria alcanzada por la presente medida.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia según lo establecido por el artículo 2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 7° de la Ley N° 27.341 y por el artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 1° de enero de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida, al Licenciado en Economía Ignacio Javier BAROUSSE (M.I. N° 24.716.068) en el cargo de Director Nacional de Refinación y Comercialización (Nivel A, Grado 0, F.E. II del SI.N.E.P.) dependiente de la SUBSECRETARÍA DE REFINACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios Nivel II hasta el 26 de julio de 2016 y el Nivel I a partir del 27 de julio de 2016, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.341.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII y en el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios y complementarios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 58-MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Juan José Aranguren.

e. 14/07/2017 N° 50651/17 v. 14/07/2017