MINISTERIO DE SEGURIDAD

RECOMPENSAS

Resolución 695-E/2017

Ofrécese Recompensa.

Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2017

VISTO el Expediente Nº EX-2017-12429138- -APN-SECCPJMPYL#MSG del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y el Legajo Nº 13/2017 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que ante la FISCALÍA PENAL N° 2 del distrito centro de la Provincia de Salta, a cargo del Dr. Justo Alberto VACA, con intervención del JUZGADO DE GARANTÍA N° 5 de la Provincia de Salta, cuyo despacho se encuentra a cargo del Dr. Héctor MARTINEZ, tramitan los autos caratulados “Extravío de persona Nro. 82/17 Comisaría. 1era”.

Que la mencionada Fiscalía solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas quienes sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Constanza Gala CANCINOS, D.N.I. Nro. 44.445.168, de 14 años de edad, nacida el 17 de septiembre de 2002 enla Provincia de Salta, hija de Mónica Adriana OVANDO (D.N.I. Nro. 17.354.553) y Ángel Javier CANCINOS (D.N.I. Nro. 17.582.063), quien fuera vista por última vez el 16 de mayo de 2017 en el Parque Bicentenario a las 16:34 hs., ubicado en la zona norte de la Ciudad de Salta, vestía equipo deportivo azul con tres líneas blancas a los costados, desconociendo al momento su paradero. Constanza Gala CANCINOS mide UN (1) metro SESENTA Y CINCO (65) centímetros de estatura, de tez blanca, contextura física delgada, lleva el cabello corto de color negro, tiene ojos marrones y un lunar en el pómulo izquierdo.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538 y en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria y la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-), destinada a aquellas personas quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Constanza Gala CANCINOS, DNI N° 44.445.168, de 14 años de edad, nacida el 17 de septiembre de 2002 en la Provincia de Salta, hija de Mónica Adriana OVANDO (D.N.I. Nro. 17.354.553) y Ángel Javier CANCINOS (D.N.I. Nro. 17.582.063), quien fuera vista por última vez el 16 de mayo de 2017 en el Parque Bicentenario a las 16:34 hs., ubicado en la zona norte de la Ciudad de Salta, desconociendo al momento su paradero.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 488/2018 del Ministerio de Seguridad B.O. 19/06/2018, se dispone el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante la presente Resolución, a la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000))

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número 0800-555-5065.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información aportada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.

e. 17/07/2017 N° 50287/17 v. 17/07/2017