MINISTERIO DE SEGURIDAD
RECOMPENSAS
Resolución 696-E/2017
Ofrécese recompensa.
Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2017
VISTO el Expediente EX-2017-12319457- -APN-SECCPJMPYL#MSG, del Registro
de este MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y
D.H. N° 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la
Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de
2016, el Legajo Nº 12/2017 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA
LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FISCAL TEMÁTICA N° 1 de la Primera Circunscripción
Judicial con asiento en funciones en la ciudad de Viedma, Provincia de
RÍO NEGRO a cargo del Dr. Juan Pedro PUNTEL, con intervención del
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 2 de la Ciudad de Viedma, Provincia de RÍO
NEGRO, a cargo del juez subrogante Dr. Carlos Mohamed MUSSI, tramitan
los autos caratulados “UFT N° 1 S/ investigación (desaparición Ana
Zulema WALTER) 1 VI – 46897 – MP 2017”.
Que la mencionada Unidad Fiscal solicita se ofrezca recompensa para
aquellas personas quienes sin haber intervenido en el hecho delictual,
brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Ana Zulema
WALTER, D.N.I. N° F. 5.894.330, nacida el 10 de junio de 1949, de 67
años de edad, argentina, casada con José Armando Claudio TRAVAGLIO,
quien fuera vista por última vez el 01 de junio de 2017, en la ciudad
de Viedma, Provincia de RÍO NEGRO, cuando salía de su vivienda, vestía
calza oscura, campera de nylon tipo inflada color marrón, zapatillas
color oscuro con naranja fluor marca Nike y llevaba puestos anteojos de
sol, desconociendo hasta el momento su paradero. Ana Zulema WALTER mide
UN (1) metro SESENTA (60) centímetros de estatura, de tez blanca,
contextura física delgada, lleva el cabello corto hasta los hombros de
color castaño claro, tiene ojos claros y una mancha en su rostro debajo
del ojo izquierdo.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que ha tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE
COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y
LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538 y en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria y la Resolución
Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,-),
destinada a aquellas personas quienes, sin haber intervenido en el
hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el
paradero de Ana Zulema WALTER, D.N.I. N° F. 5.894.330, nacida el 10 de
junio de 1949, de 67 años de edad, argentina, casada con José Armando
Claudio TRAVAGLIO, quien fuera vista por última vez el 01 de junio de
2017, en la ciudad de Viedma, Provincia de RÍO NEGRO, desconociendo
hasta el momento su paradero.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al 0800-555-5065.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información aportada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este
Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.
e. 17/07/2017 N° 50290/17 v. 17/07/2017