MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 60-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 10/07/2017

VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2017-13919003- -APN-SECMA#MM, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016 y 561 del 6 de abril de 2016, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016 y 171-E del 19 de julio de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Resolución Nro. 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 por el cual se aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, faculta a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que la Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprueba la implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador de Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico” (EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016 y 171-E del 19 de julio de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecen los cronogramas de implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador de Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico” (EE), todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y en el MINISTERIO DE COMUNICACIONES, respectivamente.

Que en consecuencia resulta necesario instruir al ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES – ENACOM, dependiente del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, a TELAM S.E. AGENCIA NACIONAL DE NOTICIAS, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO – AABE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para que a partir del 18 de agosto de 2017 cierren la caratulación de expedientes en soporte papel, debiendo hacerlo a través del módulo “Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Instrúyese a los siguientes organismos para que a partir del 18 de agosto de 2017 cierren la caratulación de expedientes en soporte papel, debiendo hacerlo exclusivamente a través del módulo Expediente Electrónico (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE:

a) ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES – ENACOM, dependiente del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

b) TELAM S.E. AGENCIA NACIONAL DE NOTICIAS, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

c) AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO – AABE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.

e. 17/07/2017 N° 50054/17 v. 17/07/2017