MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN
Resolución 311-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2017
VISTO el Expediente N° A 253-77083/2010 del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico en el
ámbito del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 24.481
de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, texto ordenado por el
Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y sus modificaciones, el
Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 y la Resolución N° 388 de
fecha 9 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 90 de la Ley N° 24.481, texto ordenado por el
Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y sus modificaciones, se
creó el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) como
organismo autárquico en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS, siendo la Autoridad de Aplicación de dicha ley y
de las Leyes Nros. 22.362 y 22.426, y del Decreto-Ley N° 6.673 de fecha
9 de agosto de 1963.
Que, a su vez, el Artículo 90 de la reglamentación aprobada como Anexo
II del Decreto N° 260/96 y sus modificaciones establece que el referido
Instituto tendrá a su cargo la realización de la actividad que al
Estado le compete en materia de Propiedad Industrial.
Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se
modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y
sus modificatorias, asignándole competencia al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
para entender en la elaboración, ejecución y fiscalización del régimen
de patentes y marcas y en la legislación concordante.
Que el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 estableció que el
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) actuara en el
ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que el Artículo 90 de la Ley N° 24.481, texto ordenado por el Decreto
N° 260/96 y sus modificaciones, dispone que el patrimonio del INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) se integrará con los
aranceles y anualidades emergentes de las leyes que aplica y las tasas
que perciba como retribución por servicios adicionales que preste,
entre otros conceptos.
Que los aranceles constituyen una fuente genuina e imprescindible para
el funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
(INPI).
Que, por ello, se hace necesario actualizar el monto de las multas,
aranceles y anualidades en atención a las características técnicas del
mencionado Instituto, a fin de favorecer su gestión encaminada a la
mejora continua de la calidad de sus prestaciones, la pertinente
adecuación tecnológica a los nuevos parámetros nacionales e
internacionales, teniendo en cuenta su interacción con las demás
Oficinas de Propiedad Industrial de países de la región, y la
continuidad del reconocimiento del nivel técnico especializado de su
personal.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de la facultades conferidas
por el Artículo 96 del Anexo II al Decreto N° 260/96 y sus
modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el monto de las multas, aranceles y
anualidades que percibe por sus servicios el INSTITUTO NACIONAL DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico en el ámbito del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, que fueran previstos en el Anexo III del
Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y sus modificaciones, y
fijados a la fecha por la Resolución N° 388 de fecha 9 de agosto de
2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, de conformidad con los montos y
condiciones que se consignan en el Anexo (IF-2017-14791841-APN-MP) que
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Francisco Adolfo Cabrera.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 19/07/2017 N° 51824/17 v. 19/07/2017
(Nota
Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)