MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Resolución 2961-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2017

VISTO el Decreto Nº 1.165 del 11 de noviembre de 2016, las Decisiones Administrativas Nros. 220 del 22 de marzo de 2016 y 791 del 3 de agosto de 2016, el Expediente Electrónico Nº EX-2016-03072275-APN- DRRHH#ME, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º del Decreto Nº 1.165/16 dispone que toda prórroga de las designaciones transitorias de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y/o últimas prórrogas, que oportunamente fueran dispuestas por el Jefe de Gabinete de Ministros, de ahora en más, serán efectuadas por el señor Ministro para esta cartera.

Que por la Decisión Administrativa Nº 220 del 22 de marzo de 2016 se cubrió en esta Cartera Ministerial el cargo con Funciones Ejecutivas de Director Nacional de Desarrollo Universitario y Voluntariado dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS.

Que en el artículo 2º de la misma, se estableció que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a parir del 22 de marzo de 2016.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable prorrogar en este MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES el término fijado en el artículo 1º de la aludida Decisión Administrativa Nº 220/16.

Que por la Decisión Administrativa Nº 791 de fecha 3 de agosto de 2016 se sustituyeron las Planillas Anexas al Artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 495 de fecha 18 de mayo de 2016, por la que se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, reasignándose a Nivel I la Función Ejecutiva de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO UNIVERSITARIO Y VOLUNTARIADO.

Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o 1992) y sus modificatorias, y el Decreto N° 1.165/16.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrogar a partir del 13 de diciembre de 2016, fecha de su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria efectuada por la Decisión Administrativa Nº 220/16, del Técnico Pablo Matías DOMENICHINI (D.N.I. Nº 29.116.2349, en el cargo de Director Nacional de Desarrollo Universitario y Voluntariado – Nivel A, Grado 0 con función Ejecutiva Nivel I – dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I y con autorización excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08.

ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de esta acto.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Esteban José Bullrich.

e. 20/07/2017 N° 51389/17 v. 20/07/2017