MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
Resolución 2961-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2017
VISTO el Decreto Nº 1.165 del 11 de noviembre de 2016, las Decisiones
Administrativas Nros. 220 del 22 de marzo de 2016 y 791 del 3 de agosto
de 2016, el Expediente Electrónico Nº EX-2016-03072275-APN- DRRHH#ME, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º del Decreto Nº 1.165/16 dispone que toda prórroga de
las designaciones transitorias de personal en el ámbito de la
Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de
planta permanente y/o últimas prórrogas, que oportunamente fueran
dispuestas por el Jefe de Gabinete de Ministros, de ahora en más, serán
efectuadas por el señor Ministro para esta cartera.
Que por la Decisión Administrativa Nº 220 del 22 de marzo de 2016 se
cubrió en esta Cartera Ministerial el cargo con Funciones Ejecutivas de
Director Nacional de Desarrollo Universitario y Voluntariado
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS
UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS.
Que en el artículo 2º de la misma, se estableció que el cargo
involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO(SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a parir del 22 de marzo de 2016.
Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.
Que por ello se considera indispensable prorrogar en este MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y DEPORTES el término fijado en el artículo 1º de la aludida
Decisión Administrativa Nº 220/16.
Que por la Decisión Administrativa Nº 791 de fecha 3 de agosto de 2016
se sustituyeron las Planillas Anexas al Artículo 2º de la Decisión
Administrativa Nº 495 de fecha 18 de mayo de 2016, por la que se aprobó
la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y DEPORTES, reasignándose a Nivel I la Función Ejecutiva de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO UNIVERSITARIO Y VOLUNTARIADO.
Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios (t.o 1992) y sus modificatorias, y el Decreto N°
1.165/16.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar a partir del 13 de diciembre de 2016, fecha de
su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del dictado de la presente medida, la designación
transitoria efectuada por la Decisión Administrativa Nº 220/16, del
Técnico Pablo Matías DOMENICHINI (D.N.I. Nº 29.116.2349, en el cargo de
Director Nacional de Desarrollo Universitario y Voluntariado – Nivel A,
Grado 0 con función Ejecutiva Nivel I – dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARÍA
DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS, autorizándose el correspondiente pago de
la Función Ejecutiva Nivel I y con autorización excepcional por no
reunir los requisitos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08.
ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, el cargo involucrado deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y
VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº
2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del dictado de esta acto.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
DEPORTES.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Esteban José Bullrich.
e. 20/07/2017 N° 51389/17 v. 20/07/2017