JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 274-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 19/07/2017

VISTO el Expediente N° EX -2017-12518564-APN-DDYME#JGM, la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública y su Decreto Reglamentario N° 206 de fecha 27 de marzo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 19 de la Ley Nº 27.275 se creó la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA como ente autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, que debe velar por el cumplimiento de los principios y procedimientos establecidos en la ley y garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, y promover medidas de transparencia activa.

Que el artículo 2º del Decreto Nº 206 de fecha 27 de marzo de 2017 estableció que la mencionada Agencia actuará en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 27.275, le corresponde al Poder Ejecutivo Nacional proponer UN (1) candidato para cubrir el cargo de DIRECTOR DE LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, cuya selección estará sujeta al procedimiento allí fijado.

Que en las actuaciones se encuentran glosados los antecedentes personales y profesionales del Doctor D. Eduardo Andrés BERTONI, quien a criterio de esta autoridad cuenta con la idoneidad suficiente para el desempeño del cargo referido.

Que, asimismo, no se encuentra incurso en las incompatibilidades del artículo 23 de la Ley Nº 27.275, ni se ha desempeñado en el transcurso de los CINCO (5) años anteriores en cargos electivos ni partidarios.

Que mediante IF-2017-14595853-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la Jurisdicción ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con los artículos 20 y siguientes de la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública y 3º del Decreto Nº 206 del 27 de marzo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Propóngase para el cargo de DIRECTOR DE LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, organismo autárquico en la órbita de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al Doctor D. Eduardo Andrés BERTONI (D.N.I. Nº 17.423.809).

ARTÍCULO 2°.- Convóquese a la sociedad civil a la audiencia pública que se celebrará el día 17 de agosto de 2017 en el auditorio del edificio sito en Avenida Julio A Roca 782, 1° subsuelo, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a partir de las 9:00 horas, la que será llevada a cabo bajo los términos que figuran en el ANEXO I IF-2017-14659649-APN-SECRPYA#JGM que forma parte integrante del presente acto.

ARTÍCULO 3°.- Publíquese aviso por TRES (3) días en el Boletín Oficial y en los diarios Clarín y La Nación, por ser éstos de alcance nacional, en los términos del ANEXO II IF-2017-14660631- APN-SECRPYA#JGM que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que el registro para la recepción de observaciones e inscripción de oradores y asistentes a la audiencia pública deberá realizarse en la DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sita en la Avenida Julio A. Roca 782, 4º piso, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; y en el dominio de internet www.argentina.gob.ar/acceso-informacion-publica.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que será requisito para las presentaciones detalladas en el artículo 4° de la presente acreditar la identidad de quien plantee la observación. En caso de tratarse de personas jurídicas, deberá acompañarse además la documentación que acredite tal personería jurídica y la representación del firmante.

ARTÍCULO 6°.- El registro establecido en el artículo 4° estará disponible desde las 9:00 horas del 27 de julio de 2017 hasta las 14:00 horas del 16 de agosto de 2017. En ese mismo período podrá tomarse vista de las observaciones presentadas.

ARTÍCULO 7°.- Publíquese en el dominio creado a los fines del registro mencionado en el artículo 4°, los antecedentes curriculares ampliados del candidato propuesto y demás documentación relevante.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña.

ANEXO I

Pautas para la realización de la Audiencia Pública en el marco del Artículo 21 de la Ley N° 27.275

ARTÍCULO 1. - La presidencia de la audiencia pública será ejercida por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y/o el/la funcionario/a que él designe, quien podrá asimismo, durante el transcurso de la audiencia, delegar dicha función en otro funcionario.

ARTÍCULO 2. - La audiencia se iniciará a las 9:00 horas del 17 de agosto de 2017, y se prevé su cierre para las 18:00 horas del mismo día. En caso de que sea necesario, la presidencia podrá disponer un cuarto intermedio para el día siguiente.

ARTÍCULO 3. - La audiencia pública será registrada por medios taquigráficos y audiovisuales.

ARTÍCULO 4. - La lista de oradores será confeccionada en el orden en que las observaciones hayan sido presentadas.

ARTÍCULO 5. - A los fines del desarrollo de la audiencia:

a) La presidencia designará UN (1) secretario que presente al candidato con su nombre, apellido y datos curriculares. El secretario deberá, asimismo, proceder a la lectura de un resumen de las observaciones recibidas, en el orden en que las mismas hayan sido presentadas.

b) A continuación, la presidencia otorgará la palabra al candidato propuesto quien podrá realizar una exposición de no más de VEINTE (20) minutos en torno a la pertinencia de su designación, sus antecedentes curriculares, su propuesta de plan de trabajo y una breve respuesta a las observaciones recibidas.

c) Con posterioridad a la exposición del candidato, se otorgará la palabra a los oradores, a los fines de la realización de comentarios y repreguntas que estimen pertinentes, las cuales serán respondidas en el acto por el candidato. El orden de los oradores respetará el orden de la presentación de las observaciones.

d) El tiempo de alocución de las partes no podrá exceder los DIEZ (10) minutos por exposición.

ARTÍCULO 6. - Son facultades de la presidencia de la audiencia:

a) designar a UN (1) secretario que lo asista;

b) decidir sobre la pertinencia de intervenciones de expositores no registrados, atendiendo al buen orden del procedimiento;

c) modificar el orden de las exposiciones, por razones de mejor organización;

d) ampliar excepcionalmente el tiempo de las alocuciones, cuando lo considere necesario;

e) exigir, en cualquier etapa del procedimiento, la unificación de la exposición de las partes con intereses comunes y, en caso de divergencias entre ellas decidir respecto de la persona que ha de exponer;

f) formular las preguntas que considere necesarias a efectos de esclarecer las posiciones de las partes;

g) convocar a expertos en la temática para que expongan en torno a la candidatura propuesta;

h) disponer la interrupción, suspensión, prórroga o postergación de la sesión, así como su reapertura o continuación cuando lo estime conveniente, de oficio o a pedido de algún participante;

i) desalojar la sala, expulsar personas y/o recurrir al auxilio de la fuerza pública, a fin de asegurar el normal desarrollo de la audiencia;

j) declarar el cierre de la Audiencia Pública.

ARTÍCULO 7. - Son deberes de la presidencia de la audiencia:

a) garantizar la intervención de todas las partes, así como la de los expertos convocados;

b) mantener su imparcialidad absteniéndose de valorar las opiniones y propuestas presentadas por las partes;

c) asegurar el respeto de los principios de igualdad, no discriminación, publicidad, oralidad, informalidad y gratuidad;

d) elaborar el informe final de la audiencia a los fines de ser remitido al PODER EJECUTIVO NACIONAL, para la designación del DIRECTOR DE LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

ARTÍCULO 8. - Para todo aquello que no se encuentre expresamente previsto en el presente, será de aplicación supletoria el Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional aprobado como Anexo I del Decreto Nº 1172 del 3 de diciembre de 2003.

IF-2017-14659649-APN-SECRPYA#JGM

ANEXO II

Contenido de la publicación

El Poder Ejecutivo Nacional, conforme lo establecen los artículos 20 y 21 de la Ley Nº 27.275, propone para cubrir el cargo de DIRECTOR DE LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, organismo autárquico en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al Dr. Eduardo Andrés BERTONI (D.N.I. Nº 17.423.809).

Asimismo, convoca por el presente acto a la sociedad en general a la Audiencia Pública que se llevará a cabo el día 17 de agosto de 2017 a partir de las 9.00 horas en el salón auditorio de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sito en Av. Julio A. Roca 782 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, donde se discutirán las observaciones que previamente se efectúen en torno a la propuesta de designación.

El Dr. Eduardo Andrés BERTONI es Abogado y Doctor en Derecho (Universidad Nacional de Buenos Aires) y posee un Master en Políticas y Prácticas Internacionales (MIPP) (George Washington University, Elliott School of International Affairs).En cuanto a su experiencia académica, desde 1993 es Profesor Adjunto Regular, por concurso, de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología (UBA). Asimismo, fue Fundador y Director del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información y Profesor de Grado y de la Maestría en Derecho y de la Carrera de Abogacía en la Universidad de Palermo. Actualmente, es titular de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Fue Director del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información de la Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo (2009-2016). Hasta el año 2009, se desempeñó como Director Ejecutivo Fundación para el Debido Proceso Legal (DPLF) Washington, D.C y fue Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA).

En el sitio web www.argentina.gob.ar/acceso-informacion-publica podrán consultarse los antecedentes curriculares ampliados del candidato. Allí mismo, se recibirán las observaciones realizadas sobre la candidatura en formato digital y a través del correo electrónico coordmesaentradas@jefatura.gob.ar; y se realizarán las inscripciones para quienes deseen asistir a la Audiencia Pública.

Las observaciones podrán también entregarse en formato papel en la Mesa de Entradas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sita en Av. Julio A. Roca 782, 4º piso, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Ambos registros se encontrarán abiertos por QUINCE (15) días hábiles, desde las 9 horas del 27 de julio de 2017 hasta las 14 horas del 16 de agosto 2017.

IF-2017-14660631-APN-SECRPYA#JGM

e. 20/07/2017 N° 52089/17 v. 20/07/2017