INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 443/2017

Buenos Aires, 17/07/2017

VISTO el Expediente N° 100/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, la Resolución INCAA N° 1 del 2 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo encargado del fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional y artes audiovisuales de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/2001) y sus modificatorias.

Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) se halla la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y premios.

Que el RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO -Resolución INCAA N° 1/2017- establece la asignación de subsidios a otras formas de exhibición a películas nacionales por dos mecanismos: el de ventanilla continua y el de convocatoria previa.

Que mediante la modalidad de convocatoria previa se establecieron convocatorias a ÓPERA PRIMA, SEGUNDAS PELÍCULAS y LARGOMETRAJES POR CONVOCATORIA. Que se establecen convocatorias para programa de Producción de Cortometrajes, Desarrollo de Guiones y Desarrollo de Proyectos.

Que asimismo, la función de estímulo a la producción cinematográfica nacional mediante el otorgamiento de subsidios y otras medidas de fomento debe ser ejercida considerando a la realización cinematográfica y audiovisual no como un fin aislado en sí mismo sino como parte de un proceso que se inicia en la génesis misma del proyecto y se continúa hasta la adecuada puesta en valor de las producciones realizadas al ser exhibidas.

Que por la Resolución INCAA N° 83/2017 se establece el calendario 2017 del RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO, de acuerdo al cual el primer llamado de SEGUNDAS PELÍCULAS tuvo abierta su convocatoria hasta el día 31 de mayo de 2017.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en el marco de la política de modernización de la Administración Pública que impulsa el Gobierno Nacional, instrumentó el Sistema INCAA EN LÍNEA a fin de acelerar los trámites, aumentar la transparencia, facilitar el acceso a la información y posibilitar la integración e interoperabilidad de los sistemas de información.

Que en ese sentido se estableció que los postulantes a la CONVOCATORIA DE SEGUNDAS PELÍCULAS como así también al llamado PROGRAMA DE CORTOMETRAJES debían inscribirse mediante la utilización del SISTEMA INCAA EN LÍNEA.

Que como toda implementación de nuevos sistemas informatizados y procedimientos transversales aplicables requiere, de los potenciales usuarios, un progresivo conocimiento de las herramientas tecnológicas puesta a su disposición.

Que en ese orden de ideas y atento a algunas dificultades puestas de manifiesto por los postulantes al referido sistema, se decidió prorrogar con carácter excepcional la inscripción al mencionado concurso.

Que las Gerencias de Fomento a la Producción Audiovisual del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tomo la intervención que les compete.

Que las Gerencias de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tomo la intervención que les compete.

Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo con las facultades otorgadas por la Ley N° 17.741 (t.o 2001) y sus modificatorias y el Decreto N° 324/17.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convalídese la reapertura, con carácter excepcional desde las 00:00 horas del jueves 29 de junio de 2017 hasta las 23:59 del jueves 6 de julio de 2017 inclusive, la fecha de cierre a la convocatoria para SEGUNDAS PELÍCULAS, establecido por Resolución INCAA N° 83/2017.

ARTÍCULO 2°.- Establézcase la reapertura, con carácter excepcional desde las 00:00 horas del Lunes 24 de julio de 2017 hasta las 23:59 del viernes 28 de julio de 2017 inclusive, la fecha de cierre del 1° llamado del Programa Cortometrajes para el género Ficción y animación.

ARTÍCULO 3°.- Publíquese la nueva fecha de cierre del concurso anteriormente mencionado en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES - http://www.incaa.gob.ar.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Haiek.

e. 20/07/2017 N° 51543/17 v. 20/07/2017