INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 443/2017
Buenos Aires, 17/07/2017
VISTO el Expediente N° 100/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus
modificatorias, la Ley N° 26.522, la Resolución INCAA N° 1 del 2 de
enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo
encargado del fomento y regulación de la actividad cinematográfica en
todo el territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto
se refiere a la cinematografía nacional y artes audiovisuales de
acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N°
1248/2001) y sus modificatorias.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) se halla la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y premios.
Que el RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO -Resolución INCAA N° 1/2017-
establece la asignación de subsidios a otras formas de exhibición a
películas nacionales por dos mecanismos: el de ventanilla continua y el
de convocatoria previa.
Que mediante la modalidad de convocatoria previa se establecieron
convocatorias a ÓPERA PRIMA, SEGUNDAS PELÍCULAS y LARGOMETRAJES POR
CONVOCATORIA. Que se establecen convocatorias para programa de
Producción de Cortometrajes, Desarrollo de Guiones y Desarrollo de
Proyectos.
Que asimismo, la función de estímulo a la producción cinematográfica
nacional mediante el otorgamiento de subsidios y otras medidas de
fomento debe ser ejercida considerando a la realización cinematográfica
y audiovisual no como un fin aislado en sí mismo sino como parte de un
proceso que se inicia en la génesis misma del proyecto y se continúa
hasta la adecuada puesta en valor de las producciones realizadas al ser
exhibidas.
Que por la Resolución INCAA N° 83/2017 se establece el calendario 2017
del RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO, de acuerdo al cual el primer llamado de
SEGUNDAS PELÍCULAS tuvo abierta su convocatoria hasta el día 31 de mayo
de 2017.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en el marco de
la política de modernización de la Administración Pública que impulsa
el Gobierno Nacional, instrumentó el Sistema INCAA EN LÍNEA a fin de
acelerar los trámites, aumentar la transparencia, facilitar el acceso a
la información y posibilitar la integración e interoperabilidad de los
sistemas de información.
Que en ese sentido se estableció que los postulantes a la CONVOCATORIA
DE SEGUNDAS PELÍCULAS como así también al llamado PROGRAMA DE
CORTOMETRAJES debían inscribirse mediante la utilización del SISTEMA
INCAA EN LÍNEA.
Que como toda implementación de nuevos sistemas informatizados y
procedimientos transversales aplicables requiere, de los potenciales
usuarios, un progresivo conocimiento de las herramientas tecnológicas
puesta a su disposición.
Que en ese orden de ideas y atento a algunas dificultades puestas de
manifiesto por los postulantes al referido sistema, se decidió
prorrogar con carácter excepcional la inscripción al mencionado
concurso.
Que las Gerencias de Fomento a la Producción Audiovisual del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tomo la intervención que les
compete.
Que las Gerencias de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES tomo la intervención que les compete.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo con las
facultades otorgadas por la Ley N° 17.741 (t.o 2001) y sus
modificatorias y el Decreto N° 324/17.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convalídese la reapertura, con carácter excepcional desde
las 00:00 horas del jueves 29 de junio de 2017 hasta las 23:59 del
jueves 6 de julio de 2017 inclusive, la fecha de cierre a la
convocatoria para SEGUNDAS PELÍCULAS, establecido por Resolución INCAA
N° 83/2017.
ARTÍCULO 2°.- Establézcase la reapertura, con carácter excepcional
desde las 00:00 horas del Lunes 24 de julio de 2017 hasta las 23:59 del
viernes 28 de julio de 2017 inclusive, la fecha de cierre del 1°
llamado del Programa Cortometrajes para el género Ficción y animación.
ARTÍCULO 3°.- Publíquese la nueva fecha de cierre del concurso
anteriormente mencionado en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES - http://www.incaa.gob.ar.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Haiek.
e. 20/07/2017 N° 51543/17 v. 20/07/2017