INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
Resolución 241/2017
Posadas, Misiones, 20/07/2017
VISTO: El Expte. N° 0549/15 reg. INYM, La Resolución N° 5669/17 reg.
del INYM y la solicitud del Representante del sector Productivo; y,
CONSIDERANDO:
QUE, el Art. 3° de la Resolución N° 0220/14 reg. del INYM, ha fijado el
día 31 de Julio de 2017 como fecha tope hasta la cuál las Entidades y
Asociaciones mencionadas en los incs. d), e), f), g) y h) del Art. 6°
de la Ley N° 25.564, podían inscribirse o actualizar documentación en
el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la
designación de Directores del INYM”, a los fines de participar en la
próxima elección de las autoridades mencionadas.
QUE, existen solicitudes requiriendo una prórroga del plazo fijado en
la Resolución INYM N° 061/17, considerando que han sufrido
inconvenientes para reunir la documentación solicitada en tiempo y
forma.
QUE, en todo proceso democrático de toma de decisiones, debe asegurarse
la mayor participación posible de propuestas, ideas e intereses,
promoviendo la intervención efectiva en el debate de todos los sectores
a quiénes afectarán las decisiones adoptadas.
QUE, el pedido formulado por los representantes de la diferentes
Entidades, es consistente con el principio mencionado precedentemente.
QUE, en tal sentido el Directorio somete a votación la ampliación del
plazo establecido inicialmente, aprobando por unanimidad la nueva fecha
límite hasta el día 30 de Septiembre del corriente año 2017.
QUE, la extensión del plazo de convocatoria de las entidades, en nada
obstaculiza el normal recambio en tiempo y forma de los representantes
de los sectores privados del Instituto.
QUE, este Directorio considera procedente hacer lugar a las solicitudes
formuladas, por lo que corresponde dictar el instrumento legal
correspondiente.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO DEL INYM
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — ESTABLECESE la ampliación del plazo de convocatoria
establecido en el Art. 3º de la Resolución INYM N° 061/17, fijándose
como nueva fecha límite el día 30 de Septiembre de 2017, a los efectos
de la inscripción o actualización según correspondiere de antecedentes
en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para
la designación de Directores del INYM”.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 400/2017 del Instituto Nacional de la Yerba Mate B.O. 8/11/2017 se prorroga el plazo de convocatoria
establecido en el presente artículo, fijándose
como nueva fecha límite el día 30 de Noviembre de 2017, a los efectos de
la inscripción o actualización según correspondiere de antecedentes en
el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la
designación de Directores del INYM. Prórroga anterior: por art. 1° de la Resolución N° 335/2017 del Instituto Nacional de la Yerba Mate B.O. 27/9/2017)
ARTÍCULO 2° — PUBLIQUESE la presente Resolución en el Boletín Oficial
de la República Argentina y en medios de publicación masiva, por el
término de un (1) día, a los fines del correcto conocimiento de los
interesados.
ARTÍCULO 3° — REGISTRESE, Notifíquese. Cumplido, ARCHIVESE. — Alberto
Tomás Ré, Presidente. — Hector Biale, Director. — Ruben Henrikson,
Director. — Jeronimo Raul R. Lagier, Director. — Juan C. D. Mitrowicz,
Director. — Koch Danis, Director. — Jorge E. E. Haddad, Director. —
Luis Sandro Sosa, Director. — Carlos Guillermo Roussillon, Director. —
Ramiro López, Director.
e. 26/07/2017 N° 52817/17 v. 26/07/2017