INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE

Resolución 241/2017

Posadas, Misiones, 20/07/2017

VISTO: El Expte. N° 0549/15 reg. INYM, La Resolución N° 5669/17 reg. del INYM y la solicitud del Representante del sector Productivo; y,

CONSIDERANDO:

QUE, el Art. 3° de la Resolución N° 0220/14 reg. del INYM, ha fijado el día 31 de Julio de 2017 como fecha tope hasta la cuál las Entidades y Asociaciones mencionadas en los incs. d), e), f), g) y h) del Art. 6° de la Ley N° 25.564, podían inscribirse o actualizar documentación en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”, a los fines de participar en la próxima elección de las autoridades mencionadas.

QUE, existen solicitudes requiriendo una prórroga del plazo fijado en la Resolución INYM N° 061/17, considerando que han sufrido inconvenientes para reunir la documentación solicitada en tiempo y forma.

QUE, en todo proceso democrático de toma de decisiones, debe asegurarse la mayor participación posible de propuestas, ideas e intereses, promoviendo la intervención efectiva en el debate de todos los sectores a quiénes afectarán las decisiones adoptadas.

QUE, el pedido formulado por los representantes de la diferentes Entidades, es consistente con el principio mencionado precedentemente.

QUE, en tal sentido el Directorio somete a votación la ampliación del plazo establecido inicialmente, aprobando por unanimidad la nueva fecha límite hasta el día 30 de Septiembre del corriente año 2017.

QUE, la extensión del plazo de convocatoria de las entidades, en nada obstaculiza el normal recambio en tiempo y forma de los representantes de los sectores privados del Instituto.

QUE, este Directorio considera procedente hacer lugar a las solicitudes formuladas, por lo que corresponde dictar el instrumento legal correspondiente.

POR ELLO,

EL DIRECTORIO DEL INYM

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — ESTABLECESE la ampliación del plazo de convocatoria establecido en el Art. 3º de la Resolución INYM N° 061/17, fijándose como nueva fecha límite el día 30 de Septiembre de 2017, a los efectos de la inscripción o actualización según correspondiere de antecedentes en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 400/2017 del Instituto Nacional de la Yerba Mate B.O. 8/11/2017 se prorroga el plazo de convocatoria establecido en el presente artículo, fijándose como nueva fecha límite el día 30 de Noviembre de 2017, a los efectos de la inscripción o actualización según correspondiere de antecedentes en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM. Prórroga anterior: por art. 1° de la Resolución N° 335/2017 del Instituto Nacional de la Yerba Mate B.O. 27/9/2017)

ARTÍCULO 2° — PUBLIQUESE la presente Resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina y en medios de publicación masiva, por el término de un (1) día, a los fines del correcto conocimiento de los interesados.

ARTÍCULO 3° — REGISTRESE, Notifíquese. Cumplido, ARCHIVESE. — Alberto Tomás Ré, Presidente. — Hector Biale, Director. — Ruben Henrikson, Director. — Jeronimo Raul R. Lagier, Director. — Juan C. D. Mitrowicz, Director. — Koch Danis, Director. — Jorge E. E. Haddad, Director. — Luis Sandro Sosa, Director. — Carlos Guillermo Roussillon, Director. — Ramiro López, Director.

e. 26/07/2017 N° 52817/17 v. 26/07/2017