MINISTERIO DE SALUD

Resolución 982-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2017

VISTO el Expediente Nº EX-2017-11175687- -APN-DD#MS del registro de este MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 561 de fecha 6 de abril de 2016 se aprobó la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica –GDE- como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional como plataforma de gestión de expedientes electrónicos.

Que por el Decreto N° 997 de fecha 7 de septiembre de 2016, se reglamentó el RÉGIMEN DE VIÁTICOS, ALOJAMIENTO Y PASAJES DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL (Administración Centralizada, Organismos Descentralizados, Empresas del Estado, Obras Sociales, Entidades Financieras Oficiales y cualquier otro ente del PODER EJECUTIVO NACIONAL) en cumplimiento de misiones o comisiones al exterior de carácter oficial, o en uso de becas que no excedieran de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días otorgadas por organismos nacionales o extranjeros.

Que por Decisión Administrativa N° 1067 de fecha 29 de septiembre de 2016 se estableció que los traslados por misiones o comisiones al exterior, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del gasto, deberá contar con la conformidad previa y expresa del titular de cada jurisdicción para los traslados por misiones o comisiones al exterior de los agentes de la Administración Pública Nacional.

Que, se tomó en consideración lo manifestado por NO-201712980866-APN-JGM, por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Que resulta necesario un mecanismo interno regulatorio del trámite de aprobación para la participación en una reunión, jornada y/o evento que implique traslado al exterior.

Que la SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta Jurisdicción Ministerial han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Procedimiento interno regulatorio para el trámite de autorización de viaje y/o misión al exterior el cual obra como ANEXO I (IF-2017-14213948-APN-DD#MS) y forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que los viajes y/o misiones al extranjero a que refiere el Artículo 1°, independientemente de su fuente de financiamiento, deberán ser llevados a cabo por agentes cuya formación e idoneidad sean acordes a la temática que da motivo al viaje o misión y coherentes a la función que cumplan dentro de este Ministerio.

ARTÍCULO 3°.- Estabécese que la autorización para la realización de viajes y/o misiones al exterior se otorgará en aquellos casos cuya temática resulte un concepto prioritario para las funciones, políticas y estrategias definidas por el gobierno nacional.

ARTÍCULO 4°.- Estabécese que las autorizaciones para la realización de viaje y/o misión al exterior se otorgará en función del presupuesto general con que cuenta este Ministerio.

ARTÍCULO 5°.- Establécese que la responsabilidad del control de la aplicación de la normativa relativa a la comisión de viajes y/o misiones al exterior estará a cargo del titular de la SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES.

ARTÍCULO 6°.- Notifíquese, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese. — Jorge Daniel Lemus.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 28/07/2017 N° 53426/17 v. 28/07/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)