Resolución 982-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-11175687- -APN-DD#MS del registro de este MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 561 de fecha 6 de abril de 2016 se aprobó la
implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica –GDE- como
sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y
registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del
Sector Público Nacional como plataforma de gestión de expedientes
electrónicos.
Que por el Decreto N° 997 de fecha 7 de septiembre de 2016, se
reglamentó el RÉGIMEN DE VIÁTICOS, ALOJAMIENTO Y PASAJES DEL PERSONAL
DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL (Administración Centralizada,
Organismos Descentralizados, Empresas del Estado, Obras Sociales,
Entidades Financieras Oficiales y cualquier otro ente del PODER
EJECUTIVO NACIONAL) en cumplimiento de misiones o comisiones al
exterior de carácter oficial, o en uso de becas que no excedieran de
TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días otorgadas por organismos
nacionales o extranjeros.
Que por Decisión Administrativa N° 1067 de fecha 29 de septiembre de
2016 se estableció que los traslados por misiones o comisiones al
exterior, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del gasto,
deberá contar con la conformidad previa y expresa del titular de cada
jurisdicción para los traslados por misiones o comisiones al exterior
de los agentes de la Administración Pública Nacional.
Que, se tomó en consideración lo manifestado por NO-201712980866-APN-JGM, por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Que resulta necesario un mecanismo interno regulatorio del trámite de
aprobación para la participación en una reunión, jornada y/o evento que
implique traslado al exterior.
Que la SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta Jurisdicción Ministerial han
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley
de Ministerios N° 22.520 modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Procedimiento interno regulatorio para el
trámite de autorización de viaje y/o misión al exterior el cual obra
como ANEXO I (IF-2017-14213948-APN-DD#MS) y forma parte integrante de
la presente.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que los viajes y/o misiones al extranjero a
que refiere el Artículo 1°, independientemente de su fuente de
financiamiento, deberán ser llevados a cabo por agentes cuya formación
e idoneidad sean acordes a la temática que da motivo al viaje o misión
y coherentes a la función que cumplan dentro de este Ministerio.
ARTÍCULO 3°.- Estabécese que la autorización para la realización de
viajes y/o misiones al exterior se otorgará en aquellos casos cuya
temática resulte un concepto prioritario para las funciones, políticas
y estrategias definidas por el gobierno nacional.
ARTÍCULO 4°.- Estabécese que las autorizaciones para la realización de
viaje y/o misión al exterior se otorgará en función del presupuesto
general con que cuenta este Ministerio.
ARTÍCULO 5°.- Establécese que la responsabilidad del control de la
aplicación de la normativa relativa a la comisión de viajes y/o
misiones al exterior estará a cargo del titular de la SECRETARÍA DE
RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación y archívese. — Jorge Daniel Lemus.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 28/07/2017 N° 53426/17 v. 28/07/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)