INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 494/2017

Buenos Aires, 25/07/2017

VISTO el Expediente N° 6276/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1.225 del 31 de agosto de 2010, y;

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo encargado del fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto 2001) y sus modificatorias.

Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) se halla la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y premios.

Que en la Ley N° 26.522 y su Decreto reglamentario N° 1.225/2010 se estableció la obligación del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de promover y fomentar la producción de contenidos para televisión estableciéndose sus modalidades y alcances por medio de la actividad reglamentaria propia de este Organismo.

Que, a los fines mencionados, se considera conducente llamar a un concurso el cual recibirá la denominación de “CONCURSO NACIONAL DE SERIES DE FICCIÓN Y DOCUFICCIÓN - PRIMERA EDICIÓN 2017”.

Que resulta necesario el establecimiento de los requisitos y el procedimiento correspondientes a fin de hacer efectivo el trámite concursal.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES considera oportuno llamar a concurso a productores que residan en el Territorio Nacional a presentar propuestas escritas y audiovisuales de una serie de ficción o docuficción inédita en episodios.

Que los presentantes al concurso deberán haber producido y estrenado, al menos, TRES (3) series de OCHO (8) o más episodios de ficción, docuficción o documental, o TRES (3) largometrajes de ficción, docuficción o documental, o DOS (2) series de OCHO (8) o más episodios y UN (1) largometraje de ficción, docuficción o documental, o UNA (1) serie de OCHO (8) o más episodios y DOS (2) largometrajes de ficción, docuficción o documental.

Que serán seleccionados DIEZ (10) PROYECTOS ganadores del concurso, pudiendo ser proyectos de ficción o docuficción, conforme a las bases y condiciones del concurso

Que con la finalidad de que el presente concurso aporte al acervo de identidad nacional, provincial y regional se entiende oportuno, financiar la producción de las series de ficción o docuficción, para lo cual el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES otorgará, hasta un SETENTA POR CIENTO (70%) del presupuesto del proyecto presentado con un tope máximo de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL ($ 5.320.000).-

Que el presentante de cada proyecto que resulte ganador del concurso deberá firmar un contrato de instrumentación de premio con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES obligándose al cumplimiento de todos los requerimientos que se explicitan en las bases y condiciones del concurso.

Que la Gerencia de Producción de Contenidos y la Gerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para la aprobación de la siguiente medida se encuentra prevista en la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Llámese a participar al “CONCURSO NACIONAL DE SERIES DE FICCIÓN Y DOCUFICCIÓN - PRIMERA EDICIÓN 2017” a productores que residan en el Territorio Nacional de la República Argentina, con un antecedente de haber producido y estrenado, al menos, TRES (3) series de OCHO (8) o más episodios de ficción, docuficción o documental, o TRES (3) largometrajes de ficción, docuficción o documental, o DOS (2) series de OCHO (8) o más episodios y UN (1) largometraje de ficción, docuficción o documental, o UNA (1) serie de OCHO (8) o más episodios y DOS (2) largometrajes de ficción, docuficción o documental.

ARTÍCULO 2°.- El presente concurso está destinado a presentar propuestas escritas y audiovisuales de una serie de ficción o docuficción inédita en episodios desde la publicación de esta resolución hasta el 15 de septiembre de 2017 a las 23:59 horas. Dichas propuestas deberán consistir en la realización de una serie de ficción o docuficción compuesta como mínimo por CUATRO (4) episodios de entre VEINTICUATRO (24) y CUARENTA Y OCHO (48) minutos de duración cada uno, incluyendo títulos y rodantes.

(Nota Infoleg: Por art. 5° de la Resolución N° 869/2017 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 15/09/2017 se prorroga hasta las VEINTITRÉS HORAS CINCUENTA Y NUEVE MINUTOS (23:59 horas) del día martes 31 de octubre de 2017 inclusive, la fecha de cierre a la convocatoria al “CONCURSO NACIONAL DE SERIES DE FICCIÓN Y DOCUFICCIÓN - PRIMERA EDICIÓN 2017”)

ARTÍCULO 3°.- Cada uno de los proyectos ganadores recibirá hasta el SETENTA POR CIENTO (70%) del monto del presupuesto presentado y aprobado por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES con un tope máximo de pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL ($ 5.320.000.-), todo ello conforme los requisitos y condiciones establecidos en las bases y condiciones del concurso.

ARTÍCULO 4º.- Apruébense las bases y condiciones del “CONCURSO NACIONAL DE SERIES DE FICCIÓN Y DOCUFICCIÓN - PRIMERA EDICIÓN 2017” que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución. Dichas bases y condiciones serán publicadas en el sitio web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES - http://www.incaa.gob.ar/

ARTÍCULO 5°.- La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de lo establecido en las bases y condiciones del mismo.

ARTÍCULO 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Haiek.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web del INCAA.

e. 28/07/2017 N° 53336/17 v. 28/07/2017