Resolución 494/2017
Buenos Aires, 25/07/2017
VISTO el Expediente N° 6276/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus
modificatorias, la Ley N° 26.522, el Decreto N° 1.225 del 31 de agosto
de 2010, y;
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es el organismo
encargado del fomento y regulación de la actividad cinematográfica en
todo el territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto
se refiere a la cinematografía nacional de acuerdo a las disposiciones
de la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto 2001) y sus modificatorias.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) se halla la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y premios.
Que en la Ley N° 26.522 y su Decreto reglamentario N° 1.225/2010 se
estableció la obligación del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES de promover y fomentar la producción de contenidos para
televisión estableciéndose sus modalidades y alcances por medio de la
actividad reglamentaria propia de este Organismo.
Que, a los fines mencionados, se considera conducente llamar a un
concurso el cual recibirá la denominación de “CONCURSO NACIONAL DE
SERIES DE FICCIÓN Y DOCUFICCIÓN - PRIMERA EDICIÓN 2017”.
Que resulta necesario el establecimiento de los requisitos y el
procedimiento correspondientes a fin de hacer efectivo el trámite
concursal.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES considera
oportuno llamar a concurso a productores que residan en el Territorio
Nacional a presentar propuestas escritas y audiovisuales de una serie
de ficción o docuficción inédita en episodios.
Que los presentantes al concurso deberán haber producido y estrenado,
al menos, TRES (3) series de OCHO (8) o más episodios de ficción,
docuficción o documental, o TRES (3) largometrajes de ficción,
docuficción o documental, o DOS (2) series de OCHO (8) o más episodios
y UN (1) largometraje de ficción, docuficción o documental, o UNA (1)
serie de OCHO (8) o más episodios y DOS (2) largometrajes de ficción,
docuficción o documental.
Que serán seleccionados DIEZ (10) PROYECTOS ganadores del concurso,
pudiendo ser proyectos de ficción o docuficción, conforme a las bases y
condiciones del concurso
Que con la finalidad de que el presente concurso aporte al acervo de
identidad nacional, provincial y regional se entiende oportuno,
financiar la producción de las series de ficción o docuficción, para lo
cual el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES otorgará,
hasta un SETENTA POR CIENTO (70%) del presupuesto del proyecto
presentado con un tope máximo de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS
VEINTE MIL ($ 5.320.000).-
Que el presentante de cada proyecto que resulte ganador del concurso
deberá firmar un contrato de instrumentación de premio con el INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES obligándose al cumplimiento de
todos los requerimientos que se explicitan en las bases y condiciones
del concurso.
Que la Gerencia de Producción de Contenidos y la Gerencia de Asuntos
Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES han
tomado la intervención que les compete.
Que la facultad para la aprobación de la siguiente medida se encuentra
prevista en la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los
Decretos N° 1536/2002 y N° 324/2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Llámese a participar al “CONCURSO NACIONAL DE SERIES DE
FICCIÓN Y DOCUFICCIÓN - PRIMERA EDICIÓN 2017” a productores que residan
en el Territorio Nacional de la República Argentina, con un antecedente
de haber producido y estrenado, al menos, TRES (3) series de OCHO (8) o
más episodios de ficción, docuficción o documental, o TRES (3)
largometrajes de ficción, docuficción o documental, o DOS (2) series de
OCHO (8) o más episodios y UN (1) largometraje de ficción, docuficción
o documental, o UNA (1) serie de OCHO (8) o más episodios y DOS (2)
largometrajes de ficción, docuficción o documental.
ARTÍCULO 2°.- El presente concurso está destinado a presentar
propuestas escritas y audiovisuales de una serie de ficción o
docuficción inédita en episodios desde la publicación de esta
resolución hasta el 15 de septiembre de 2017 a las 23:59 horas. Dichas
propuestas deberán consistir en la realización de una serie de ficción
o docuficción compuesta como mínimo por CUATRO (4) episodios de entre
VEINTICUATRO (24) y CUARENTA Y OCHO (48) minutos de duración cada uno,
incluyendo títulos y rodantes.
(Nota Infoleg: Por art. 5° de la Resolución N° 869/2017 del
Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 15/09/2017 se
prorroga hasta las VEINTITRÉS HORAS CINCUENTA Y NUEVE MINUTOS (23:59
horas) del día martes 31 de octubre de 2017 inclusive, la fecha de
cierre a la convocatoria al “CONCURSO NACIONAL DE SERIES DE FICCIÓN Y
DOCUFICCIÓN - PRIMERA EDICIÓN 2017”)
ARTÍCULO 3°.- Cada uno de los proyectos ganadores recibirá hasta el
SETENTA POR CIENTO (70%) del monto del presupuesto presentado y
aprobado por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES con un
tope máximo de pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL ($
5.320.000.-), todo ello conforme los requisitos y condiciones
establecidos en las bases y condiciones del concurso.
ARTÍCULO 4º.- Apruébense las bases y condiciones del “CONCURSO NACIONAL
DE SERIES DE FICCIÓN Y DOCUFICCIÓN - PRIMERA EDICIÓN 2017” que como
Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución. Dichas
bases y condiciones serán publicadas en el sitio web del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES - http://www.incaa.gob.ar/
ARTÍCULO 5°.- La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de lo establecido en las bases y condiciones
del mismo.
ARTÍCULO 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Haiek.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web del INCAA.
e. 28/07/2017 N° 53336/17 v. 28/07/2017