MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 236-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2017
VISTO el Expediente Nº 1.723.264/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la
RESOL-2016-800-E-APN-SSRL#MT, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 9/10 del Expediente N° 1.723.264/16 obran las escalas
salariales pactadas entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE
COOPERATIVAS Y MUTUALIDADES DE SEGUROS, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE
COMPAÑÍAS DE SEGUROS, la UNIÓN DE ASEGURADORAS DE RIESGOS DE TRABAJO,
los ASEGURADORES DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la ASOCIACIÓN
DE ASEGURADORES ARGENTINOS, por la parte empleadora, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 264/95, conforme lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el
artículo 1° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº
1456/16, conforme surge de fojas 74/76 y 80, respectivamente.
Que a fojas 6/7 del Expediente N° 1.723.265/16 agregado como fojas 57
al Expediente N° 1.723.264/16, obran las escalas salariales pactadas
entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte
sindical y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE COOPERATIVAS Y MUTUALIDADES DE
SEGUROS, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE COMPAÑÍAS DE SEGUROS, la UNIÓN DE
ASEGURADORAS DE RIESGOS DE TRABAJO, los ASEGURADORES DEL INTERIOR DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA y la ASOCIACIÓN DE ASEGURADORES ARGENTINOS, por la
parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº
264/95, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº
14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el
artículo 2° de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº
1457/16, conforme surge de fojas 74/76 y 80, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976)
y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las
remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos
considerados.
Que se ha efectuado la intervencion que corresponde realizando el
análisis técnico legal conforme IF-2017-13476842-APN-DNREGT#MT por el
cual se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados
para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la
presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se
comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de
Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y por la Decisión
Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1° de la
RESOL-2016-800-E-APN- SSRL#MT y registrado bajo el Nº 1456/16,
suscripto entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por
la parte sindical y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE COOPERATIVAS Y
MUTUALIDADES DE SEGUROS, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE COMPAÑÍAS DE
SEGUROS, la UNIÓN DE ASEGURADORAS DE RIESGOS DE TRABAJO, los
ASEGURADORES DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la ASOCIACIÓN DE
ASEGURADORES ARGENTINOS, por la parte empleadora, conforme al detalle
que, como ANEXO I IF-2017-13482995-APN-DNREGT#MT, forma parte
integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la
RESOL-2016-800-E-APN- SSRL#MT y registrado bajo el Nº 1457/16,
suscripto entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por
la parte sindical y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE COOPERATIVAS Y
MUTUALIDADES DE SEGUROS, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE COMPAÑÍAS DE
SEGUROS, la UNIÓN DE ASEGURADORAS DE RIESGOS DE TRABAJO, los
ASEGURADORES DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la ASOCIACIÓN DE
ASEGURADORES ARGENTINOS, por la parte empleadora, conforme al detalle
que, como ANEXO II IF-2017-13483353-APN-DNREGT#MT, forma parte
integrante de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN para
la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe
promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 4º.- Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda correspondiente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Maria Julia Delgado.
ANEXO I
Partes Signatarias: SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA C/
ASOCIACIÓN ARGENTINA DE COOPERATIVAS Y MUTUALIDADES DE SEGUROS,
ASOCIACIÓN ARGENTINA DE COMPAÑÍAS DE SEGUROS; UNIÓN DE ASEGURADORAS DE
RIESGOS DE TRABAJO; ASEGURADORES DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA; ASOCIACIÓN DE ASEGURADORES ARGENTINOS
CCT N° 264/95
Acuerdo Nº 1456/16
Alcance: General
Fecha de entrada en vigencia | Promedio de las Remuneraciones | Tope indemnizatorio Resultante |
01/10/2016 | $ 26.986,45 | $ 80.959,35 |
Alcance: Zona Desfavorable
Fecha de entrada en vigencia | Promedio de las Remuneraciones | Tope indemnizatorio Resultante |
01/10/2016 | $ 32.383,74 | $ 97.151,22 |
IF-2017-13482995-APN-DNREGT#MT
ANEXO II
Partes Signatarias: SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA C/
ASOCIACIÓN ARGENTINA DE COOPERATIVAS Y MUTUALIDADES DE SEGUROS;
ASOCIACIÓN ARGENTINA DE COMPAÑÍAS DE SEGUROS; UNIÓN DE ASEGURADORAS DE
RIESGOS DE TRABAJO; ASEGURADORES DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA; ASOCIACIÓN DE ASEGURADORES ARGENTINOS
CCT N° 264/95
Acuerdo Nº 1457/16
Alcance: General
Fecha de entrada en vigencia | Promedio de las Remuneraciones | Tope indemnizatorio Resultante |
01/06/2016 | $ 24.107,96 | $ 72.323,88 |
Alcance: Zona Desfavorable
Fecha de entrada en vigencia | Promedio de las Remuneraciones | Tope indemnizatorio Resultante |
01/06/2016 | $ 28.785,55 | $ 86.356,65 |
IF-2017-13483353-APN-DNREGT#MT
Expediente N° 1.723.264/16
Buenos Aires, 12 de julio de 2017
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 236/17 se ha
tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 379/17 T. — Luciana
Fernanda Salazar Rizzo, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
e. 01/08/2017 N° 53171/17 v. 01/08/2017