AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 207-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/07/2017

VISTO el Expediente EX-2017-10185248-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 del 9 de agosto de 2012, 1.416 del 18 de septiembre de 2013 y 2.670 del 1 de Diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, tendiente a la asignación en uso de sectores del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL ubicado en la Avenida Revolución Libertadora S/Nº – Alto Alegre S/Nº – Avenida Fuerza Aérea Argentina S/Nº, de la Localidad de CÓRDOBA, Departamento CAPITAL, Provincia de CÓRDOBA, correspondientes al CIE: 14-0003974-3, identificado catastralmente como 11-01-01-07-25-001-0004, con una superficie de terreno aproximada a ceder de CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (464.944 M2), en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO; al CIE: 14-0004222-1, identificado catastralmente como 11-01-01-07-17-001- S/Nº PARCELA, con una superficie de terreno aproximada a ceder de TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (36.275 M2), en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA; al CIE:14-0003985-9, identificado catastralmente como 11-01-01-07-17-001-00001, con una superficie de terreno aproximada a ceder de OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS(85.370 m2), en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA; al CIE: 14-0003983-2, identificado catastralmente como 11-01-01-07-17-003-00001 (PARTE), con una superficie de terreno aproximada a ceder de TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (33.934 M2), en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA; al CIE: 14-0003981-6, identificado catastralmente como 11-01-01-07-17-004-00001 (PARTE), con una superficie de terreno aproximada a ceder de CATORCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (14.485 M2), en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA; y al CIE: 14-0003980-8 identificado catastralmente como 11-01-01-07-17-002-00004, con una superficie de terreno aproximada a ceder de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (148.750,43 m2), en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES S.A., según se detallan en el Croquis que como ANEXO (IF-2017-14914465-APN-DIYRI#AABE) forma parte integrante de la presente medida. (Considerando rectificado por art. 1° de la Resolución N° 111/2019 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado B.O. 28/03/2019)

Que la solicitud referida en el considerando precedente tiene por objeto destinar dichos sectores a la ejecución de la obra Cierre Ruta Nacional A-019 (Avenida de Circunvalación a la Ciudad de CÓRDOBA), conforme lo estipulado en el Convenio Marco suscripto entre el ESTADO NACIONAL a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD y la Provincia de CÓRDOBA.

Que por el IF-2017-00516218-APN-DNIEI#MD del 12 de enero de 2017 la DIRECCIÓN NACIONAL DE INMUEBLES E INFRAESTRUCTURA del MINISTERIO DE DEFENSA se dirige a esta Agencia expidiéndose sobre la posible disolución de la Guarnición Aérea Córdoba como conjunto interorgánico de la Defensa.

Que por nota NO-2017-07053681-APN-DNP#AABE de fecha 21 de abril de 2017 dirigida a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD se puso en conocimiento las diferentes problemáticas referidas a la presente obra, donde se produciría la disgregación de la Guarnición Militar Córdoba.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD mediante nota NO-2017-13630892-APN-DNV#MTR del 6 de julio de 2017 informó que los diferentes tramos se ajustarán cuando se elaboren los respectivos proyectos ejecutivos, y que de acuerdo a lo consultado a la Provincia de CÓRDOBA la misma estima que las afectaciones serán menores a lo solicitado y que en particular se tratará de minimizar las afectaciones de las mejoras, acorde a la nota presentada por el MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES del Gobierno de la Provincia de CÓRDOBA de fecha 23 de junio de 2017 mediante IF-2017-13778656-APN-DNP#AABE.

Que por nota NO-2017-14272445-APN-DIYRI#AABE del 13 de julio de 2017 esta Agencia se dirigió al MINISTERIO DE DEFENSA para poner en conocimiento la propuesta precedentemente efectuada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, para solucionar las diferentes problemáticas planteadas en el sector en estudio, por las cuales la Provincia de Córdoba tomará a su cargo cada una de las afectaciones sobre construcciones y/o mejoras en la futura traza.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO tiene, entre sus objetivos asignados por el citado Decreto Nº 1.382/12, la ejecución de las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL en uso, concesionados y desafectados, la gestión de la información del REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO, su evaluación y contralor, la fiscalización permanente de la actividad inmobiliaria estatal y la intervención en toda operación inmobiliaria de la totalidad de las Jurisdicciones y Entidades que conforman el SECTOR PÚBLICO NACIONAL.

Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 23 del ANEXO del Decreto Nº 2.670/15, establecen que la asignación y transferencia de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL a todo organismo integrante del Sector Público Nacional en los términos del Artículo 8º de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, así como a Universidades Nacionales, serán dispuestas por resolución de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Qué asimismo, el citado artículo 23 del ANEXO del Decreto Nº 2.670/15 dispone que los organismos de revista cursarán los pedidos de asignación o transferencia de uso de inmuebles por ante la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, la cual efectuará los estudios de factibilidad, previa fiscalización conforme los incisos 5 y 6 del artículo 8° del Decreto N° 1.382/12 y su modificatorio. Luego de efectuados los estudios de factibilidad se comunicará al organismo solicitante, el rechazo de su pedido o, en su caso, se dispondrá la asignación en uso, registrándose a tal efecto el cambio de Jurisdicción o Entidad.

Que por su parte, el inciso 19 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12, sustituido por el artículo 4º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 36 del ANEXO del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del citado Decreto Nº 1.382/12, facultan a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO a desafectar aquellos bienes inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL que se encontraren en uso y/o concesionados, cuando de su previa fiscalización resultare la falta de afectación específica, uso indebido, subutilización o estado de innecesariedad, teniendo en consideración las competencias, misiones y funciones de la repartición de origen, como así también, la efectiva utilización y/u ocupación de los mismos.

Que el artículo 37 del citado ANEXO del Decreto Nº 2.670/15 establece que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO considerará inmuebles pasibles de ser desafectados por presentar “falta de afectación específica, uso indebido, subutilización o estado de innecesariedad”, a aquellos inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL comprendidos en alguno de los supuestos, no taxativos, que a continuación se detallan: 1) Que no se encontraren afectados a ningún organismo; 2) Que no sean necesarios para la gestión específica del servicio al que están afectados; 3) No afectados al uso operativo de los concesionarios de los servicios públicos; 4) Los utilizados parcialmente en la parte que no lo fueran, encontrándose la Agencia facultada para efectuar la mensura o el deslinde necesario; 5) Los arrendados o concedidos en custodia a terceros, con los alcances del artículo 13 del Decreto N° 1.382/12 y su modificatorio; 6) Los inmuebles fiscales intrusados; y 7) Los concedidos en uso precario a las entidades previstas en el artículo 53 de la Ley de Contabilidad.

Que existe una importante cantidad de bienes inmuebles dentro del universo en uso, desafectados y concesionados, que al momento se hallan subutilizados o sin destino útil en las diferentes jurisdicciones dependientes del ESTADO NACIONAL, resultando menester la optimización de su gestión.

Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el ámbito de esta Agencia, con el objeto de verificar las condiciones de ocupación del predio en cuestión, surge que el sector identificado con el CIE 14-0003974-3 se encuentra libre y desocupado salvo un sector donde existe una vivienda ocupada, el correspondiente al CIE 14-0004222-1 y CIE 14-0003985-9 se encuentra libre y desocupado salvo un sector con una planta de bombeo y cisternas de agua que abastece a todos los organismos de la FUERZA AÉREA, el correspondiente al CIE 14-0003983-2 y CIE 14-0003981-6 con una vivienda precaria usurpada, cocheras del Área Logística y una vivienda de 250 M2 del Director de la Escuela de Suboficiales y en el sector correspondiente al CIE 14-0003980-8 se encuentra la pista de aterrizaje de FADEA. Por debajo de esta fracción corren cañerías troncales cloacales que vienen del Bº Aeronáutico y otras dependencias. En este sentido, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD realizará toda actividad tendiente a la relocalización de las viviendas como a la adecuación de la planta de bombeo y cisternas de agua, la pista de aterrizaje de FADEA y las cañerías troncales cloacales.

Que entre tales bienes se encuentran los sectores solicitados por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, los cuales revisten en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA y FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES S.A.

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia y en virtud de las facultades conferidas a esta Agencia, resulta procedente desafectar de la jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA y FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES S.A., los sectores en cuestión y asignarlos en uso al MINISTERIO DE TRANSPORTE -DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, a fin de destinarlos a la ejecución de la obra Cierre Ruta Nacional A-019 (Avenida de Circunvalación a la Ciudad de CÓRDOBA), conforme lo estipulado en el Convenio Marco suscripto con la Provincia de CÓRDOBA.

Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo, con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas.

Que asimismo, el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 establece que todas las transferencias o asignaciones de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL deberán ser comunicadas en un plazo de CINCO (5) días hábiles contados a partir del dictado de la resolución que así lo disponga, a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, para su correspondiente registro.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.

Por ello,

EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Desaféctase de la jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA los sectores del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL ubicados en la Avenida Revolución Libertadora S/Nº – Alto Alegre S/Nº – Avenida Fuerza Aérea Argentina S/Nº, de la Localidad de CÓRDOBA, Departamento CAPITAL, Provincia de CÓRDOBA, correspondientes al CIE: 14-0004222-1, identificado catastralmente como 11-01-01-07-17-001- S/Nº PARCELA, con una superficie de terreno aproximada a ceder de TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (36.275 M2); CIE:14-0003985-9, identificado catastralmente como 11-01-01-07-17-001-00001, con una superficie de terreno aproximada a ceder de OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS (85.370 M2), CIE: 14-0003983-2, identificado catastralmente como 11-01-01-07-17-003-00001 (PARTE), con una superficie de terreno aproximada a ceder de TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (33.934 M2); CIE: 14-0003981-6, identificado catastralmente como 11-01-01-07-17-004-00001 (PARTE), con una superficie de terreno aproximada a ceder de CATORCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (14.485 M2); del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO el correspondiente al correspondientes al CIE: 14-0003974-3, identificado catastralmente como 11-01-01-07-25-001-0004, con una superficie de terreno aproximada a ceder de CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (464.944 M2) y del MINISTERIO DE DEFENSA - FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES S.A., el correspondiente al CIE: 14-0003980-8 identificado catastralmente como 11-01-01-07-17-002-00004, con una superficie de terreno aproximada a ceder de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (148.750,43 m2), según se detalla en el Croquis que como ANEXO (IF-2017-14914465-APN-DIYRI#AABE) forma parte integrante de la presente medida. (Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 111/2019 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado B.O. 28/03/2019)

ARTÍCULO 2º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE TRANSPORTE – DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, los sectores mencionados en el Artículo 1º, a fin de destinarlos a la ejecución de la obra Cierre Ruta Nacional A-019 (Avenida de Circunvalación a la Ciudad de CÓRDOBA), conforme lo estipulado en el Convenio Marco suscripto con la Provincia de CÓRDOBA.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al MINISTERIO DE DEFENSA, al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA, a la FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES S.A., al MINISTERIO DE TRANSPORTE y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.

ARTÍCULO 5º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ramon Maria Lanus. — Pedro Villanueva.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 04/08/2017 N° 55230/17 v. 04/08/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO

(Anexo sustituido por art. 2° de la Resolución N° 111/2019 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado B.O. 28/03/2019)

CROQUIS DE UBICACIÓN

PROVINCIA: CÓRDOBA

DEPARTAMENTO: CAPITAL

LOCALIDAD: CÓRDOBA

UBICACIÓN: AV. REVOLUCIÓN LIBERTADORA S/N – ALTO ALEGRE S/N – AV. FUERZA AÉREA ARGENTINA S/N

CIE 1: 14-0003974-3

SUPERFICIE DE TERRENO APROXIMADA A CEDER: 464.944 m2

CIE 2: 14-0004222-1

SUPERFICIE DE TERRENO APROXIMADA A CEDER: 36.275 m2

CIE 3: 14-0003985-9

SUPERFICIE DE TERRENO APROXIMADA A CEDER: 85.370 m2

CIE 4: 14-0003983-2

SUPERFICIE DE TERRENO APROXIMADA A CEDER: 33.934 m2

CIE 5: 14-0003981-6

SUPERFICIE DE TERRENO APROXIMADA A CEDER: 14.485 m2

CIE 6: 14-0003980-8

SUPERFICIE DE TERRENO APROXIMADA A CEDER: 148.750,43 m2