MINISTERIO DE TRANSPORTE
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS
Resolución 90-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2017
VISTO el Expediente N° 5218/2016 del registro de esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución AGPSE N° 17/2014 se aprobó el Procedimiento
denominado “Solicitud de Atraque de Buques” y el “Manual del Usuario
e-PuertoBUE” que, como ANEXO I, forma parte de esa resolución.
Que, en tal sentido, se han realizado modificaciones que permitirán
obtener información operativa en tiempo real y que posibilitará, en el
futuro próximo, una mayor integración del mismo con el ERP (Enterprise
Resource Planning - Planificación de Recursos Empresariales) de la
empresa, optimizando de esta manera la liquidación y facturación de los
servicios portuarios.
Que las modificaciones se encuentran finalizadas, testeadas y operativas en su totalidad.
Que resulta urgente y necesario la optimización del entorno
administrativo y operativo que rodea al sistema, a los efectos de
obtener de él el mayor rendimiento posible y una absoluta
confiabilidad, tanto para esta Administración como para la comunidad
logística que lo utiliza.
Que, actualmente, los usuarios del sistema e-PuertoBUE pueden descargar
el “Manual del Usuario e-PuertoBUE” en forma directa desde la
plataforma, obteniendo de esa forma la última versión actualizada.
Que se tomarán los recaudos para realizar la capacitación
correspondiente a los usuarios involucrados en la plataforma en
cuestión.
Que la plataforma de servicios denominada e-PuertoBue es de vital
importancia para esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL
ESTADO.
Que la misma se encuentra operativa desde abril del 2011 y es utilizada
intensamente por los actores que conforman la comunidad logística del
Puerto BUENOS AIRES.
Que una de las premisas del proyecto es el reemplazo de la
documentación en papel por documentos electrónicos que se archivarán en
las bases de datos del sistema.
Que la presente Resolución sentará precedente para la informatización
de los procesos administrativos que permitan acelerar los trámites y la
eliminación de la documentación en papel innecesaria, con el fin de
contar con una VENTANILLA ÚNICA para la Comunidad y los Ciudadanos que
requieren de los servicios de esta Administración.
Que para la revisión del procedimiento denominado “Registración de
operaciones y datos de buques en Puerto Buenos Aires” han intervenido
la GERENCIA OPERACIONES y la GERENCIA ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS, en el
marco de sus competencias y sin formular observaciones.
Que la ASESORÍA JURIDICA y la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA han tomado la intervención que les compete.
Que el suscripto, en uso de las facultades conferidas por los Artículos
2º y 3º de la Ley Nº 23.696, por el Estatuto Orgánico aprobado por el
Decreto Nº 1456/87, por el Decreto Nº 19/03 y por el Decreto Nº 528/16,
está facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento AGP-PRO-040 denominado
“Registración de datos de buques y operaciones en Puerto Buenos Aires”
que, como ANEXO I (IF-2017-15505801-APN- AGP#MTR), forma parte de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Derógase el Procedimiento denominado “Solicitud de
Atraque de Buques”, aprobado en el artículo 1° de la Resolución AGPSE
N° 17/14.
ARTÍCULO 3º.- Derógase el inciso b) del artículo 1° del ANEXO I de la Resolución AGPSE N° 52/2016.
ARTÍCULO 4°.- Por la GERENCIA DE ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS, capacítese a
todos los actores involucrados para la correcta utilización de la
plataforma.
ARTÍCULO 5.- Instrúyase a la GERENCIA DE ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS para
que mantenga actualizados los “Manuales de Usuario e-PuertoBUE” que los
usuarios descargan de la plataforma.
ARTÍCULO 6°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de
los SESENTA (60) días de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese y, por la SECRETARÍA GENERAL, notifíquese a
todas las Dependencias, al CENTRO DE NAVEGACIÓN, a las TERMINALES
PORTUARIAS que operan en el Puerto BUENOS AIRES y a la PREFECTURA NAVAL
ARGENTINA, publíquese por el término de UN (1) día en el Boletín
Oficial. Cumplido, archívese. — Gonzalo Mórtola.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 04/08/2017 N° 55027/17 v. 04/08/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)