MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 272-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2017

VISTO el Expediente Nº 236-647.064/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, el Decreto N° 1759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 1991), la RESOL-2016-969-E-APN-SECT#MT, la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 307 del 20 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3º de la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 307 del 20 de mayo de 2016 se fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo N° 241/16, celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚLICA ARGENTINA y la empresa SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, homologado por el artículo 3º de la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Nº 225 del 14 de abril de 2016.

Que se advierte que en el cálculo del promedio de las remuneraciones correspondiente al Acuerdo Nº 241/16, se incurrió en un error material al multiplicar los importes de los básicos horarios por 200 horas de trabajo cuando debió hacerse por 183,75.

Que con el fin de subsanar dicho error material, corresponde proceder a rectificar el precitado acto administrativo en los términos del artículo 101 del Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991), reemplazando el Anexo III de la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 307 del 20 de mayo de 2016, por el ANEXO I IF-2017-11530666-APN-DNREGT#MT que forma parte de la presente.

Que cabe destacar que la Disposición D.N.RR.T N° 307/16 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que a fojas 23 del Expediente N° 236-647.064/16 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 26/90 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la RESOL-2016-969-E-APN- SECT#MT y registrado bajo el Nº 1564/16, conforme surge de fojas 53/54 y 57, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que la Dirección de Normativa Laboral ha tomado la intervención que corresponde realizando el análisis técnico legal conforme IF-2017-11485009-APN-DNL#MT por el cual se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1.759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 1991) y por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Reemplázase el Anexo III de la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 307 del 20 de mayo de 2016 por el ANEXO I IF-2017-11530666-APN-DNREGT#MT que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la RESOL-2016-969-E-APN-SECT#MT y registrado bajo el Nº 1564/16, suscripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO II IF-2017-11532099-APN-DNREGT#MT, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que tome conocimiento de la presente medida en relación con el promedio de las remuneraciones fijado por el artículo 3º de la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 307 del 20 de mayo de 2016 que se rectifica por la presente medida correspondiente al Acuerdo N° 241/16 y registre el importe del promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 4º.- Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda correspondiente.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Maria Julia Delgado.

ANEXO I

Partes Signatarias: SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR c/ SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

CCT Nº 26/90 E

Acuerdo Nº 241/16

Fecha de entrada en vigenciaPromedio de las RemuneracionesTope indemnizatorio Resultante
01/01/2015$ 15.655,81$ 46.967,43

IF-2017-11530666-APN-DNREGT#MT

ANEXO II

Partes Signatarias: SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR c/ SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

CCT Nº 26/90 E

Acuerdo Nº 1564/16

Fecha de entrada en vigenciaPromedio de las RemuneracionesTope indemnizatorio Resultante
01/04/2015$ 16.779,72$ 50.339,16

IF-2017-11532099-APN-DNREGT#MT

Expediente N° 647.064/15

Buenos Aires, 19 de julio de 2017

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 272/17 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 408/17 T. — Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

e. 04/08/2017 N° 55298/17 v. 04/08/2017