Decreto 617/2017
Declaración.
Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2017
VISTO el Expediente N° 14.023/15 del MINISTERIO DE CULTURA, por el que
se propone la declaratoria del conjunto formado por la Iglesia
parroquial y basílica menor dedicada a Nuestra Señora de La Piedad del
Monte Calvario y del Pasaje de la Piedad, ubicados respectivamente en
la calle BARTOLOMÉ MITRE Nº 1502/24/34 y Bartolomé MITRE Nros. 1525,
1529, 1531, 1541, 1543 y 1545, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y
CONSIDERANDO:
Que en los terrenos donde hoy se levanta la Iglesia parroquial y
basílica menor dedicada a Nuestra Señora de La Piedad del Monte
Calvario, existía a mediados del siglo XVIII un oratorio perteneciente
a don Manuel GÓMEZ, un portugués acaudalado que solicitó permiso para
celebrar misa en él los días festivos.
Que algunos años después, construyó allí una iglesia de material -en la
que se veneraba una imagen de Nuestra Señora de La Piedad del Monte
Calvario- con un pequeño camposanto anexo, donde fue sepultada
originalmente la Beata María Antonia DE PAZ Y FIGUEROA.
Que, luego de la demolición del antiguo templo colonial en el año 1866,
se iniciaron las obras de la nueva iglesia, proyectada por los
arquitectos Nicolás y José CANALE, y la colaboración de Carlos Enrique
PELLEGRINI como ingeniero consultor.
Que, tras el fallecimiento de los arquitectos CANALE, los sucedió el
arquitecto Juan Antonio BUSCHIAZZO, y el edificio -un ejemplo relevante
de la arquitectura italianizante de inspiración neorrenacentista- fue
concluido en el año 1895.
Que la planta, de casi SESENTA Y OCHO (68) metros de longitud por
TREINTA Y TRES (33) metros de ancho, tiene TRES (3) naves con doble
crucero, cuyo eje principal culmina en UN (1) ábside semicircular, una
cúpula vaina de DIEZ (10) metros de diámetro, otro arco fajón, y una
segunda cúpula que debía ser vaina pero fue modificada con acuerdo del
ingeniero PELLEGRINI en forma de medio punto sobre tambor, en tanto que
en los muros laterales se alternan las capillas en correspondencia con
los sucesivos tramos.
Que el altar mayor, en mármol de Carrara, exhibe un grupo que
representa la escena de la Pietá, copia del existente en la Ciudad de
SIENA, REPÚBLICA ITALIANA, y en un sector lateral de la nave derecha
está emplazado desde el año 1913 el sepulcro de la Beata María Antonia
DE PAZ Y FIGUEROA.
Que en un pequeño patio interior se conserva una cruz de la antigua
iglesia colonial, fabricada con planchuelas ortogonales de hierro
forjado y cincelado, y ornamentada con planchuelas más delgadas.
Que en la fachada principal -simétrica y coronada por DOS (2) torres-
la puerta principal y las DOS (2) laterales quedan retiradas merced a
un pórtico hexástilo del orden corintio, con las columnas de los
extremos apareadas, y las del centro formando TRES (3) intercolumnios
regulares.
Que la sacristía -que conserva en su interior mobiliario antiguo de
gran valor- es por su espacialidad, planteo formal y suntuosidad, una
de las más importantes del país.
Que el PASAJE DE LA PIEDAD -cuyo ingreso sobre la calle Bartolomé MITRE
hace eje visual con la torre derecha del templo- fue construido entre
los años 1888 y 1900 por don Arturo GRAMAJO con propósitos originales
de renta.
Que la Iglesia y el Pasaje exhiben rasgos unitarios eclécticos, con
referencias al lenguaje italiano y francés, conformando un sector
urbano dotado de singularidad y autenticidad en el contexto de la
ciudad.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS aconseja su declaratoria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la debida intervención.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el
artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y el artículo 1º
ter, inciso b) de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase monumento histórico nacional al Conjunto
integrado por la Iglesia parroquial y basílica menor dedicada a Nuestra
Señora de La Piedad del Monte Calvario, ubicada en la calle Bartolomé
MITRE Nº 1502/24/34, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (Datos
catastrales: Circunscripción 14, Sección 5, Manzana 19, Parcela 1a) y
el Pasaje de la Piedad, ubicado en la calle Bartolomé MITRE Nros. 1525,
1529, 1531, 1541, 1543 y 1545, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
(Datos catastrales: Circunscripción 14, Sección 5, Manzana 20, Parcela
22d).
ARTÍCULO 2°.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE
BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos
en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las
normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones
correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alejandro Pablo
Avelluto.
e. 08/08/2017 N° 56961/17 v. 08/08/2017