MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
Disposición 40-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2017
VISTO el Expediente N° S01:0217660/2017 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 293 de fecha 25 de septiembre de 2008 de la ex
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN reglamenta los requisitos para
efectuar la presentación de una solicitud de examen final por
expiración del período de vigencia, como también la oportunidad en que
la misma debe realizarse.
Que en virtud del plazo de TRES (3) meses, previsto por el Artículo 3º
de la resolución citada, resulta conveniente dar a conocer, con
antelación a dicho plazo, la fecha de vencimiento para la presentación
de la solicitud de examen final por expiración del período de vigencia.
Que el referido artículo, establece que la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA
Y GESTIÓN COMERCIAL dependiente de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN dará a conocer semestralmente, mediante una
disposición a ser publicada en el Boletín Oficial, la nómina de medidas
a vencer, según lo indicado en el Anexo IV que forma parte integrante
de la citada resolución.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente disposición se dicta en uso de las facultades
conferidas por el Decreto N° 1.393 de fecha 2 de septiembre de 2008 y
el Artículo 3° de la Resolución N° 293/08 de la ex SECRETARÍA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE COMERCIO EXTERIOR
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Dase a conocer la nómina de las medidas impuestas, cuyo
vencimiento se encuentra incluido en el Artículo 3° de la Resolución N°
293 de fecha 25 de septiembre de 2008 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, las cuales se detallan en el Anexo que, como
IF-2017-12218860-APN-SSCE#MP, forma parte integrante de la presente
disposición.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Shunko Rojas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 08/08/2017 N° 55966/17 v. 08/08/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2017-12218860-APN-SSCE#MP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 22 de Junio de 2017
Referencia: EXP-S01:0217660/2017 - ANEXO - DISPOSICIÓN EN VIRTUD DE LA RESOLUCIÓN 293-2008
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.