MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL
TRABAJO
Disposición 273-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2017
VISTO el Expediente Nº 225-152.309/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, el Decreto N° 1.759 del
3 de abril de 1972 (t.o. 1991), la RESOL-2016-914-E-APN-SECT#MT y la
Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 218
del 22 de diciembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/4 del Expediente N° 225-152.309/15 obran las escalas
salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE
AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la parte sindical y la empresa CACHI
VALLE AVENTURA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco
del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 842/07 “E”, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la
RESOL-2016-914-E-APN-SECT#MT y registrado bajo el Nº 1523/16, conforme
surge de fojas 38/39 y 42, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976)
y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las
remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos
considerados.
Que la Dirección de Normativa Laboral ha tomado la intervención que
corresponde realizando el análisis técnico legal conforme
IF-2017-11514499-APN-DNL#MT por el cual se indican las constancias y se
explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual
de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio
resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que se ha advertido un error material en el Anexo de la Disposición de
la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 218 del 22 de
diciembre de 2014, por la que se fijaron los promedios de las
remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios
correspondientes al Acuerdo Nº 1586/14, vigentes a partir de junio y
noviembre de 2014, consignándose erróneamente “01/11/2015”, cuando
debió consignarse “01/11/2014”.
Que con el fin de subsanar dicho error material, corresponde proceder a
rectificar el precitado acto administrativo, reemplazando el Anexo de
la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO N°
218 del 22 de diciembre de 2014, por el ANEXO I
IF-2017-11565636-APN-DNREGT#MT que forma parte de la presente.
Que dicha rectificación resulta encuadrable en los términos del
artículo 101 de la Reglamentación del Procedimiento Administrativo,
aprobado por el Decreto N° 1759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 1991), el
cual establece que: “En cualquier momento podrán rectificarse los
errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la
enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión”.
Que, cabe destacar que la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
REGULACIONES DEL TRABAJO N° 218 del 22 de diciembre de 2014 conserva su
eficacia y demás efectos en lo que no resulta modificado por el
presente acto.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de
Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y el Decreto N° 1.759 del 3 de abril de
1972 (t.o. 1991) y sus modificatorias y por la Decisión Administrativa
N° 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Reemplazase el Anexo de la Disposición de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO N° 218 del 22 de diciembre de 2014
por el ANEXO I IF-2017-11565636-APN-DNREGT#MT que forma parte
integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por la
RESOL-2016-914-E-APN-SECT#MT, y registrado bajo el Nº 1523/16 suscripto
entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA),
por la parte sindical y la empresa CACHI VALLE AVENTURA SOCIEDAD
ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO
II IF-2017-11565942-APN-DNREGT#MT, forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN para
la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que tome conocimiento de
la presente medida en relación con el promedio de las remuneraciones
fijado por la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL
TRABAJO N° 218 del 22 de diciembre de 2014 que se rectifica por la
presente medida correspondiente al Acuerdo N° 1586/14 y registre el
importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto.
ARTÍCULO 4º.- Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda correspondiente.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Maria Julia Delgado.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 09/08/2017 N° 55758/17 v. 09/08/2017
(Nota
Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
Anexo
Número:
IF-2017-11565636-APN-DNREGT#MT
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 13 de Junio de 2017
Referencia: Expediente N°
225-152.309/15 - ANEXO I
Partes Signatarias: SINDICATO
DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO,
RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) C/ CACHI VALLE
AVENTURA SOCIEDAD ANÓNIMA
CCT Nº 842/07 “E”
Acuerdo Nº 1586/14
Dlgltally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR,
o=MINISTERIO DE
MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA,
serlalNumber=CUIT 30715117564
Date: 2017.06.13 14:36:40 -03'00'
María Julia Delgado
Directora Nacional
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Anexo
Número:
IF-2017-11565942-APN-DNREGT#MT
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 13 de Junio de 2017
Referencia: Expediente N°
225-152.309/15 - ANEXO II
Partes Signatarias: SINDICATO
DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO,
RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) C/ CACHI VALLE
AVENTURA SOCIEDAD ANÓNIMA
CCT Nº 842/07 “E”
Acuerdo Nº 1523/16
Dlgltally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR,
o=MINISTERIO DE
MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA,
serlalNumber=CUIT 30715117564
Date: 2017.06.13 14:38:11 -03'00'
María Julia Delgado
Directora Nacional
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Expediente N° 152.309/15
Buenos Aires, 19 de julio de 2017
De confornnidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 273/17 se ha
tomado razon del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado bajo el numero
411/17 T.-