MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 546-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2017
VISTO el Expediente Nº 1.758.459/17 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las referidas actuaciones se dictó la Resolución 2017-545-APN-SECT#MT, de fecha 04 Mayo de 2017.
Que cabe advertir que se cometió un error involuntario al omitir en el
considerando segundo de dicha Resolución, enunciar el adicional
rotulado como “Función Estadística”, el cual deberá quedar redactado de
la siguiente forma: Que mediante el referido acuerdo las partes pactan
el pago, con carácter provisorio y extraordinario, en carácter de un
adicional rotulado como Función Estadística.”
Que corresponde agregar como considerando: “Que asimismo convienen el
tratamiento del diseño definitivo de liquidación del referido nuevo
adicional “Función Estadística” en el ámbito natural de la negociación
paritaria general.”
Que con el fin de subsanar las precitadas omisiones y a fin de evitar
futuras confusiones, corresponde emitir el pertinente acto
administrativo, adecuando el texto oportunamente dictado a las
rectificaciones mencionadas.
Que se destaca que la enmienda a efectuarse en la aludida RESOLUCIÓN no
implica alteración de la sustancia de dicho acto administrativo.
Que en consecuencia se dicta la presente en los términos del artículo
101 del Decreto N° 1759/72, reglamentario de la Ley de Procedimientos
Administrativos N° 19.549 de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto 48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el considerando segundo de la Resolución
2017-545-APN-SECT#MT, de fecha 04 Mayo de 2017, el que quedará
redactado en los siguientes términos: “Que mediante el referido acuerdo
las partes pactan el pago, con carácter provisorio y extraordinario, en
carácter de un adicional rotulado como Función Estadística.”
ARTÍCULO 2°.- Agreguese el considerando: “Que asimismo convienen el
tratamiento del diseño definitivo de liquidación del referido nuevo
adicional “Función Estadística” en el ámbito natural de la negociación
paritaria general.”
ARTÍCULO 3°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación tome razón del presente acto administrativo
en relación a la Resolución 2017-545-APN-SECT#MT.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN
(U.P.C.N.) a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) y al
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS (INDEC). Cumplido, procédase
a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito de esta Resolución, las partes deberán proceder de
acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 11/08/2017 N° 56527/17 v. 11/08/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)