MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA

Disposición 2-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2017

VISTO el Expediente EX-2017-11141753- -APN-CME#MP, las Resoluciones Nros. 638 de fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, 369 de fecha de 12 de mayo de 2017 y 516 de fecha 30 de junio de 2017 ambas de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Resolución N° 638 de fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se creó el “Programa de Desarrollo e Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e Innovación (PotenciAR)”, con el objetivo de promover el desarrollo de empresas con alto potencial de crecimiento, innovación e internacionalización que impulsen la mejora competitiva de uno o varios sectores productivos.

Que mediante la Resolución N° 369 de fecha 12 de mayo de 2017 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el Reglamento Operativo del “Programa de Desarrollo e Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e Innovación (PotenciAR)”, con el propósito de presentar los términos, condiciones y procedimientos que regirán su ejecución.

Que conforme surge del Reglamento Operativo mencionado en el considerando precedentemente, el programa funcionará en el marco de concursos abiertos cuya convocatoria y difusión se encuentran a cargo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que el monto total a ser ejecutado en la presente convocatoria asciende a PESOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($ 89.395.000), destinándose la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000) al beneficio de Subsidio de Tasa; importe transferido, en concepto de adelanto, al BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR (BICE), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en virtud de la Resolución N° 516 de fecha 30 de junio de 2017 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Resolución N° 369/17 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS.

Por ello,

SUBSECRETARIO DE GESTIÓN PRODUCTIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Convócanse a los interesados en acceder al “Programa de Desarrollo e Internacionalización de Empresas con Alto Potencial de Crecimiento e Innovación (PotenciAR)”, creado por la Resolución N° 638 de fecha 7 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a presentar la correspondiente solicitud de inclusión y la documentación pertinente, conforme las previsiones dispuestas en el Reglamento Operativo, aprobado por la Resolución N° 369 de fecha 12 de mayo de 2017 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que la vigencia de la convocatoria dispuesta en el artículo precedente, será desde su publicación en el Boletín Oficial hasta TREINTA (30) días corridos. La solicitud de inclusión podrá efectuarse mediante el módulo de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica –GDE- o mediante la presentación ante la Coordinación de Mesa de Entradas de la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, sita en la Avenida Presidente Julio Argentino Roca N° 651, planta baja, Sector 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días hábiles en el horario de NUEVE Y TREINTA a DIECISIETE (9:30 a 17:00) horas.

ARTÍCULO 3°.- El monto máximo de beneficio a otorgarse en concepto de Subsidio de Tasa y de Aportes No Reintegrables (ANR) no podrá exceder en su sumatoria a los PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) por Plan de Desarrollo e Internacionalización (PDI) aprobado. En ningún caso el monto total del Aporte No Reintegrables (ANR) podrá exceder a la suma de PESOS SIETE MILLONES ($ 7.000.000) por Plan de Desarrollo e Internacionalización (PDI).

ARTÍCULO 4°.- El monto total a ser ejecutado en la convocatoria asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($ 89.395.000), monto sujeto a disponibilidad presupuestaria. Destinándose la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000) al beneficio de Subsidio de Tasa, importe transferido al BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR (BICE), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($ 39.395.000) al beneficio de Aportes No Reintegrables (ANR).

ARTÍCULO 5°.- Establécese que el Comité Consultivo de Expertos (CCE) interviniente en la evaluación de los Planes de Desarrollo e Internacionalización (PDI) presentados en el marco de la convocatoria, conforme lo previsto en el Reglamento Operativo aprobado por la Resolución N° 369/17 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, estará integrado por las personas listadas en el Anexo que, como IF-2017-13651724-APN-SSGP#MP, forma parte integrante de la presente medida. Los miembros del Comité Consultivo de Expertos (CCE) no percibirán ningún honorario ni reconocimiento de gastos por su intervención en el mismo.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida en concepto de Aportes No Reintegrables (ANR) será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN - Servicio Administrativo Financiero 362 - Fuente de Financiamiento 1.1 Tesoro Nacional - Programa 43, Actividad 2, Partida Presupuestaria 5.1.9 Transferencia a Empresas, para el Ejercicio 2017.

ARTÍCULO 7°.- La presente disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Sergio Drucaroff.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 23/08/2017 N° 60496/17 v. 23/08/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)