ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Decreto 678/2017
Modificación. Decretos Nros. 357/2002
y 692/2016.
Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-07341043-APN-DDMYA#SGP, la Ley Nº
27.341, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios, 255 de fecha 24 de diciembre de 2015,
692 de fecha 18 de mayo de 2016 y sus modificatorios, y 513 de fecha 14
de julio de 2017; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 513 de fecha 14 de julio de 2017, modificatorio
de la Ley de Ministerios (t.o. Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias,
se suprimieron las competencias del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
DEPORTES en materia de deportes profesional y de alto rendimiento y
recreación.
Que por el Decreto N° 255/15 y su similar N° 692/16 y sus
modificatorios, se aprobó la conformación organizativa y el primer
nivel operativo, respectivamente de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN propicia
modificar su estructura organizativa a fin de optimizar el
funcionamiento de la misma, receptar lo señalado en la parte expositiva
del citado Decreto Nº 513/17, en cuanto a la necesidad de transferir
las competencias referidas al deporte profesional y de alto rendimiento
deportivo al ámbito de la precitada Secretaría, correspondiendo en
consecuencia incorporar, homologar y derogar diversas unidades, en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la citada Secretaría.
Que la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Transfiérese de la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN al
ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la
SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN, con sus unidades
organizativas dependientes, sus respectivas competencias, cargos,
niveles de Función Ejecutiva, dotaciones, créditos presupuestarios y
bienes, con excepción de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN FÍSICA y
sus unidades dependientes.
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto N° 357
de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios
—Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL
centralizada— el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el que quedará redactado de conformidad
con el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2017-17799448-APN-SGP)
al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo II al artículo 2° del Decreto N°
357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios -Objetivos-, el Apartado I correspondiente a la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el que quedará
conformado según el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente
artículo (IF-2017-17799497-APN-SGP) que forma parte integrante del
presente Decreto.
ARTÍCULO 4°.- Apruébase la conformación organizativa de la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de acuerdo con el organigrama
que como Anexo I (IF-2017-17799575-APN-SGP) forma parte integrante del
presente Decreto.
ARTÍCULO 5°.- Créase con dependencia directa de la SECRETARÍA DE
DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el
cargo extraescalafonario de Coordinador General de Comunicación
Estratégica de la Secretaría de Deportes, con rango y jerarquía de
Subsecretario, cuyas funciones se describen en la Planilla Anexa al
presente artículo (IF-2017-17799581-APN-SGP), que forma parte
integrante de la presente medida.
(Nota Infoleg: por art. 7° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020 se suprime el cargo extraescalafonario de Coordinador
General de Comunicación Estratégica de la Secretaría de Deportes,
creado por el artículo, con dependencia directa de la Ex SECRETARÍA DE DEPORTES de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y
jerarquía de Subsecretario)
ARTÍCULO 6°.- Créase con dependencia directa de la SECRETARÍA DE
DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el
cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de la Secretaría de
Deportes, con rango y jerarquía de Director Nacional y una remuneración
equivalente al Nivel A Grado 0 – Función Ejecutiva I del Régimen
Escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, el que
asistirá al Secretario de Deportes en el desarrollo de sus actividades.
ARTÍCULO 7º.- Apruébase la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE
DEPORTES, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y
Acciones que como Anexos I (IF-2017-17799608-APN-SGP) y II
(IF-2017-17799696-APN-SGP), forman parte integrante del presente
Decreto.
ARTÍCULO 8º.- Suprímese la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS
PRESIDENCIALES, entonces COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y
POLITICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE, que fuera creada por el artículo 2°
del Decreto N° 407 de fecha 16 de marzo de 2015.
ARTÍCULO 9º.- Asígnase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN la cantidad de UN (1) cargo vacante de planta permanente de la
reserva de cargos aprobada por el artículo 2º de la Decisión
Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017 y detallada en el Anexo II
(IF-2017-08148952-APN-MM) de dicha medida, en los términos del artículo
2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017,
para ser aplicado a la creación de los cargos extraescalafonarios
dispuesta por los artículos 5º y 6º de la presente medida, conforme
Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-17799858-APN-SGP), que
forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 10.- Sustitúyense los Anexos Ia, Ib, Ic, Id, y Ie –
Organigramas- aprobados por el Decreto N° 692 del 18 de mayo de 2016,
sus modificatorios y complementarios, de conformidad con las planillas
Anexas al presente artículo Ia (IF-2017-17799974-APN-SGP), Ib
(IF-2017-17800102-APN-SGP), Ic (IF-2017-17800224-APN-SGP), Id
(IF-2017-17800298-APN-SGP) y Ie (IF-2017-17800354-APN-SGP) que forman
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 11.- Suprímense del Anexo II al artículo 8º del Decreto Nº 692
del 18 de mayo de 2016, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INSTITUCIONAL, dependiente de la
SUBSECRETARÍA GENERAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
ARTÍCULO 12.- Incorpóranse al Anexo II al artículo 8° del Decreto N°
692 del 18 de mayo de 2016, la Responsabilidad Primaria y Acciones de
la DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD OCUPACIONAL, de la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas con dependencia de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN, y de la ADMINISTRACIÓN DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE
CHAPADMALAL, con dependencia de la SUBSECRETARÍA GENERAL, todas ellas
dependientes de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
de conformidad con la planilla anexa al presente artículo
(IF-2017-17800375-APN-SGP), que forma parte integrante del presente
Decreto.
ARTÍCULO 13.- Sustitúyense del Anexo II al artículo 8º del Decreto N°
692 del 18 de mayo de 2016, las Acciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN y de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE OLIVOS, ambas
dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN y de la DIRECCIÓN
GENERAL DE AUDIENCIAS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
PRESIDENCIAL, todas ellas de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, conforme se detalla en la Planilla Anexa al presente
artículo (IF-2017-17800445-APN-SGP), que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 14.- Transfiérense el SECRETARIO PRIVADO, el SECRETARIO
ADJUNTO y el SECRETARIO ADSCRIPTO PARA ASUNTOS ESPECIALES, todos ellos
dependientes de la COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la
SECRETARÍA GENERAL a la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con
dependencia directa del Presidente de la Nación.
ARTÍCULO 15.- Facúltase al titular de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, previa intervención de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, a aprobar la estructura organizativa de nivel
inferior a la aprobada por el presente Decreto, la que deberá prever un
máximo de ONCE (11) Direcciones y TRES (3) Coordinaciones, las que a
través de dicho acto serán incorporadas, ratificadas u homologadas,
según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la
Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).
ARTÍCULO 16.- Asígnase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN la cantidad de TRECE (13) cargos vacantes de planta permanente
de la reserva de cargos aprobada por el artículo 2º de la Decisión
Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017 y detallada en el Anexo II
(IF-2017-08148952-APN-MM) de dicha medida, en los términos del artículo
2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017,
para ser aplicados a la estructura aprobada por los artículos 7º y 12 y
a la facultad concedida en el artículo 15 del presente Decreto,
correspondiendo asignarles Nivel A -TRES (3) cargos- y B -DIEZ (10)
cargos, según lo dispuesto en el artículo 20 del Anexo al Decreto Nº
2098/08 y sus modificatorios, conforme Planilla Anexa al presente
artículo (IF-2017-17800493-APN-SGP), que forma parte integrante de esta
medida.
ARTÍCULO 17.- Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador
de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, según el detalle obrante en las
Planillas Anexas al presente artículo (IF-2017-17800519-APN-SGP), que
forman parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 18.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas,
las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y
dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista
escalafonarios, funciones ejecutivas y los suplementos adicionales que
tuviera asignados previstos en el Decreto N° 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y modificatorios.
ARTÍCULO 19.- Establécese que el Jefe de Gabinete de Ministros
realizará las readecuaciones presupuestarias pertinentes para proveer
el financiamiento que demande el dictado del acto.
Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias, la atención
de las erogaciones de la SECRETARIA DE DEPORTES serán imputadas con
cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción de origen.
ARTÍCULO 20.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado a las partidas específicas del presupuesto vigente
para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20.01 SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con la salvedad dispuesta por el
artículo 19.
ARTÍCULO 21.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 25/08/2017 N° 62277/17 v. 25/08/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
I - SECRETARÍA GENERAL
COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD TÉCNICA G 20
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES
- SUBSECRETARÍA GENERAL
- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL
CASA MILITAR
SECRETARÍA DE DEPORTES
- SUBSECRETARIA DE DEPORTES Y ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO
- SUBSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y RECREACIÓN
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17799448-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 2º
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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°
PRESIDENCIA DE LA NACION
I. SECRETARÍA GENERAL
OBJETIVOS:
1. Asistir en forma directa al PODER EJECUTIVO NACIONAL en las
atribuciones que le asigna el artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
en lo relativo a las actividades de su competencia.
2. Efectuar el seguimiento y la verificación del cumplimiento de las
directivas emanadas de la Presidencia de la Nación y realizar las
tareas especiales que ésta le encomiende, asesorándola, además, sobre
el diseño y actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL
en el contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en
materia de consolidación del proceso democrático.
3. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL para el diseño de políticas
públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos
de la comunidad.
4. Supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por
el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
5. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración del mensaje al
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, sobre el Estado de la Nación.
6. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los
mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando se lo requiera.
7. Efectuar el seguimiento de los temas que sean considerados
prioritarios por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, informando su desarrollo
y resultado.
8. Coordinar el análisis desde el punto de vista político, de todas las
disposiciones que sean sometidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
9. Coordinar sus tareas con las de las distintas Secretarías de la
Presidencia de la Nación, con las de la Jurisdicción Jefe de Gabinete
de Ministros y con las de los Ministros, con el objeto de optimizar el
resultado de la acción de gobierno.
10. Coordinar el funcionamiento de las Comisiones Nacionales de
asesoramiento o simples asesorías permanentes o transitorias, sin
funciones ejecutivas, que dependan directamente del PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
11. Asistir en la coordinación de las relaciones entre el PODER
EJECUTIVO NACIONAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
12. Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción.
13. Asistir en materia presupuestaria, a las áreas presidenciales de su
propia jurisdicción y a las que no cuenten con servicio administrativo
financiero propio.
14. Conducir los aspectos logísticos y administrativos relacionados con
los viajes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y con la flota presidencial de
aeronaves, y determinar las prioridades presupuestarias para el área.
15. Intervenir en la asistencia presupuestaria para los viajes
presidenciales.
16. Conducir la administración de todos los recursos humanos,
materiales, informáticos, de comunicaciones, financieros y legales
afectados a la Jurisdicción, y asimismo coordinar esos recursos
materiales, informáticos, de comunicaciones y financieros con las áreas
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que forman parte de su jurisdicción, y
las que no cuenten con servicio administrativo propio.
17. Asistir al Titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL y su cónyuge en
todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y designación
de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de los organismos
de la Administración Pública Nacional la colaboración necesaria para el
cumplimiento de sus funciones.
18. Entender en las temáticas relativas a la comunicación del Señor
Presidente de la Nación.
19. Entender en la organización y logística de los eventos
internacionales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, que se
realicen en territorio nacional y en el exterior, en coordinación con
las áreas competentes en la materia.
20. Entender en lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de
la actividad deportiva en todas sus formas, con excepción a la de
carácter educativo.
21. Intervenir como Autoridad de Aplicación en el establecimiento de
políticas, planes, programas e infraestructura vinculados al fomento y
al desarrollo integral del deporte a nivel local e internacional, en
todas sus etapas y niveles de competencia y de recreación en todas sus
formas y modalidades, en coordinación con los organismos nacionales,
provinciales, municipales e instituciones privadas.
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD TÉCNICA G20
OBJETIVOS:
1. Organizar y desarrollar todo lo atinente al Cronograma de eventos y
actividades de la Presidencia Argentina G20 2018 incluyendo la Cumbre
de Líderes, las reuniones de nivel ministerial, las reuniones
correspondientes al Track de Finanzas G20 así como aquellas
correspondientes al segmento de Sherpas incluyendo, además, la
asistencia a los Grupos de Trabajo (Working Groups).
2. Impulsar e intervenir en la coordinación de las actividades y
eventos a ser organizados a través de los Grupos de Enlace G20
(Engagement Groups) y otros encuentros de vinculación externa asociados
con temáticas G20.
3. Coordinar con los organismos correspondientes el desarrollo de los
respectivos cronogramas de reuniones y otras actividades de la
Presidencia argentina G20 2018, así como de eventos conexos que
pudieran surgir en el ejercicio de dicha Presidencia.
4. Coordinar, con las áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO responsables de la XI Conferencia Ministerial de la Organización
Mundial de Comercio (OMC), aspectos de agenda, programación, seguridad
y transportes, relativos a la realización de las actividades previstas
en el ámbito de su competencia.
5. Intervenir y/o celebrar contratos, convenios y todo tipo de acuerdos
o instrumentos necesarios para la instrumentación de la Presidencia
Argentina G20, en el ámbito de su competencia.
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
OBJETIVOS:
1. Asesorar y coordinar la ejecución de las tareas que le encomiende el
Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y en particular
aquellas destinadas a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor
cumplimiento de sus atribuciones.
2. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en el
diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
4. Efectuar la coordinación administrativa, financiera y de recursos
humanos de todas las áreas integrantes de la Jurisdicción y de las
entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de
las actividades de administración.
5. Entender en materia de higiene y seguridad en el trabajo y medio
ambiente en los ámbitos de residencia permanente o transitoria del
Presidente y su grupo familiar.
6. Coordinar la obtención, sistematización y presentación del
asesoramiento que se requiera para el cumplimiento de las funciones del
PODER EJECUTIVO NACIONAL y para el establecimiento de objetivos,
políticas y criterios de gestión.
7. Asistir al Secretario General en la administración de los recursos
humanos, informáticos, materiales y financieros de la SECRETARIA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y asimismo a las Secretarías y
organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los cuales brinde apoyo
administrativo.
8. Coordinar el seguimiento y trámite de los pedidos de informe que el
PODER EJECUTIVO NACIONAL solicite al Jefe de Gabinete de Ministros, a
los Ministros Secretarios y demás organismos de la Administración
Pública Nacional.
9. Asistir técnica y administrativamente al Secretario General de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en la coordinación del funcionamiento de las
Comisiones Nacionales de asesoramiento o simples asesorías permanentes
o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del
PODER EJECUTIVO NACIONAL.
10. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite, las unidades de la
jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo.
11. Asistir en la preparación de la información y el seguimiento de
actividades derivadas de los viajes presidenciales.
12. Proveer y coordinar los sistemas informáticos y de comunicaciones
de la Presidencia de la Nación.
13. Asistir administrativamente al Secretario General en todo lo
atinente a la coordinación de los viajes del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
14. Administrar la Intendencia de la Casa de Gobierno y la Residencia
Presidencial de Olivos.
15. Coordinar el servicio jurídico de la jurisdicción y la
representación del Estado en juicio en las causas en las que deba
intervenir la Secretaría y sus dependencias, e intervenir en todos los
proyectos de leyes, decretos, decisiones Administrativas o resoluciones
que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad
sustantiva de la jurisdicción.
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES
OBJETIVOS
1. Asistir al Presidente de la Nación en los asuntos relativos a su
competencia específica.
2. Participar en la relación con las organizaciones y sectores
políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a
nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipal, en el ámbito de su competencia.
3. Participar en el diseño y administración de un sistema de
información que permita el seguimiento de la acción de gobierno.
4. Asistir al Presidente de la Nación durante sus viajes en los
aspectos destinados a alcanzar y sistematizar los logros predefinidos.
5. Asistir técnica y logísticamente al Secretario General de la
PRESIDENCIA DE LA NACION en todo lo atinente a la coordinación de los
viajes del PODER EJECUTIVO
NACIONAL y la flota presidencial de aeronaves.
6. Coordinar y entender en el tratamiento de la documentación y las
cuestiones dirigidas por vía oral o escrita al señor Presidente de la
Nación.
7. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en todo
lo ateniente a la coordinación de ceremonial y protocolo.
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA GENERAL
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en lo
relativo a las actividades que promuevan la coherencia política de la
acción de gobierno y la coordinación del asesoramiento requerido para
el establecimiento de objetivos, políticas y criterios de gestión.
2. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en los
asuntos relativos a su competencia específica, en especial los
vinculados a políticas de interés para el PODER EJECUTIVO NACIONAL, que
le sean requeridos y representarlo cuando así se le encomiende.
3. Verificar el cumplimiento de las instrucciones emanadas de la
PRESIDENCIA DE LA NACION que le encomiende al Secretario del área.
4. Coordinar la obtención, análisis y sistematización de la información
para el diseño de políticas públicas.
5. Coordinar el diseño y la administración de un sistema de información
que permita el seguimiento de la acción de gobierno.
6. Elaborar e implementar estudios, programas y proyectos especiales
que le encomiende el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
7. Realizar el análisis político de los asuntos que la PRESIDENCIA DE
LA NACION solicite al Secretario del área, o de aquellas disposiciones
que se sometan a consideración del señor Presidente de la Nación.
8. Participar en la determinación y sistematización de los objetivos y
logros alcanzados durante los viajes presidenciales, como asimismo en
la obtención y desarrollo de la información necesaria a esos efectos.
9. Administrar la Residencia Presidencial de Chapadmalal.
10. Entender en la gestión del Museo Casa Rosada.
PRESIDENCIADE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
PRESIDENCIAL
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario en todo lo concerniente a la comunicación del
Presidente de la Nación.
2. Entender en la elaboración de los contenidos de las redes sociales
del Presidente de la Nación.
3. Coordinar la información producida por las áreas de la Jurisdicción
en las temáticas relativas a discurso, eventos, prensa, redes y
ceremonial.
4. Supervisar la publicación de la agenda presidencial en la página web
del Gobierno Nacional.
5. Coordinar la difusión de las actividades del Presidente de la Nación
con las áreas competentes de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
6. Coordinar con los Ministerios Nacionales y otros organismos
pertenecientes al sector público nacional, las actividades que
requieren la presencia del Presidente de la Nación
7. Organizar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO
DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las visitas del Presidente de
la Nación a las provincias y municipios.
8. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en todo
lo atinente a las audiencias presidenciales.
9. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en todo
lo atinente a la coordinación de eventos a desarrollarse en el ámbito
de su competencia específica.
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
CASA MILITAR
OBJETIVOS:
1. Proveer la seguridad del señor Presidente de la Nación y sus
familiares directos, como así también de la Casa de Gobierno,
Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares de residencia
transitoria del señor Presidente y su familia.
2. Atender el ceremonial militar de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y
coordinar lo atinente al ceremonial y protocolo del Regimiento de
Granaderos a Caballo General San Martín.
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE DEPORTES
OBJETIVOS:
1. Entender en la orientación, programación, promoción, coordinación,
asistencia, ordenamiento y fiscalización de la actividad deportiva del
país en todas sus formas, de conformidad con la legislación deportiva
vigente, con excepción a la de carácter educativo.
2. Participar en la elaboración de las normas que requiera la
implementación de la legislación deportiva vigente y asesorar a los
organismos públicos y privados en los aspectos relacionados con su
aplicación.
3. Entender en la elaboración de planes, programas y proyectos
destinados al fomento y desarrollo del deporte, promoviendo los
principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de ella a todos
los integrantes del sistema deportivo nacional.
4. Participar en el ordenamiento del sistema de instituciones
deportivas.
5. Entender en la asignación de recursos destinados al fomento del
deporte.
6. Entender en la promoción y en la orientación del entrenamiento
deportivo y el desarrollo de competencias, en coordinación con los
organismos públicos o privados correspondientes.
7. Entender en la promoción y en la orientación de la investigación
científica y el estudio de los problemas científicos y técnicos
relacionados con el deporte, así como en la asistencia al deportista,
cualquiera sea su nivel competitivo, en el cuidado de su salud y en la
mejora de su rendimiento, con especial énfasis en la prevención y
control del dopaje.
8. Intervenir en la elaboración de un sistema tendiente a unificar y
perfeccionar los títulos habilitantes para el ejercicio de las
profesiones vinculadas al deporte y otras especialidades afines a la
materia, así como sus normas regulatorias, en coordinación con las
autoridades educativas competentes.
9. Entender en el desarrollo del deporte de base en todo el territorio
de la Nación, en coordinación con los organismos nacionales,
provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES e
instituciones privadas.
10. Entender en la promoción de sistemas integrados de planificación,
proyecto, dirección y supervisión de las obras de infraestructura
deportiva a nivel nacional, considerando especialmente el desarrollo de
centros regionales de alto y mediano rendimiento y de tecnología
aplicada al deporte.
11. Intervenir en la formación permanente de los recursos humanos que
actúan en las actividades deportivas y de recreación.
12. Participar en aquellos aspectos vinculados al desarrollo de
actividades deportivas practicadas en forma profesional y/o amateur, de
los deportes en sus diversas manifestaciones de alto rendimiento.
13. Entender en la representación del ESTADO NACIONAL, como socio del
ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO.
14. Proponer y celebrar convenios, acuerdos o instrumentos, con entes
públicos o privados, estatales y no estales, internacionales,
interjurisdiccionales, nacionales, provinciales o municipales, en el
ámbito de su competencia.
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE DEPORTES
SUBSECRETARIA DE DEPORTES Y ALTO
RENDIMIENTO DEPORTIVO
OBJETIVOS:
1. Entender en la planificación de programas de desarrollo deportivo
con las administraciones provinciales, municipales, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y regionales.
2. Entender en la implementación de mecanismos de evaluación y en la
utilización de las instalaciones, equipos y los materiales destinados
al deporte.
3. Establecer y supervisar con las Federaciones Nacionales estrategias
y acciones comunes para el desarrollo del deporte de alto rendimiento.
4. Coordinar y ejecutar con los Gobiernos Provinciales y las entidades
federativas, nacionales o locales, programas de captación y desarrollo
de talentos deportivos, cuidando para tal fin los principios éticos y
pedagógicos correspondientes.
5. Entender en la asistencia al deportista, en el cuidado de su salud y
en la mejora de su rendimiento.
6. Entender en las acciones tendientes a la prevención y control del
uso indebido de drogas en la práctica y competencias deportivas.
7. Entender en la planificación de infraestructura deportiva en el
mediano y alto rendimiento.
8. Intervenir en la elaboración de la legislación referente al
desarrollo deportivo en todos sus niveles.
9. Participar en el desarrollo de actividades deportivas practicadas en
forma profesional y/o amateur, en sus diversas manifestaciones
deportivas y de alto rendimiento.
10. Coordinar las tareas de generación de estadísticas e información
deportiva.
11. Asistir en la representación del ESTADO NACIONAL, como socio del
ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO.
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE DEPORTES
SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA
DEPORTIVA Y RECREACIÓN
OBJETIVOS:
Entender en el desarrollo de las actividades físicas relacionadas
con la utilización del ocio y el tiempo libre, en contacto con el medio
natural, en todo el territorio de la Nación, en coordinación con los
organismos nacionales, provinciales, municipales e instituciones
privadas.
Ejecutar las obras del Plan Nacional de Infraestructura del
Deporte propuestas y las relevadas por la SECRETARÍA DE DEPORTES.
Promover actividades recreativas y competencias deportivas a fin
de preservar y fomentar las oportunidades formativas que brinda el
deporte.
IF-2017-17799497-APN-SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17799497-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 3º
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 12
pagina/s.
IF-2017-17799575-APN-SGP
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17799575-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 4º
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5°
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE DEPORTES
COORDINADOR GENERAL DE COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA DE LA SECRETARÍA DE
DEPORTES
FUNCIONES:
1. Asistir al Secretario de Deportes en la formación del vínculo de la
Secretaria de Deportes con las instituciones internacionales vinculadas
al deporte.
2. Colaborar en la representación de la Secretaria de Deportes en los
juegos Olímpicos de la Ciudad y demás organizaciones de carácter
deportivo a llevarse a cabo en el país.
3. Asistir al Secretario de Deportes en la búsqueda de mecanismos para
fomentar el deporte nacional.
4. Colaborar en la coordinación de los lineamientos de la comunicación
y contenidos de prensa entre las diferentes áreas de la Secretaría de
Deportes.
IF-2017-17799581-APN-SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17799581-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 5º
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
ANEXO I
(Artículo 7º)
IF-2017-17799608-APN-SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17799608-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: ANEXO I (Artículo
7º)
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
ANEXO II
(Artículo 7°)
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE DEPORTES
SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y ALTO
RENDIMIENTO DEPORTIVO
DIRECCION NACIONAL DE DEPORTE FEDERADO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Establecer junto con las Federaciones Nacionales el plan de apoyos
económicos a eventos y competencias internacionales e impulsar el
desarrollo de las Unidades de Formación Deportiva.
ACCIONES:
1. Facilitar la articulación con las administraciones provinciales y la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en los programas de desarrollo
deportivo.
2. Colaborar con las Federaciones Nacionales, en los programas de apoyo
al deporte federado y de alto nivel, desde una visión estratégica y
sustentable.
3. Diseñar y proponer el cronograma de uso de las instalaciones.
4. Establecer conjuntamente con las Federaciones Nacionales, el plan de
becas para atletas y entrenadores.
5. Desarrollar las Unidades de Formación Deportiva vinculadas a las
Administraciones Provinciales de Deportes y la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y a las Federaciones Deportivas Nacionales.
6. Colaborar en la formación permanente de atletas y entrenadores de
alto rendimiento deportivo.
SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y ALTO
RENDIMIENTO DEPORTIVO
DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO
DEPORTIVO E INVESTIGACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el desarrollo de un plan nacional de fomento del deporte
argentino y de la proyección de mediano y largo plazo de acciones que
incidan en su gestión integral. Proponer la legislación y la normativa
que favorezcan el impulso de políticas públicas orientadas al
desarrollo del deporte.
Entender en el desarrollo de acciones de prevención y control del uso
indebido de sustancias prohibidas en la práctica y competencias
deportivas.
ACCIONES:
1. Elaborar un plan de requerimientos y necesidades de soporte de los
programas que conforman el sistema deportivo nacional.
2. Diseñar e implementar planes innovadores sobre formación y
desarrollo deportivo.
3. Promover líneas de investigación sobre distintas problemáticas
deportivas, elaborar informes y diagnósticos del sistema deportivo
nacional, con el objeto de optimizar la toma de decisiones.
4. Implementar planes de capacitación a los efectos de formar recursos
humanos especializados en ciencia, gestión y tecnificación deportiva.
5. Gestionar planes tendientes a la prevención y control del uso
indebido de sustancias prohibidas en la práctica y competencias
deportivas.
6. Programar y realizar el relevamiento, sistematización y análisis de
la información de la inversión ejecutada por los distintos niveles de
la SECRETARÍA DE DEPORTES.
7. Coordinar el seguimiento del desempeño de los programas de la
Secretaría promoviendo la elaboración de sistemas, instrumentos e
indicadores de desempeño y de evaluación de calidad, incluyendo pruebas
internacionalmente comparables.
8. Promover la organización y coordinar una red federal de información
deportiva que provea los datos necesarios para la evaluación de la
gestión y los resultados del Sistema Deportivo Nacional.
9. Asistir en la elaboración de proyectos de ley necesarios para la
formulación de políticas de estado referidas al deporte.
SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA
DEPORTIVA Y RECREACIÓN
DIRECCION NACIONAL DE DEPORTES Y
ACTIVIDAD FISICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir en el desarrollo de las actividades recreativas y de
interacción con el medio natural, por gestión propia o por acuerdo con
administraciones públicas, provinciales, municipales o de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Coordinar la organización y ejecución de los juegos nacionales.
ACCIONES:
1. Planificar, organizar, dirigir y controlar los juegos nacionales,
convencionales y adaptados.
2. Acordar, con las administraciones provinciales de deporte y las
federaciones nacionales, las sedes de cada uno de los juegos nacionales.
3. Elaborar e implementar programas de actividad física y recreación
para adultos mayores.
4. Estimular las actividades propias de interacción con el medio
natural o acordando intercambios entre las diferentes provincias
argentinas.
5. Colaborar en la planificación e implementación de competencias
regionales de fortalecimiento deportivo.
6. Implementar programas de actividad física orientados a la salud y a
la prevención de enfermedades evitables.
7. Desarrollar acciones vinculadas al deporte urbano y a la salud.
8. Favorecer la integración con países limítrofes a través de
competencias deportivas.
SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA
DEPORTIVA Y RECREACIÓN
DIRECCION NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA
Y EQUIPAMIENTO DEPORTIVO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Programar y ejecutar las acciones relativas al desarrollo,
mantenimiento y equipamiento de la infraestructura deportiva a nivel
nacional.
ACCIONES:
1. Establecer los sistemas integrados de planificación, proyecto,
dirección y supervisión de las obras de infraestructura deportiva, de
acuerdo con los lineamientos políticos establecidos por la Secretaría.
2. Elaborar anteproyectos, proyectos, pliegos técnicos y documentación
sobre la base de las políticas y estrategias que orienten el desarrollo
del deporte
3. Asistir en la evaluación de proyectos de infraestructura deportiva
propios y/o de otras instituciones que por su contribución a las
políticas deportivas nacionales, requieran asistencia en los aspectos
técnicos y materiales.
4. Identificar y programar las necesidades de mantenimiento y mejora de
infraestructura y equipamiento de los centros destinados al
entrenamiento y competencia de alto nivel.
5. Entender en la supervisión del mantenimiento, conservación y
funcionamiento general de los servicios en todas las instalaciones
deportivas que se hallaren en predios bajo la jurisdicción de la
SECRETARÍA DE DEPORTES, y el control de las empresas contratadas para
tal fin.
6. Ejecutar y supervisar el mantenimiento del CENTRO NACIONAL DE ALTO
RENDIMIENTO DEPORTIVO (CENARD).
7. Entender en la administración y supervisión de los diversos predios
que se encuentran bajo la jurisdicción de la Secretaría.
8. Asistir en la implementación de acciones y proyectos que tengan por
finalidad la actualización y la optimización en el uso de los espacios
físicos afectados a la práctica de actividades deportivas en los
predios bajo la jurisdicción de la Secretaría.
9. Entender en la evaluación de las necesidades de equipamiento
deportivo, de equipos informáticos, de muebles de oficina e insumos
para los distintos predios bajo la jurisdicción de la Secretaría y en
la elaboración de los pliegos técnicos y documentación necesaria para
la adquisición de dicho equipamiento.
10. Entender en el control de los bienes adquiridos para un fin
específico con el objetivo de verificar que cumplan con dicha finalidad
y llevar un estado patrimonial de los mismos.
11. Articular la logística para el traslado del equipamiento a los
distintos predios bajo la jurisdicción de la SECRETARÍA DE DEPORTES.
IF-2017-17799696-APN-SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17799696-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: ANEXO II (Artículo
7°)
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 5
pagina/s.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9º
IF-2017-17799858-APN-SGP
Hoja Adicional de Firmas
Anexo
Número:
F-2017-17799448-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 9º
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17799974-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: Planilla Anexa al
artículo 10 Anexo Ia
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
IF-2017-17800102-APN-SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17799448-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: Planilla Anexa al
artículo 10 ANEXO Ib
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
IF-2017-17800224-APN-SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17800224-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: Planilla Anexa al
artículo 10 ANEXO Ic
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17800298-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: Planilla Anexa al
artículo 10 ANEXO Id
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17800354-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: Planilla Anexa al
artículo 10 ANEXO Ie
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 12
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD
OCUPACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Controlar el cumplimiento de las normas en materia de Higiene,
Seguridad en el Trabajo y Medio Ambiente en las dependencias de la
Jurisdicción que funcionan en el ámbito de la Casa de Gobierno, como
así también en la Residencia Presidencial de Olivos y la Residencia
Presidencial de Chapadmalal.
ACCIONES:
1. Coordinar con los organismos que posean dependencias en la Casa de
Gobierno el cumplimiento de las normas y los requerimientos de higiene,
seguridad y medio ambiente laboral.
2. Diseñar e instrumentar las medidas necesarias para mantener las
condiciones de seguridad, higiene y cuidado del medio ambiente en el
sector presidencial y en las restantes áreas dependientes de la
Secretaría, de conformidad con las normas vigentes en la materia.
3. Diseñar un plan de higiene seguridad y medio ambiente en el trabajo
para coordinar la aplicación de las medidas de prevención de accidentes
o enfermedades derivadas de la actividad laboral.
4. Diseñar e instrumentar los Planes de Contingencias a aplicar en las
dependencias de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
5. Gestionar las actividades derivadas del ejercicio de la
representación técnica frente a organismos de control en la materia.
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Prestar asesoramiento en los asuntos de carácter jurídico de
competencia de la Secretaría y sus dependencias y representar al Estado
Nacional en todos aquellos procesos en los que deban intervenir las
mismas.
Prestar asesoramiento legal sobre los proyectos de actos que tramiten
en la jurisdicción y proponer, en su caso, textos alternativos con
ajuste a las normas jurídicas aplicables.
ACCIONES:
1. Analizar el ajuste a las normas constitucionales, legales y
reglamentarias de los actos administrativos y demás asuntos que
tramiten en la Secretaría.
2. Proponer textos alternativos cuando los proyectos que se someten a
su consideración presenten deficiencias de orden jurídico o resulte
necesario su perfeccionamiento.
3. Ejercer la representación y defensa del Estado en juicio cuando las
causas involucren a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACION y sus dependencias.
4. Dictaminar en los recursos que deban sustanciarse en la jurisdicción
y en todos los casos en que, conforme a la normativa vigente,
corresponda la intervención del Servicio Jurídico Permanente en el
ámbito de la Secretaría y sus dependencias.
5. Dictaminar en todos los casos que pudieren dar lugar a la aplicación
del régimen administrativo disciplinario, aconsejando, si
correspondiere, la instrucción del sumario pertinente y en las
oportunidades que así se requiera conforme la normativa que rige la
materia.
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA GENERAL
ADMINISTRACIÓN DE LA RESIDENCIA
PRESIDENCIAL DE CHAPADMALAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Gestionar el funcionamiento integral de la Residencia Presidencial de
Chapadmalal, y prestar atención directa al Presidente de la Nación y su
familia durante su estadía en el lugar y/o a los funcionarios
autorizados.
ACCIONES:
1. Organizar y coordinar las actividades de mantenimiento de las
instalaciones, servicios y todo aquello necesario para asistir al
Presidente de la Nación y su familia durante su estadía en la
Residencia Presidencial.
2. Coordinar con las áreas competentes lo relacionado con los actos
oficiales, las reuniones protocolares y las audiencias programadas,
durante la estadía del Presidente de la Nación en la Residencia.
3. Coordinar con las áreas pertinentes las gestiones relacionadas con
el régimen laboral del personal de la Residencia, su carrera
administrativa y con la contratación de los servicios y suministros
requeridos.
4. Gestionar y controlar las mejoras y obras que se realicen en la
Residencia.
5. Coordinar con las áreas competentes los servicios de custodia para
el Presidente de la Nación y/o funcionarios autorizados, durante su
permanencia en el lugar.
6. Coordinar la realización de todos los actos y reuniones oficiales
que se desarrollen en la Residencia, cuando la misma no sea utilizada
por el Presidente de la Nación.
IF-2017-17800375 -APN-SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17800375-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 12
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4
pagina/s.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 13
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE
RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al
personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo y el
análisis, planificación y diseño organizacional.
ACCIONES:
1. Atender todo lo vinculado con la administración de los recursos
humanos de la Jurisdicción, y demás Secretarias y organismos de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los cuales asiste.
2. Desempeñar la coordinación institucional para la evaluación de los
puestos de trabajo, proponiendo las modificaciones adecuadas.
3. Efectuar propuestas de reingeniería organizacional a requerimiento
de la Subsecretaría.
4. Entender en todo lo relacionado con la prestación de la asistencia y
el control médico al personal de la Jurisdicción y de los organismos a
los cuales se brinda apoyo.
5. Establecer relaciones con los representantes gremiales,
administrando los acuerdos resultantes de los convenios y negociaciones
colectivas, en coordinación con las áreas competentes.
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
PRESIDENCIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE AUDIENCIAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Tramitar las solicitudes de audiencias formuladas al Señor Presidente
de la Nación, tanto en el país como en el exterior, y asesorar respecto
del temario, importancia y prioridad de las mismas.
ACCIONES:
1. Asistir a la SUBSECRETARIA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL en el
asesoramiento al Primer Magistrado con relación al temario, importancia
y prioridad de las audiencias, así como en relación a los antecedentes
de las personas a las que se hubiera concedido audiencia.
2. Tramitar y administrar las audiencias solicitadas al señor
Presidente de la Nación, tanto en el país como en sus viajes al
exterior, a fin de lograr eficiencia en su diligenciamiento.
3. Organizar y mantener un sistema de información relacionado con las
solicitudes de audiencias y su materialización, en coordinación con las
áreas competentes.
4. Atender las delegaciones y personalidades que concurran a
entrevistarse con el señor Presidente de la Nación, tanto en el país
como en el exterior.
5. Realizar las derivaciones a los organismos correspondientes, de
aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera necesaria la concreción de
entrevista directa con el señor Presidente de la Nación.
6. Efectuar la derivación y seguimiento de los requerimientos
planteados por solicitudes de audiencia no concedidas, informando al
causante de las gestiones realizadas, a efectos de brindar solución a
aquéllos. 7. Confeccionar y difundir, cuando corresponda, la agenda del
Primer Mandatario, coordinando con las distintas áreas una mejor
organización del tiempo del señor Presidente de la Nación.
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA
RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE OLIVOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Conducir el funcionamiento integral de la Residencia Presidencial de
Olivos y prestar la atención directa al Presidente de la Nación durante
su permanencia en la misma.
ACCIONES:
1. Organizar las distintas actividades de la Residencia
2. Monitorear el correcto funcionamiento y estado de los sectores
reservados para el Presidente de la Nación y de los destinados a actos
y reuniones oficiales.
3. Coordinar con las áreas competentes las gestiones relacionadas con
el régimen laboral del personal de la Residencia, su carrera
administrativa y con la contratación de los servicios y suministros
requeridos.
4. Proveer conjuntamente con la Casa Militar de la Presidencia de la
Nación y con la comisaría de la Casa de Gobierno los servicios de
custodia para el Presidente de la Nación durante su permanencia en el
área y en sus desplazamientos fuera de la misma.
5. Organizar y coordinar los servicios requeridos para el desarrollo de
los actos oficiales, las reuniones protocolares y las audiencias que se
realicen en la Residencia Presidencial de Olivos.
IF-2017-17800445-APN-SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17799448-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 13
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 3
pagina/s.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 16
IF-2017-17800493-APN-SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17800493-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 16
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1
pagina/s.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 17
IF-2017-17800519-APN-SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: F-2017-17800519-APN-SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 22 de Agosto de 2017
Referencia: PLANILLA ANEXA AL
ARTÍCULO 17
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4
pagina/s.