ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 678/2017

Modificación. Decretos Nros. 357/2002 y 692/2016.

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-07341043-APN-DDMYA#SGP, la Ley Nº 27.341, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 255 de fecha 24 de diciembre de 2015, 692 de fecha 18 de mayo de 2016 y sus modificatorios, y 513 de fecha 14 de julio de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 513 de fecha 14 de julio de 2017, modificatorio de la Ley de Ministerios (t.o. Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, se suprimieron las competencias del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES en materia de deportes profesional y de alto rendimiento y recreación.

Que por el Decreto N° 255/15 y su similar N° 692/16 y sus modificatorios, se aprobó la conformación organizativa y el primer nivel operativo, respectivamente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN propicia modificar su estructura organizativa a fin de optimizar el funcionamiento de la misma, receptar lo señalado en la parte expositiva del citado Decreto Nº 513/17, en cuanto a la necesidad de transferir las competencias referidas al deporte profesional y de alto rendimiento deportivo al ámbito de la precitada Secretaría, correspondiendo en consecuencia incorporar, homologar y derogar diversas unidades, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la citada Secretaría.

Que la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese de la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN al ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN, con sus unidades organizativas dependientes, sus respectivas competencias, cargos, niveles de Función Ejecutiva, dotaciones, créditos presupuestarios y bienes, con excepción de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN FÍSICA y sus unidades dependientes.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2017-17799448-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo II al artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios -Objetivos-, el Apartado I correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el que quedará conformado según el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-17799497-APN-SGP) que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase la conformación organizativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de acuerdo con el organigrama que como Anexo I (IF-2017-17799575-APN-SGP) forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 5°.- Créase con dependencia directa de la SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el cargo extraescalafonario de Coordinador General de Comunicación Estratégica de la Secretaría de Deportes, con rango y jerarquía de Subsecretario, cuyas funciones se describen en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-17799581-APN-SGP), que forma parte integrante de la presente medida.

(Nota Infoleg: por art. 7° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020 se suprime el cargo extraescalafonario de Coordinador General de Comunicación Estratégica de la Secretaría de Deportes, creado por el artículo, con dependencia directa de la Ex SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario)

ARTÍCULO 6°.- Créase con dependencia directa de la SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de la Secretaría de Deportes, con rango y jerarquía de Director Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A Grado 0 – Función Ejecutiva I del Régimen Escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, el que asistirá al Secretario de Deportes en el desarrollo de sus actividades.

ARTÍCULO 7º.- Apruébase la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE DEPORTES, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexos I (IF-2017-17799608-APN-SGP) y II (IF-2017-17799696-APN-SGP), forman parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 8º.- Suprímese la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES, entonces COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y POLITICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE, que fuera creada por el artículo 2° del Decreto N° 407 de fecha 16 de marzo de 2015.

ARTÍCULO 9º.- Asígnase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la cantidad de UN (1) cargo vacante de planta permanente de la reserva de cargos aprobada por el artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017 y detallada en el Anexo II (IF-2017-08148952-APN-MM) de dicha medida, en los términos del artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, para ser aplicado a la creación de los cargos extraescalafonarios dispuesta por los artículos 5º y 6º de la presente medida, conforme Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-17799858-APN-SGP), que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 10.- Sustitúyense los Anexos Ia, Ib, Ic, Id, y Ie – Organigramas- aprobados por el Decreto N° 692 del 18 de mayo de 2016, sus modificatorios y complementarios, de conformidad con las planillas Anexas al presente artículo Ia (IF-2017-17799974-APN-SGP), Ib (IF-2017-17800102-APN-SGP), Ic (IF-2017-17800224-APN-SGP), Id (IF-2017-17800298-APN-SGP) y Ie (IF-2017-17800354-APN-SGP) que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 11.- Suprímense del Anexo II al artículo 8º del Decreto Nº 692 del 18 de mayo de 2016, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INSTITUCIONAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA GENERAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 12.- Incorpóranse al Anexo II al artículo 8° del Decreto N° 692 del 18 de mayo de 2016, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD OCUPACIONAL, de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas con dependencia de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, y de la ADMINISTRACIÓN DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE CHAPADMALAL, con dependencia de la SUBSECRETARÍA GENERAL, todas ellas dependientes de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con la planilla anexa al presente artículo (IF-2017-17800375-APN-SGP), que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 13.- Sustitúyense del Anexo II al artículo 8º del Decreto N° 692 del 18 de mayo de 2016, las Acciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN y de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE OLIVOS, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN y de la DIRECCIÓN GENERAL DE AUDIENCIAS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL, todas ellas de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme se detalla en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-17800445-APN-SGP), que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 14.- Transfiérense el SECRETARIO PRIVADO, el SECRETARIO ADJUNTO y el SECRETARIO ADSCRIPTO PARA ASUNTOS ESPECIALES, todos ellos dependientes de la COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARÍA GENERAL a la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con dependencia directa del Presidente de la Nación.

ARTÍCULO 15.- Facúltase al titular de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, previa intervención de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por el presente Decreto, la que deberá prever un máximo de ONCE (11) Direcciones y TRES (3) Coordinaciones, las que a través de dicho acto serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).

ARTÍCULO 16.- Asígnase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la cantidad de TRECE (13) cargos vacantes de planta permanente de la reserva de cargos aprobada por el artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017 y detallada en el Anexo II (IF-2017-08148952-APN-MM) de dicha medida, en los términos del artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, para ser aplicados a la estructura aprobada por los artículos 7º y 12 y a la facultad concedida en el artículo 15 del presente Decreto, correspondiendo asignarles Nivel A -TRES (3) cargos- y B -DIEZ (10) cargos, según lo dispuesto en el artículo 20 del Anexo al Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, conforme Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-17800493-APN-SGP), que forma parte integrante de esta medida.

ARTÍCULO 17.- Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, según el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo (IF-2017-17800519-APN-SGP), que forman parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 18.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista escalafonarios, funciones ejecutivas y los suplementos adicionales que tuviera asignados previstos en el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

ARTÍCULO 19.- Establécese que el Jefe de Gabinete de Ministros realizará las readecuaciones presupuestarias pertinentes para proveer el financiamiento que demande el dictado del acto.

Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias, la atención de las erogaciones de la SECRETARIA DE DEPORTES serán imputadas con cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción de origen.

ARTÍCULO 20.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20.01 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con la salvedad dispuesta por el artículo 19.

ARTÍCULO 21.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 25/08/2017 N° 62277/17 v. 25/08/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

I - SECRETARÍA GENERAL

COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD TÉCNICA G 20

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

- SUBSECRETARÍA GENERAL

- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL

CASA MILITAR

SECRETARÍA DE DEPORTES

- SUBSECRETARIA DE DEPORTES Y ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO

- SUBSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y RECREACIÓN


IF-2017-17799448-APN-SGP




Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799448-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.




PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°

PRESIDENCIA DE LA NACION

I. SECRETARÍA GENERAL

OBJETIVOS:

1. Asistir en forma directa al PODER EJECUTIVO NACIONAL en las atribuciones que le asigna el artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en lo relativo a las actividades de su competencia.

2. Efectuar el seguimiento y la verificación del cumplimiento de las directivas emanadas de la Presidencia de la Nación y realizar las tareas especiales que ésta le encomiende, asesorándola, además, sobre el diseño y actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL en el contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en materia de consolidación del proceso democrático.

3. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL para el diseño de políticas públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos de la comunidad.

4. Supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración del mensaje al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, sobre el Estado de la Nación.

6. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando se lo requiera.

7. Efectuar el seguimiento de los temas que sean considerados prioritarios por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, informando su desarrollo y resultado.

8. Coordinar el análisis desde el punto de vista político, de todas las disposiciones que sean sometidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

9. Coordinar sus tareas con las de las distintas Secretarías de la Presidencia de la Nación, con las de la Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros y con las de los Ministros, con el objeto de optimizar el resultado de la acción de gobierno.

10. Coordinar el funcionamiento de las Comisiones Nacionales de asesoramiento o simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

11. Asistir en la coordinación de las relaciones entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

12. Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción.

13. Asistir en materia presupuestaria, a las áreas presidenciales de su propia jurisdicción y a las que no cuenten con servicio administrativo financiero propio.

14. Conducir los aspectos logísticos y administrativos relacionados con los viajes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y con la flota presidencial de aeronaves, y determinar las prioridades presupuestarias para el área.

15. Intervenir en la asistencia presupuestaria para los viajes presidenciales.

16. Conducir la administración de todos los recursos humanos, materiales, informáticos, de comunicaciones, financieros y legales afectados a la Jurisdicción, y asimismo coordinar esos recursos materiales, informáticos, de comunicaciones y financieros con las áreas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que forman parte de su jurisdicción, y las que no cuenten con servicio administrativo propio.

17. Asistir al Titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL y su cónyuge en todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y designación de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de los organismos de la Administración Pública Nacional la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

18. Entender en las temáticas relativas a la comunicación del Señor Presidente de la Nación.

19. Entender en la organización y logística de los eventos internacionales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, que se realicen en territorio nacional y en el exterior, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

20. Entender en lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de la actividad deportiva en todas sus formas, con excepción a la de carácter educativo.

21. Intervenir como Autoridad de Aplicación en el establecimiento de políticas, planes, programas e infraestructura vinculados al fomento y al desarrollo integral del deporte a nivel local e internacional, en todas sus etapas y niveles de competencia y de recreación en todas sus formas y modalidades, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales, municipales e instituciones privadas.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD TÉCNICA G20

OBJETIVOS:

1. Organizar y desarrollar todo lo atinente al Cronograma de eventos y actividades de la Presidencia Argentina G20 2018 incluyendo la Cumbre de Líderes, las reuniones de nivel ministerial, las reuniones correspondientes al Track de Finanzas G20 así como aquellas correspondientes al segmento de Sherpas incluyendo, además, la asistencia a los Grupos de Trabajo (Working Groups).

2. Impulsar e intervenir en la coordinación de las actividades y eventos a ser organizados a través de los Grupos de Enlace G20 (Engagement Groups) y otros encuentros de vinculación externa asociados con temáticas G20.

3. Coordinar con los organismos correspondientes el desarrollo de los respectivos cronogramas de reuniones y otras actividades de la Presidencia argentina G20 2018, así como de eventos conexos que pudieran surgir en el ejercicio de dicha Presidencia.

4. Coordinar, con las áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO responsables de la XI Conferencia Ministerial de la Organización Mundial de Comercio (OMC), aspectos de agenda, programación, seguridad y transportes, relativos a la realización de las actividades previstas en el ámbito de su competencia.

5. Intervenir y/o celebrar contratos, convenios y todo tipo de acuerdos o instrumentos necesarios para la instrumentación de la Presidencia Argentina G20, en el ámbito de su competencia.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

OBJETIVOS:

1. Asesorar y coordinar la ejecución de las tareas que le encomiende el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y en particular aquellas destinadas a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor cumplimiento de sus atribuciones.

2. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Efectuar la coordinación administrativa, financiera y de recursos humanos de todas las áreas integrantes de la Jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de las actividades de administración.

5. Entender en materia de higiene y seguridad en el trabajo y medio ambiente en los ámbitos de residencia permanente o transitoria del Presidente y su grupo familiar.

6. Coordinar la obtención, sistematización y presentación del asesoramiento que se requiera para el cumplimiento de las funciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL y para el establecimiento de objetivos, políticas y criterios de gestión.

7. Asistir al Secretario General en la administración de los recursos humanos, informáticos, materiales y financieros de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y asimismo a las Secretarías y organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los cuales brinde apoyo administrativo.

8. Coordinar el seguimiento y trámite de los pedidos de informe que el PODER EJECUTIVO NACIONAL solicite al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros Secretarios y demás organismos de la Administración Pública Nacional.

9. Asistir técnica y administrativamente al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en la coordinación del funcionamiento de las Comisiones Nacionales de asesoramiento o simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

10. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite, las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

11. Asistir en la preparación de la información y el seguimiento de actividades derivadas de los viajes presidenciales.

12. Proveer y coordinar los sistemas informáticos y de comunicaciones de la Presidencia de la Nación.

13. Asistir administrativamente al Secretario General en todo lo atinente a la coordinación de los viajes del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

14. Administrar la Intendencia de la Casa de Gobierno y la Residencia Presidencial de Olivos.

15. Coordinar el servicio jurídico de la jurisdicción y la representación del Estado en juicio en las causas en las que deba intervenir la Secretaría y sus dependencias, e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones Administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

OBJETIVOS

1. Asistir al Presidente de la Nación en los asuntos relativos a su competencia específica.

2. Participar en la relación con las organizaciones y sectores políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en el ámbito de su competencia.

3. Participar en el diseño y administración de un sistema de información que permita el seguimiento de la acción de gobierno.

4. Asistir al Presidente de la Nación durante sus viajes en los aspectos destinados a alcanzar y sistematizar los logros predefinidos.

5. Asistir técnica y logísticamente al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en todo lo atinente a la coordinación de los viajes del PODER EJECUTIVO

NACIONAL y la flota presidencial de aeronaves.

6. Coordinar y entender en el tratamiento de la documentación y las cuestiones dirigidas por vía oral o escrita al señor Presidente de la Nación.

7. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en todo lo ateniente a la coordinación de ceremonial y protocolo.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA GENERAL

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en lo relativo a las actividades que promuevan la coherencia política de la acción de gobierno y la coordinación del asesoramiento requerido para el establecimiento de objetivos, políticas y criterios de gestión.

2. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en los asuntos relativos a su competencia específica, en especial los vinculados a políticas de interés para el PODER EJECUTIVO NACIONAL, que le sean requeridos y representarlo cuando así se le encomiende.

3. Verificar el cumplimiento de las instrucciones emanadas de la PRESIDENCIA DE LA NACION que le encomiende al Secretario del área.

4. Coordinar la obtención, análisis y sistematización de la información para el diseño de políticas públicas.

5. Coordinar el diseño y la administración de un sistema de información que permita el seguimiento de la acción de gobierno.

6. Elaborar e implementar estudios, programas y proyectos especiales que le encomiende el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

7. Realizar el análisis político de los asuntos que la PRESIDENCIA DE LA NACION solicite al Secretario del área, o de aquellas disposiciones que se sometan a consideración del señor Presidente de la Nación.

8. Participar en la determinación y sistematización de los objetivos y logros alcanzados durante los viajes presidenciales, como asimismo en la obtención y desarrollo de la información necesaria a esos efectos.

9. Administrar la Residencia Presidencial de Chapadmalal.

10. Entender en la gestión del Museo Casa Rosada.

PRESIDENCIADE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario en todo lo concerniente a la comunicación del Presidente de la Nación.

2. Entender en la elaboración de los contenidos de las redes sociales del Presidente de la Nación.

3. Coordinar la información producida por las áreas de la Jurisdicción en las temáticas relativas a discurso, eventos, prensa, redes y ceremonial.

4. Supervisar la publicación de la agenda presidencial en la página web del Gobierno Nacional.

5. Coordinar la difusión de las actividades del Presidente de la Nación con las áreas competentes de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

6. Coordinar con los Ministerios Nacionales y otros organismos pertenecientes al sector público nacional, las actividades que requieren la presencia del Presidente de la Nación

7. Organizar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las visitas del Presidente de la Nación a las provincias y municipios.

8. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en todo lo atinente a las audiencias presidenciales.

9. Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en todo lo atinente a la coordinación de eventos a desarrollarse en el ámbito de su competencia específica.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

CASA MILITAR

OBJETIVOS:

1. Proveer la seguridad del señor Presidente de la Nación y sus familiares directos, como así también de la Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares de residencia transitoria del señor Presidente y su familia.

2. Atender el ceremonial militar de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y coordinar lo atinente al ceremonial y protocolo del Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín.

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE DEPORTES

OBJETIVOS:

1. Entender en la orientación, programación, promoción, coordinación, asistencia, ordenamiento y fiscalización de la actividad deportiva del país en todas sus formas, de conformidad con la legislación deportiva vigente, con excepción a la de carácter educativo.

2. Participar en la elaboración de las normas que requiera la implementación de la legislación deportiva vigente y asesorar a los organismos públicos y privados en los aspectos relacionados con su aplicación.

3. Entender en la elaboración de planes, programas y proyectos destinados al fomento y desarrollo del deporte, promoviendo los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de ella a todos los integrantes del sistema deportivo nacional.

4. Participar en el ordenamiento del sistema de instituciones deportivas.

5. Entender en la asignación de recursos destinados al fomento del deporte.

6. Entender en la promoción y en la orientación del entrenamiento deportivo y el desarrollo de competencias, en coordinación con los organismos públicos o privados correspondientes.

7. Entender en la promoción y en la orientación de la investigación científica y el estudio de los problemas científicos y técnicos relacionados con el deporte, así como en la asistencia al deportista, cualquiera sea su nivel competitivo, en el cuidado de su salud y en la mejora de su rendimiento, con especial énfasis en la prevención y control del dopaje.

8. Intervenir en la elaboración de un sistema tendiente a unificar y perfeccionar los títulos habilitantes para el ejercicio de las profesiones vinculadas al deporte y otras especialidades afines a la materia, así como sus normas regulatorias, en coordinación con las autoridades educativas competentes.

9. Entender en el desarrollo del deporte de base en todo el territorio de la Nación, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES e instituciones privadas.

10. Entender en la promoción de sistemas integrados de planificación, proyecto, dirección y supervisión de las obras de infraestructura deportiva a nivel nacional, considerando especialmente el desarrollo de centros regionales de alto y mediano rendimiento y de tecnología aplicada al deporte.

11. Intervenir en la formación permanente de los recursos humanos que actúan en las actividades deportivas y de recreación.

12. Participar en aquellos aspectos vinculados al desarrollo de actividades deportivas practicadas en forma profesional y/o amateur, de los deportes en sus diversas manifestaciones de alto rendimiento.

13. Entender en la representación del ESTADO NACIONAL, como socio del ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO.

14. Proponer y celebrar convenios, acuerdos o instrumentos, con entes públicos o privados, estatales y no estales, internacionales, interjurisdiccionales, nacionales, provinciales o municipales, en el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE DEPORTES

SUBSECRETARIA DE DEPORTES Y ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO

OBJETIVOS:

1. Entender en la planificación de programas de desarrollo deportivo con las administraciones provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y regionales.

2. Entender en la implementación de mecanismos de evaluación y en la utilización de las instalaciones, equipos y los materiales destinados al deporte.

3. Establecer y supervisar con las Federaciones Nacionales estrategias y acciones comunes para el desarrollo del deporte de alto rendimiento.

4. Coordinar y ejecutar con los Gobiernos Provinciales y las entidades federativas, nacionales o locales, programas de captación y desarrollo de talentos deportivos, cuidando para tal fin los principios éticos y pedagógicos correspondientes.

5. Entender en la asistencia al deportista, en el cuidado de su salud y en la mejora de su rendimiento.

6. Entender en las acciones tendientes a la prevención y control del uso indebido de drogas en la práctica y competencias deportivas.

7. Entender en la planificación de infraestructura deportiva en el mediano y alto rendimiento.

8. Intervenir en la elaboración de la legislación referente al desarrollo deportivo en todos sus niveles.

9. Participar en el desarrollo de actividades deportivas practicadas en forma profesional y/o amateur, en sus diversas manifestaciones deportivas y de alto rendimiento.

10. Coordinar las tareas de generación de estadísticas e información deportiva.

11. Asistir en la representación del ESTADO NACIONAL, como socio del ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO.

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y RECREACIÓN

OBJETIVOS:

 Entender en el desarrollo de las actividades físicas relacionadas con la utilización del ocio y el tiempo libre, en contacto con el medio natural, en todo el territorio de la Nación, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales, municipales e instituciones privadas.

 Ejecutar las obras del Plan Nacional de Infraestructura del Deporte propuestas y las relevadas por la SECRETARÍA DE DEPORTES.

 Promover actividades recreativas y competencias deportivas a fin de preservar y fomentar las oportunidades formativas que brinda el deporte.

IF-2017-17799497-APN-SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799497-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 12 pagina/s.





IF-2017-17799575-APN-SGP

Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799575-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4º

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5°

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE DEPORTES

COORDINADOR GENERAL DE COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA DE LA SECRETARÍA DE DEPORTES

FUNCIONES:

1. Asistir al Secretario de Deportes en la formación del vínculo de la Secretaria de Deportes con las instituciones internacionales vinculadas al deporte.

2. Colaborar en la representación de la Secretaria de Deportes en los juegos Olímpicos de la Ciudad y demás organizaciones de carácter deportivo a llevarse a cabo en el país.

3. Asistir al Secretario de Deportes en la búsqueda de mecanismos para fomentar el deporte nacional.

4. Colaborar en la coordinación de los lineamientos de la comunicación y contenidos de prensa entre las diferentes áreas de la Secretaría de Deportes.

IF-2017-17799581-APN-SGP




Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799581-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5º

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.



ANEXO I

(Artículo 7º)



IF-2017-17799608-APN-SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799608-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: ANEXO I (Artículo 7º)

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.




ANEXO II

(Artículo 7°)

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO

DIRECCION NACIONAL DE DEPORTE FEDERADO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Establecer junto con las Federaciones Nacionales el plan de apoyos económicos a eventos y competencias internacionales e impulsar el desarrollo de las Unidades de Formación Deportiva.

ACCIONES:

1. Facilitar la articulación con las administraciones provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en los programas de desarrollo deportivo.

2. Colaborar con las Federaciones Nacionales, en los programas de apoyo al deporte federado y de alto nivel, desde una visión estratégica y sustentable.

3. Diseñar y proponer el cronograma de uso de las instalaciones.

4. Establecer conjuntamente con las Federaciones Nacionales, el plan de becas para atletas y entrenadores.

5. Desarrollar las Unidades de Formación Deportiva vinculadas a las Administraciones Provinciales de Deportes y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a las Federaciones Deportivas Nacionales.

6. Colaborar en la formación permanente de atletas y entrenadores de alto rendimiento deportivo.

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO

DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO DEPORTIVO E INVESTIGACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el desarrollo de un plan nacional de fomento del deporte argentino y de la proyección de mediano y largo plazo de acciones que incidan en su gestión integral. Proponer la legislación y la normativa que favorezcan el impulso de políticas públicas orientadas al desarrollo del deporte.

Entender en el desarrollo de acciones de prevención y control del uso indebido de sustancias prohibidas en la práctica y competencias deportivas.

ACCIONES:

1. Elaborar un plan de requerimientos y necesidades de soporte de los programas que conforman el sistema deportivo nacional.

2. Diseñar e implementar planes innovadores sobre formación y desarrollo deportivo.

3. Promover líneas de investigación sobre distintas problemáticas deportivas, elaborar informes y diagnósticos del sistema deportivo nacional, con el objeto de optimizar la toma de decisiones.

4. Implementar planes de capacitación a los efectos de formar recursos humanos especializados en ciencia, gestión y tecnificación deportiva.

5. Gestionar planes tendientes a la prevención y control del uso indebido de sustancias prohibidas en la práctica y competencias deportivas.

6. Programar y realizar el relevamiento, sistematización y análisis de la información de la inversión ejecutada por los distintos niveles de la SECRETARÍA DE DEPORTES.

7. Coordinar el seguimiento del desempeño de los programas de la Secretaría promoviendo la elaboración de sistemas, instrumentos e indicadores de desempeño y de evaluación de calidad, incluyendo pruebas internacionalmente comparables.

8. Promover la organización y coordinar una red federal de información deportiva que provea los datos necesarios para la evaluación de la gestión y los resultados del Sistema Deportivo Nacional.

9. Asistir en la elaboración de proyectos de ley necesarios para la formulación de políticas de estado referidas al deporte.

SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y RECREACIÓN

DIRECCION NACIONAL DE DEPORTES Y ACTIVIDAD FISICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en el desarrollo de las actividades recreativas y de interacción con el medio natural, por gestión propia o por acuerdo con administraciones públicas, provinciales, municipales o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Coordinar la organización y ejecución de los juegos nacionales.

ACCIONES:

1. Planificar, organizar, dirigir y controlar los juegos nacionales, convencionales y adaptados.

2. Acordar, con las administraciones provinciales de deporte y las federaciones nacionales, las sedes de cada uno de los juegos nacionales.

3. Elaborar e implementar programas de actividad física y recreación para adultos mayores.

4. Estimular las actividades propias de interacción con el medio natural o acordando intercambios entre las diferentes provincias argentinas.

5. Colaborar en la planificación e implementación de competencias regionales de fortalecimiento deportivo.

6. Implementar programas de actividad física orientados a la salud y a la prevención de enfermedades evitables.

7. Desarrollar acciones vinculadas al deporte urbano y a la salud.

8. Favorecer la integración con países limítrofes a través de competencias deportivas.

SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y RECREACIÓN

DIRECCION NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEPORTIVO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Programar y ejecutar las acciones relativas al desarrollo, mantenimiento y equipamiento de la infraestructura deportiva a nivel nacional.

ACCIONES:

1. Establecer los sistemas integrados de planificación, proyecto, dirección y supervisión de las obras de infraestructura deportiva, de acuerdo con los lineamientos políticos establecidos por la Secretaría.

2. Elaborar anteproyectos, proyectos, pliegos técnicos y documentación sobre la base de las políticas y estrategias que orienten el desarrollo del deporte

3. Asistir en la evaluación de proyectos de infraestructura deportiva propios y/o de otras instituciones que por su contribución a las políticas deportivas nacionales, requieran asistencia en los aspectos técnicos y materiales.

4. Identificar y programar las necesidades de mantenimiento y mejora de infraestructura y equipamiento de los centros destinados al entrenamiento y competencia de alto nivel.

5. Entender en la supervisión del mantenimiento, conservación y funcionamiento general de los servicios en todas las instalaciones deportivas que se hallaren en predios bajo la jurisdicción de la SECRETARÍA DE DEPORTES, y el control de las empresas contratadas para tal fin.

6. Ejecutar y supervisar el mantenimiento del CENTRO NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (CENARD).

7. Entender en la administración y supervisión de los diversos predios que se encuentran bajo la jurisdicción de la Secretaría.

8. Asistir en la implementación de acciones y proyectos que tengan por finalidad la actualización y la optimización en el uso de los espacios físicos afectados a la práctica de actividades deportivas en los predios bajo la jurisdicción de la Secretaría.

9. Entender en la evaluación de las necesidades de equipamiento deportivo, de equipos informáticos, de muebles de oficina e insumos para los distintos predios bajo la jurisdicción de la Secretaría y en la elaboración de los pliegos técnicos y documentación necesaria para la adquisición de dicho equipamiento.

10. Entender en el control de los bienes adquiridos para un fin específico con el objetivo de verificar que cumplan con dicha finalidad y llevar un estado patrimonial de los mismos.

11. Articular la logística para el traslado del equipamiento a los distintos predios bajo la jurisdicción de la SECRETARÍA DE DEPORTES.

IF-2017-17799696-APN-SGP




Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799696-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: ANEXO II (Artículo 7°)

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 5 pagina/s.



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9º



IF-2017-17799858-APN-SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799448-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9º

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.




IF-2017-17799974-APN-SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799974-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: Planilla Anexa al artículo 10 Anexo Ia

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.






IF-2017-17800102-APN-SGP


Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799448-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: Planilla Anexa al artículo 10 ANEXO Ib

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.





IF-2017-17800224-APN-SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17800224-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: Planilla Anexa al artículo 10 ANEXO Ic

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.








Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17800298-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: Planilla Anexa al artículo 10 ANEXO Id

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.







Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17800354-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: Planilla Anexa al artículo 10 ANEXO Ie

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 12

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD OCUPACIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Controlar el cumplimiento de las normas en materia de Higiene, Seguridad en el Trabajo y Medio Ambiente en las dependencias de la Jurisdicción que funcionan en el ámbito de la Casa de Gobierno, como así también en la Residencia Presidencial de Olivos y la Residencia Presidencial de Chapadmalal.

ACCIONES:

1. Coordinar con los organismos que posean dependencias en la Casa de Gobierno el cumplimiento de las normas y los requerimientos de higiene, seguridad y medio ambiente laboral.

2. Diseñar e instrumentar las medidas necesarias para mantener las condiciones de seguridad, higiene y cuidado del medio ambiente en el sector presidencial y en las restantes áreas dependientes de la Secretaría, de conformidad con las normas vigentes en la materia.

3. Diseñar un plan de higiene seguridad y medio ambiente en el trabajo para coordinar la aplicación de las medidas de prevención de accidentes o enfermedades derivadas de la actividad laboral.

4. Diseñar e instrumentar los Planes de Contingencias a aplicar en las dependencias de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

5. Gestionar las actividades derivadas del ejercicio de la representación técnica frente a organismos de control en la materia.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Prestar asesoramiento en los asuntos de carácter jurídico de competencia de la Secretaría y sus dependencias y representar al Estado Nacional en todos aquellos procesos en los que deban intervenir las mismas.

Prestar asesoramiento legal sobre los proyectos de actos que tramiten en la jurisdicción y proponer, en su caso, textos alternativos con ajuste a las normas jurídicas aplicables.

ACCIONES:

1. Analizar el ajuste a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de los actos administrativos y demás asuntos que tramiten en la Secretaría.

2. Proponer textos alternativos cuando los proyectos que se someten a su consideración presenten deficiencias de orden jurídico o resulte necesario su perfeccionamiento.

3. Ejercer la representación y defensa del Estado en juicio cuando las causas involucren a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION y sus dependencias.

4. Dictaminar en los recursos que deban sustanciarse en la jurisdicción y en todos los casos en que, conforme a la normativa vigente, corresponda la intervención del Servicio Jurídico Permanente en el ámbito de la Secretaría y sus dependencias.

5. Dictaminar en todos los casos que pudieren dar lugar a la aplicación del régimen administrativo disciplinario, aconsejando, si correspondiere, la instrucción del sumario pertinente y en las oportunidades que así se requiera conforme la normativa que rige la materia.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA GENERAL

ADMINISTRACIÓN DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE CHAPADMALAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Gestionar el funcionamiento integral de la Residencia Presidencial de Chapadmalal, y prestar atención directa al Presidente de la Nación y su familia durante su estadía en el lugar y/o a los funcionarios autorizados.

ACCIONES:

1. Organizar y coordinar las actividades de mantenimiento de las instalaciones, servicios y todo aquello necesario para asistir al Presidente de la Nación y su familia durante su estadía en la Residencia Presidencial.

2. Coordinar con las áreas competentes lo relacionado con los actos oficiales, las reuniones protocolares y las audiencias programadas, durante la estadía del Presidente de la Nación en la Residencia.

3. Coordinar con las áreas pertinentes las gestiones relacionadas con el régimen laboral del personal de la Residencia, su carrera administrativa y con la contratación de los servicios y suministros requeridos.

4. Gestionar y controlar las mejoras y obras que se realicen en la Residencia.

5. Coordinar con las áreas competentes los servicios de custodia para el Presidente de la Nación y/o funcionarios autorizados, durante su permanencia en el lugar.

6. Coordinar la realización de todos los actos y reuniones oficiales que se desarrollen en la Residencia, cuando la misma no sea utilizada por el Presidente de la Nación.

IF-2017-17800375 -APN-SGP




Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17800375-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 12

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4 pagina/s.



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 13

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo y el análisis, planificación y diseño organizacional.

ACCIONES:

1. Atender todo lo vinculado con la administración de los recursos humanos de la Jurisdicción, y demás Secretarias y organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los cuales asiste.

2. Desempeñar la coordinación institucional para la evaluación de los puestos de trabajo, proponiendo las modificaciones adecuadas.

3. Efectuar propuestas de reingeniería organizacional a requerimiento de la Subsecretaría.

4. Entender en todo lo relacionado con la prestación de la asistencia y el control médico al personal de la Jurisdicción y de los organismos a los cuales se brinda apoyo.

5. Establecer relaciones con los representantes gremiales, administrando los acuerdos resultantes de los convenios y negociaciones colectivas, en coordinación con las áreas competentes.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE AUDIENCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Tramitar las solicitudes de audiencias formuladas al Señor Presidente de la Nación, tanto en el país como en el exterior, y asesorar respecto del temario, importancia y prioridad de las mismas.

ACCIONES:

1. Asistir a la SUBSECRETARIA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL en el asesoramiento al Primer Magistrado con relación al temario, importancia y prioridad de las audiencias, así como en relación a los antecedentes de las personas a las que se hubiera concedido audiencia.

2. Tramitar y administrar las audiencias solicitadas al señor Presidente de la Nación, tanto en el país como en sus viajes al exterior, a fin de lograr eficiencia en su diligenciamiento.

3. Organizar y mantener un sistema de información relacionado con las solicitudes de audiencias y su materialización, en coordinación con las áreas competentes.

4. Atender las delegaciones y personalidades que concurran a entrevistarse con el señor Presidente de la Nación, tanto en el país como en el exterior.

5. Realizar las derivaciones a los organismos correspondientes, de aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera necesaria la concreción de entrevista directa con el señor Presidente de la Nación.

6. Efectuar la derivación y seguimiento de los requerimientos planteados por solicitudes de audiencia no concedidas, informando al causante de las gestiones realizadas, a efectos de brindar solución a aquéllos. 7. Confeccionar y difundir, cuando corresponda, la agenda del Primer Mandatario, coordinando con las distintas áreas una mejor organización del tiempo del señor Presidente de la Nación.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE OLIVOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Conducir el funcionamiento integral de la Residencia Presidencial de Olivos y prestar la atención directa al Presidente de la Nación durante su permanencia en la misma.

ACCIONES:

1. Organizar las distintas actividades de la Residencia

2. Monitorear el correcto funcionamiento y estado de los sectores reservados para el Presidente de la Nación y de los destinados a actos y reuniones oficiales.

3. Coordinar con las áreas competentes las gestiones relacionadas con el régimen laboral del personal de la Residencia, su carrera administrativa y con la contratación de los servicios y suministros requeridos.

4. Proveer conjuntamente con la Casa Militar de la Presidencia de la Nación y con la comisaría de la Casa de Gobierno los servicios de custodia para el Presidente de la Nación durante su permanencia en el área y en sus desplazamientos fuera de la misma.

5. Organizar y coordinar los servicios requeridos para el desarrollo de los actos oficiales, las reuniones protocolares y las audiencias que se realicen en la Residencia Presidencial de Olivos.

IF-2017-17800445-APN-SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799448-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 13

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 3 pagina/s.



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 16



IF-2017-17800493-APN-SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17800493-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 16

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1 pagina/s.



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 17



IF-2017-17800519-APN-SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17800519-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 17

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4 pagina/s.