AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 232-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2017
VISTO el Expediente EX-2016-00493760--APN-DMEYD#AABE, el Decreto Nº
1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, su reglamentario Nº 2.670 de fecha
1º de diciembre de 2015, el Decreto Nº 1.416 de fecha 18 de septiembre
de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto se propicia la entrega en
depósito a la MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO, respecto de los inmuebles
del ESTADO NACIONAL, ubicados en Avenida Presidente Castillo y Río del
Valle, Localidad de VALLE VIEJO, Departamento de VALLE VIEJO, Provincia
de CATAMARCA, individualizados como: a) CIE Nº 10-0000046-5
identificado catastralmente como 16-25-01-7335 que cuenta con una
superficie total aproximada de TREINTA Y CUATRO MIL ONCE METROS
CUADRADOS (34.011 M2) y b) CIE Nº 10-0000068-6 identificado
catastralmente como 16-25-01-7948, que cuenta con una superficie total
aproximada de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS (15.455 M2), conformando una superficie total aproximada de
CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS
(49.466,00 M2), conforme se detalla en el croquis
IF-2016-04157063-APN-DNRBI#AABE que como ANEXO I forma parte integrante
de la presente, como así también facultar a dicha Municipalidad para
que en representación de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO, intervenga en defensa de los intereses del ESTADO NACIONAL en
toda clase de juicio en trámite o que en el futuro deba sustanciarse
ante los Tribunales de esa Provincia, con relación a bienes inmuebles
localizados en dicha Jurisdicción.
Que el inmueble citado se encuentra en jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que la custodia solicitada por la MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO tiene
por objeto prevenir cualquier hecho de inseguridad que pueda generarse
en este predio, como así también el riesgo latente de que sea ocupado
nuevamente por asentamientos espontáneos.
Que del relevamiento efectuado conforme IF-2017-01009889-APN-AABE#JGM,
surge que el inmueble en trato cuenta con asentamientos consolidados en
su mayoría en la zona Sur y sobre el camino de tierra hacia el Este de
las parcelas, cercanos al corralón municipal, encontrandose expuesto a
posibles usurpaciones o a que los asentamientos actuales se expandan,
por lo que resulta procedente entregarlo en depósito a los efectos de
su custodia, mantenimiento, limpieza y conservación a la MUNICIPALIDAD
DE VALLE VIEJO, conforme el Acta de Entrega en Depósito que,
identificado como IF-2017-16850723-APN- DGP#AABE, como ANEXO II forma
parte de la presente.
Que a fin de poder hacer efectiva la custodia y conservación del predio
antes descripto y con el objeto de evitar daños e intrusiones en otros
predios del ESTADO NACIONAL que se encontraren en riesgo de posibles
turbaciones, resulta necesario otorgarle al mencionado municipio las
herramientas legales correspondientes, de modo tal que se halle
habilitado a brindar una respuesta rápida y eficaz en defensa de los
intereses del ESTADO NACIONAL, por lo que procedería apoderar a la
MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO para que, con ese propósito, represente a
la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO en todas las acciones
judiciales o extrajudiciales relacionadas con los inmuebles propiedad
de aquél en dicha Jurisdicción y con relación a los predios intrusados
cuyo depósito se propicia, para el inicio de las acciones de desalojo y
lanzamientos pertinentes.
Que por el Decreto Nº 1.382/12 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO tiene entre sus
objetivos asignados por el mencionado Decreto Nº 1.382/12, la ejecución
de políticas, normas, procedimientos que rigen la disposición y
administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL en uso,
concesionados y desafectados, la fiscalización permanente de la
actividad inmobiliaria estatal y la intervención en toda operación
inmobiliaria de la totalidad de las Jurisdicciones y Entidades que
conforman el SECTOR PÚBLICO NACIONAL.
Que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO se encuentra
facultada para celebrar todo tipo de contrato que fuera conducente para
el cumplimiento de su objeto, conforme lo dispone el inciso 10 del
Artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12.
Que si bien tanto el Artículo 17 del Decreto Nº 1.382/12 como el
Artículo 6º del ANEXO del Decreto Nº 2.670/15, reglamentario del
anterior, contemplan que son las reparticiones de origen de los
inmuebles las que deben custodiarlos, garantizando su resguardo e
integridad, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO en
función de las atribuciones que le otorgan las citadas normas puede
disponer las medidas que estime corresponder a fin de preservar la
integridad del patrimonio estatal.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMNISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del
Decreto Nº 1.382/12, y de su Decreto Reglamentario Nº 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Entréguese en depósito a la MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO,
los inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL que se encuentran ubicados
en Avenida Presidente Castillo y Río del Valle, Localidad de VALLE
VIEJO, Departamento de VALLE VIEJO, Provincia de CATAMARCA,
individualizados como: a) CIE Nº 10-0000046-5 identificado
catastralmente como 16-25-01-7335 que cuenta con una superficie total
aproximada de TREINTA Y CUATRO MIL ONCE METROS CUADRADOS (34.011 M2) y
b) CIE Nº 10-0000068-6 identificado catastralmente como 16-25-01-7948,
que cuentan con una superficie total aproximada de QUINCE MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (15.455 M2),
conformando una superficie total aproximada de CUARENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (49.466,00 M2), conforme
se detalla en el croquis IF-2016-04157063-APN-DNRBI#AABE, que como
ANEXO I forma parte integrante de la presente medida, ello a los fines
de su custodia, mantenimiento, limpieza y conservación, en los términos
y condiciones del instrumento que se aprueba en el artículo siguiente.
Asimismo podrá ampliarse la custodia a otros inmuebles, en la medida
que la Municipalidad denuncie ante la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO nuevas intrusiones o potenciales usurpaciones.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la denominada “ACTA DE ENTREGA EN DEPÓSITO
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO - MUNICIPALIDAD DE VALLE
VIEJO” identificado como IF-2017-16850723-APN-DGP#AABE, que como ANEXO
II forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase a la MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO para que
gratuitamente, en representación de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO y siguiendo las instrucciones que ésta imparta,
inicie las acciones judiciales tendientes al desalojo de los predios
que se encuentran intrusados. Asimismo facúltase a la MUNICIPALIDAD DE
VALLE VIEJO para que en representación de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN
DE BIENES DEL ESTADO y siguiendo las instrucciones que ésta imparta,
intervenga en defensa de sus intereses en toda clase de juicio en
trámite o que en el futuro deba sustanciarse, con relación a cualquier
inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL en esa jurisdicción, ante los
Tribunales de esa Provincia y/o Unidad Funcional de Instrucción y/o
Fiscalía y/o Ministerio Público y/o Tribunal Administrativo y/o
Contravencional y/o de Faltas y/o cualquier Autoridad Administrativa,
y/o a intervenir en todas las instancias y trámites de mediación y/o
conciliación obligatoria con relación a los bienes inmuebles de
propiedad del ESTADO NACIONAL en dicha Jurisdicción, en los cuales la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO sea parte legítima, como
actora o demandada, o en cualquier otro carácter, ejerciendo al efecto
las acciones pertinentes para entablar y contestar demanda, reconvenir,
constituir domicilios especiales, prestar juramento, exigir fianzas,
cauciones y demás garantías; producir, ofrecer o impugnar pruebas;
solicitar todo tipo de medidas cautelares y sus cancelaciones;
solicitar desalojos, lanzamientos, deshaucios; oponer o interrumpir
prescripciones; denunciar delitos, querellar criminalmente, hacer
cargos por daños y perjuicios y demandar indemnizaciones e intereses;
diligenciar exhortos, oficios, cédulas, mandamientos y citaciones;
formular protestos y protestas, protocolizar documentos, solicitar
testimonios; realizar todo tipo de actuación y/o presentación y/o
recurso administrativo; otorgar y firmar todos los instrumentos
públicos o privados necesarios e indispensables para el mejor desempeño
del presente mandato.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Notifíquese a la MUNICIPALIDAD DE VALLE VIEJO de la Provincia de CATAMARCA.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ramon Maria Lanus, Presidente. — Pedro
Villanueva, Vicepresidente.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 25/08/2017 N° 61377/17 v. 25/08/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)