ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 230-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 18/08/2017

VISTO el Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y la Disposición N° 433 (AFIP) del 2 de octubre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el decreto citado en el Visto estableció la organización y fijó las competencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos, atribuyendo al Administrador Federal, entre otras, la facultad de delegar en los Directores Generales y Subdirectores Generales la asunción, conjunta o separadamente, de determinadas funciones y atribuciones señaladas por la naturaleza de las materias, por el ámbito territorial en el que deban ejercerse o por otras circunstancias, inclusive las que se contemplan en los Artículos 6°, 7°, 8° y 9° del mismo, en la medida y condiciones que se disponga en cada caso.

Que en tal sentido, y teniendo en cuenta que la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, indica en su Artículo 100, inciso e) que la designación de los empleados notificadores será efectuada por el Administrador Federal, mediante la Disposición N° 433/13 (AFIP) se delegaron las facultades de designación y remoción de tales agentes en la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social, con relación a su competencia específica, previéndose además la intervención de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional.

Que en virtud de la experiencia recogida en las tramitaciones de estas características desde el dictado de la mencionada disposición, resulta conveniente y oportuno proceder a su adecuación, con miras a un diligenciamiento ágil de la respectiva documentación.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Coordinación Técnico Institucional.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Delegar en la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social la facultad para la designación y remoción de Agentes Notificadores en el marco de lo dispuesto por el Artículo 100, inciso e), de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

ARTÍCULO 2°.- Dejar sin efecto la Disposición N° 433 (AFIP) del 2 de octubre de 2013.

ARTÍCULO 3°.- Esta disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.

e. 25/08/2017 N° 61457/17 v. 25/08/2017