INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
Resolución 248-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2017
VISTO, las Leyes Nº 26.160, Nº 26.554, Nº 26.894; el Decreto
Reglamentario Nº 1.122/07; el Decreto Nº 700/10; las Resoluciones INAI
Nº 587/07, Nº 702/10 y Nº 519/12, el Expediente Nº E-INAI-50210-2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramitó el relevamiento
técnico, jurídico, catastral de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº
26.160, su reglamentaria y modificatorias, en la COMUNIDAD TEKOA TUPA
MBAE, perteneciente al pueblo Mbya Guaraní, asentada en la localidad de
Ruiz de Montoya, departamento Libertador General San Martín, provincia
de Misiones.
Que mediante la Ley Nº 26.160 se declaró la emergencia en materia de
posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por las
Comunidades Indígenas cuyo plazo se prorrogó mediante Leyes N° 26.554 y
N° 26.894.
Que el Decreto Nº 1.122/2007 designó al Instituto Nacional de Asuntos
Indígenas como autoridad de aplicación de la mencionada Ley.
Que la Resolución Nº 587/2007 se crea el Programa Nacional de
Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas – Ejecución de la Ley
Nº 26.160”, a fin de establecer los mecanismos para demarcar y relevar
el territorio que ocupan las Comunidades Indígenas en forma
tradicional, actual y pública.
Que con el objeto actuar mancomunadamente en la elaboración, ejecución,
monitoreo y evaluación del Programa Nacional Relevamiento Técnico
Jurídico y Catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas
por las Comunidades Indígenas en la provincia de Misiones, el Instituto
Nacional de Asuntos Indígenas; el Ministerio de Derechos Humanos y el
Ministerio de Coordinación General de Gabinete, ambos de la provincia
de Misiones, suscribieron un Convenio Marco de Cooperación, registrado
por Resolución INAI Nº 702/10.
Que posteriormente, las partes suscribieron un Convenio Específico,
aprobado por Resolución INAI Nº 519/12, que establecía la metodología
para relevar los territorios ocupados en forma actual, tradicional y
pública por las Comunidades Indígenas de la provincia de Misiones.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos de la Nación ha procedido a realizar el control
preventivo de legalidad del acto administrativo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente
en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 23.302 y su Decreto
Reglamentario Nº 155/89 y Ley Nº 26.160.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dese por cumplido el relevamiento técnico, jurídico y
catastral en la COMUNIDAD TEKOA TUPA MBAE, perteneciente al pueblo Mbya
Guaraní, asentada en la localidad de Ruiz de Montoya, departamento
Libertador General San Martín, provincia de Misiones, de acuerdo a la
Ley Nº 26.160 y sus prórrogas Nº 26.554 y Nº 26.894, el Decreto Nº
1.122/2007, Resolución Nº 587/2007 del Registro del Instituto Nacional
de Asuntos Indígenas.
ARTÍCULO 2°.- Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de
la COMUNIDAD TEKOA TUPA MBAE, perteneciente al pueblo Mbya Guaraní,
asentada en la localidad de Ruiz de Montoya, departamento Libertador
General San Martín, provincia de Misiones, respecto de la superficie
georreferenciada que figura como Anexo I (IF
-2017-17750670-APN-INAI#MJ).
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — Raúl Eduardo Ruidíaz.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 29/08/2017 N° 62148/17 v. 29/08/2017
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)