COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Decreto 683/2017
Designación.
Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-11599305-APN-CME#MP, los Decretos Nros.
935 de fecha 12 de agosto de 2016 y 355 de fecha 22 de mayo de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 2° del Decreto N° 935 de fecha 12 de agosto de 2016
se creó, con dependencia de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, el cargo extraescalafonario de Coordinador General de la
COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, con rango y jerarquía
de Subsecretario.
Que en esta instancia, razones operativas y de correcto ordenamiento
administrativo, determinan la necesidad de efectuar la cobertura del
aludido cargo, el que se encuentra vacante.
Que el Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 estableció que las
designaciones correspondientes a cargos de Subsecretario, o de rango o
jerarquía equivalente o superior, y de titulares o integrantes de
órganos superiores de entes descentralizados, cualquiera sea su
denominación o naturaleza jurídica, serán efectuadas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 13 de junio de 2017 en el cargo
extraescalafonario de Coordinador General de la COMISIÓN NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado en la órbita de la
SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a la Contadora
Pública Doña Jorgelina Valeria SCHMUTZ (M.I N° 21.647.722) con rango y
jerarquía de Subsecretario.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 51 -
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Francisco Adolfo Cabrera.
e. 30/08/2017 N° 63633/17 v. 30/08/2017