MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 84-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 01/09/2017
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX -2017-18714162- -APN-SECMA#MM, la
Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nro. 438 del 12 de marzo
de 1992) y sus modificatorias, la Ley Nro. 25.506, los Decretos Nros.
434 del 1º de marzo de 2016 y 561 del 6 de abril de 2016, la Resolución
N° 65 del 21 de abril de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las
Resoluciones Nros. 3 del 21 de abril de 2016 y 19-E del 15 de
septiembre de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y
en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las
jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°
24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que
posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,
búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por
parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Decreto N° 434 del 1º de marzo de 2016 por el cual se aprobó el
PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y
GOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal
informática de generación de documentos y expedientes electrónicos,
registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la
administración a los fines de facilitar la gestión documental, el
acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los
plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.
Que el Decreto Nro. 561 del 6 de abril de 2016, aprobó la
implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como
sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y
registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del
Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la
implementación de gestión de expedientes electrónicos.
Que el mencionado Decreto, ordenó a las entidades y jurisdicciones
enumeradas en el artículo 8° de la Ley Nro. 24.156 que componen el
Sector Público Nacional la utilización del sistema de Gestión
Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones
administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN.
Que el artículo 6 del Decreto Nro. 561/16, facultó a la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar
las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para
la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y
el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.
Que la Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprobó la
implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador de
Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”
(EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que la Resolución N° 65 del 21 de abril de 2016 del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN estableció el uso obligatorio de los módulos
“Comunicaciones Oficiales” (CCOO), “Generados Electrónico de Documentos
Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico” (EE) del sistema de
Gestión Documental Electrónica (GDE), en el MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, a partir del 10 de Mayo de 2016.
Que la Resolución N° 19-E del 15 de septiembre de 2016 de la SECRETARÍA
DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA dispuso el cierre de caratulación de
expedientes en soporte papel y su tramitación a través del sistema de
Gestión Documental Electrónica - GDE en el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
a partir del 21 de septiembre de 2016.
Que en consecuencia resulta necesario incluir en el Nomenclador de
Trámites del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) aquellos
procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
dependiente del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN que deberán realizarse a
través del módulo EXPEDIENTE ELECTRÓNICO (EE).
Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese que a partir del 15 de Septiembre de 2017,
los siguientes procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA dependiente del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
deberán tramitar exclusivamente mediante el módulo de EXPEDIENTE
ELECTRÓNICO (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE),
sin perjuicio de los dispuesto en la Resolución N° 19-E del 15 de
septiembre de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA:
a) Solicitud de Prórroga para Inscripción de Docentes/Especialistas
b) Solicitud de Inscripción de prestador Institucional
c) Solicitud de Inscripción de Docentes/Especialistas Provisorios
d) Solicitud Alta de Actividad Jurisdiccional
e) Solicitud Alta de Actividad Institucional
f) Solicitud Reconocimiento de Créditos de Auto desarrollo y Actividad Ex
g) Solicitud de Alta de Prestador Eventual
h) Solicitud Alta de Actividad INAP
i) Solicitud de Becas INAP
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.
e. 05/09/2017 N° 65248/17 v. 05/09/2017