MINISTERIO DE SEGURIDAD

RECOMPENSAS

Resolución 886-E/2017

Increméntase Recompensa.

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2017

VISTO el Expediente EX-2016-16254052-APN-SECCPJMPYL#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 26.538, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de 2012 y 2313 del 11 de noviembre de 2015, la Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445 y M.S. N° 271 del 24 de junio de 2016, y Resolución MS Nº 801-E del 4 de agosto de 2017, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Ley N° 26.538 se creó un FONDO DE RECOMPENSAS, en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que, sin haber intervenido en la comisión del delito, brinden datos útiles para obtener la libertad de la víctima, preservar su integridad física, o lograr la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la comisión de delitos que, por su gravedad o complejidad, justifiquen la recompensa para el suministro de información.

Que en razón del trabajo conjunto que han realizado el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y el MINISTERIO DE SEGURIDAD y en pos de coordinar políticas públicas en materia de política criminal, en concordancia con la Ley N° 22.520 y con el propósito de optimizar recursos y asegurar el desarrollo eficaz y eficiente de las tareas que estos Ministerios tienen asignadas, fue transferido, mediante Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445/16 y M.S. N° 271/16, al ámbito de la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA que tiene por objeto planificar, coordinar y supervisar el cumplimiento de las acciones fijadas a la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA creada por la Ley N° 26.375 especificadas en su artículo 2° y las del FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS creado por la Ley N° 26.538.

Que la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria y la N° 2313/15, establecen el procedimiento regulatorio del funcionamiento de los Fondos de Recompensas creados por las Leyes Nros. 26.375 y 26.538, en lo atinente al procedimiento y pago de éstas.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago. Asimismo, indica que el monto de la recompensa será fijado atendiendo a la complejidad del hecho y a las dificultades que existan para la obtención de la información que permita el cumplimiento de los objetivos previstos en el artículo 1º.

Que mediante Resolución MS Nº 801-E/2017 del 4 de agosto de 2017, se dispuso el ofrecimiento como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-), destinada a aquellas personas quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Santiago Andrés MALDONADO, titular del D.N.I. N° 34.589.722, nacido el día 25 de julio de 1989, quien habría sido visto por última vez en la Provincia del CHUBUT, desconociendo al momento su paradero.

Que en atención al tiempo transcurrido sin haber obtenido ningún dato concreto que sirva para la obtención de información determinante para la investigación de las actuaciones de referencia o que permitan dar con el paradero de Santiago Andrés MALDONADO, resulta procedente incrementar la recompensa ofrecida mediante Resolución MS Nº 801-E/2017 a la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-).

Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que se cuenta con financiamiento suficiente para adoptar la presente medida.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y por la Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445/2016 y M.S. N°271/2016.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dispónese el incremento del monto de recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA a la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000), destinada a aquellas personas quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de Santiago Andrés MALDONADO, titular del D.N.I. N° 34.589.722, nacido el día 25 de julio de 1989, quien habría sido visto por última vez en la Provincia del CHUBUT, desconociendo al momento su paradero.

ARTÍCULO 2°.- El procedimiento a seguir para proporcionar información en el marco del ofrecimiento dispuesto en el presente acto se ceñirá a lo previsto en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria.

ARTÍCULO 3°.- Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al 0800-555-5065.

ARTÍCULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este MINISTERIO DE SEGURIDAD o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.

e. 07/09/2017 N° 66254/17 v. 07/09/2017