SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 597-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2017

VISTO el Expediente Nº S05:0014393/2017 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley Nº 12.566, el Decreto reglamentario Nº 7.623 del 11 de mayo de 1954 y sumodificatorio N° 10.945 del 5 de diciembre de 1958, las Resoluciones Nros. 382 del 15 de junio de 2017 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y 165 del 10 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN de la Provincia de CORRIENTES, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 12.566 de Lucha contra la Garrapata establece la responsabilidad del ESTADO NACIONAL en cuanto al control de la garrapata del bovino en todo el Territorio Nacional.

Que el Decreto reglamentario Nº 7.623 del 11 de mayo de 1954 y su modificatorio N° 10.945 del 5 de diciembre de 1958 establecieron oportunamente un plan de lucha contra este parásito.

Que por la Resolución Nº 382 del 15 de junio de 2017 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se establece que las Provincias pueden elaborar planes regionales o locales superadores de control y/o erradicación de la garrapata del bovino Rhipicephalus (B.) microplus en sus territorios, teniendo en consideración las particularidades socio-productivas de su región; los cuales deben ser consensuados y convalidados por este Organismo.

Que la mencionada Resolución Nº 382/17, en su Artículo 7° referido a la actuación de los Entes Sanitarios, establece que con los que se acuerde la ejecución de tareas de asistencia sanitaria, tendrán a su cargo la ejecución operativa, seguimiento y evaluación de la marcha del plan zonal o regional aprobado y convalidado por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que a través de la Resolución Nº 165 del 10 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN de la Provincia de CORRIENTES, se aprueba el Plan Estratégico de Control y Erradicación de la Garrapata común del Ganado Bovino Rhipicephalus (B.) microplus de la Provincia de CORRIENTES.

Que el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN de la mencionada provincia, solicita la convalidación de la citada Resolución Nº 165/17, por parte del SENASA.

Que el Plan superador provincial contempla la administración y financiación a cargo de los productores y del Ente Sanitario Local (FUCOSA), es decir que no representan erogación extra para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 8°, inciso f) y 9°, inciso a) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convalidación. Se convalida el Plan Estratégico de Control y Erradicación de la Garrapata común del ganado bovino Rhipicephalus (B.) microplus de la Provincia de CORRIENTES, el cual ha sido aprobado por la Resolución Nº 165 del 10 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN de la Provincia de CORRIENTES, el que como Anexo (IF-2017-19305257-APN-DNSA#SENASA) forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Vigencia: la presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — E/E Guillermo Luis Rossi.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.senasa.gob.ar

e. 08/09/2017 N° 66586/17 v. 08/09/2017