SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN
Disposición 81-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-03998516-APN-DGAYF#MAD del Registro del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, la Ley de Residuos
Peligrosos Nº 24.051, sus modificatorios y complementarios, el Decreto
Reglamentario Nº 831 del 23 de abril de 1993, la Resolución de la ex
SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 1172 de fecha 30 de
octubre de 2014 y la Disposición del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 1 de fecha 1 de julio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 3° de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 1172 de fecha 30 de octubre de 2014, se
autoriza a la SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Y
PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN a modificar el valor de la Unidad de
Residuos (UR) mediante el procedimiento correspondiente.
Que han quedado conformadas las condiciones objetivas para la
modificación del valor de la Unidad de Residuos, tal lo establece la
normativa citada, en virtud de los incrementos acordados para el
personal del Estado Nacional, en base al SISTEMA NACIONAL DEL EMPLEO
PÚBLICO (SINEP).
Que por Decreto N° 767 del 9 de junio de 2016 se procedió a homologar
el Acta Acuerdo y Anexos de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Nacional, fijándose
un incremento salarial del TREINTA Y UN POR CIENTO (31%).
Que dicho incremento salarial aplicado al valor de la Unidad de
Residuos (UR), se traduce en una variación porcentual del SEIS CON
VEINTE CENTÉSIMOS POR CIENTO (6,20%).
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente
Disposición en virtud de lo establecido en el artículo 3° de la
Resolución de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº
1172 de fecha 30 de octubre de 2014.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase en un SEIS CON VEINTE CENTÉSIMOS POR CIENTO (6,20%) el incremento del valor de la Unidad de Residuos (UR).
ARTÍCULO 2º.- Establécese el valor de la Unidad de Residuos (UR) para
Generadores en PESOS TRES CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 3,36) y el
valor de la UR para Operadores en PESOS DIECISEIS CON OCHENTA CENTAVOS
($ 16,80).
ARTÍCULO 3º.- Modifíquese el ANEXO I del artículo 6º de la Resolución
de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 1172/14,
conforme lo establecido por el ANEXO I que como
IF-2017-19077694-APN-SSCYFAC#MAD forma parte integrante de esta
Disposición, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º de la presente.
ARTÍCULO 4°.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan Andrés Trebino.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 08/09/2017 N° 66111/17 v. 08/09/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
REGISTRO NACIONAL DE GENERADORES Y OPERADORES DE RESIDUOS PELIGROSOS DECLARACION JURADA - ARTICULO 16 - LEY N° 24.051
Resolución SAyDS N° 1172/14 - Disposición 2/17
1- PLANILLA DE CALCULO DE TASA AMBIENTAL ANUAL (T.A.A.) AÑO:______
RAZON SOCIAL:
EXPTE:
__________________
ACTIVIDAD:
___________________________________________________________________________________________________
DOMICILIO:____________________________________________TEL
CUIT:______________________________
E-MAIL: _____________________________________________________
GENERADOR / OPERADOR
UNIDAD DE
MEDIDA: Kgs / Tn * (total anual).
* Tachar lo que no corresponda
CATEGORIA
A
Y (Corrientes de desechos/Constituyentes)
SOLIDOSSEMlSOLIDOS/MIXTOSLIQUIDOSGASEOSOS
TOTALES
CATEGORIA B
Y (Corrientes de desechos)
SOLIDOS
SEMlSOLIDOS/MIXTOSLIQUIDOSGASEOSOS
TOTALES
CATEGORIA C
Y (Corrientes de desechos)
SOLIDOS
SEMISOLIDOS/MIXTOSLIQUIDOSGASEOSOS
TOTALES
TOTAL ANUAL DE RESIDUOS SUJETOS A T.A.A.
TASA Categoría A: 3,36 x CTRPA (∑A) x 3 x 0,05: ________________
TASA Categoría B: 3,36 x CTRPA (∑B) x 2 x 0,05: ________________
TASA Categoría C: 3,36 x CTRPA (∑C) x 0.60 x 0,05: _____________
TASA Operadores: 16,80 x CTRPA (∑A) x 3 x 0,05: ______________
TOTAL A INGRESAR: ________________
NOTA:
Cuando la liquidación se efectúa sobre la base de los residuos enviados
a tratar, la Declaración Jurada deberá estar acompañada del Listado de
Manifiestos indicando: Fecha de intervención, Operador, Tipo de
Residuos y Cantidad, firmado por el Representante Técnico y Apoderado.
La recepción de la documentación y del pago se efectuará bajo la
exclusiva responsabilidad de la declarante, sin que implique por parte
de esta MAyDS, conformidad del pago. Se deja constancia que el pago de
la presente declaración será tomado a cuenta de la liquidación final
que surgirá de la información que proporciona el interesado en la DDJJ.
La entrega del CAA no implica conformidad respecto de la veracidad de
la presente declaración y del pago.
Responsable Técnico
Apoderado