MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 830-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-04501212-APN -DMENYD#MTR, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92), modificada -entre
otros- por el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 del
registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 2017-733-APN -MTR del 29 de agosto de
2017 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se prorrogó a partir del día 7 de
abril de 2017, con carácter transitorio y hasta el 31 de octubre de
2017, la designación transitoria en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE
CONTRATACIONES (Nivel A –Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I)
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS de
la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, al
Doctor José Luis LODEIRO (DNI N°: 26.592.102), de acuerdo a la
delegación autorizada por el Decreto Nº 1165/16 y en los mismos
términos de la Decisión Administrativa Nº 689 de fecha 18 de julio de
2016.
Que se incurrió en un error material en la precitada Resolución, al
omitir en la fórmula que precede la parte dispositiva del acto la
palabra “TRANSPORTE”.
Que en consecuencia corresponde rectificar la resolución Nº 2017-733-APN -MTR.
Que el Artículo N° 101 del Reglamento de Procedimientos
Administrativos, aprobado por el Decreto N° 1759 del 3 de Abril de 1972
(T.O. 1991) contempla la facultad del órgano emisor del acto de
rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos, en
cualquier momento, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del
acto o decisión.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por
la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto
Reglamentario 1759/72 (T.O. 1991).
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Rectifícase la fórmula que precede la parte dispositiva
de la Resolución N° 2017-733-APN -MTR de fecha 29 de agosto de 2017, la
cual quedará redactado de la siguiente forma: Por ello,
“EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:”.
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.
e. 12/09/2017 N° 67411/17 v. 12/09/2017